Religi¨®n en la escuela: ?retorno al nacionalcatolicismo?
La Ley Org¨¢nica de la Calidad de la Educaci¨®n y su desarrollo normativo colocan no s¨®lo al Partido Popular, sino a la toda sociedad espa?ola, a un paso del nacionalcatolicismo y nos retrotrae a ¨¦pocas que cre¨ªamos superadas, sin tener en cuenta las profundas transformaciones producidas en nuestro pa¨ªs en todos los campos, y muy especialmente en el religioso.
El retorno al nacionalcatolicismo no debe entenderse como una exageraci¨®n de los cr¨ªticos de la ley. Vayamos al Concordato de 1953 y compar¨¦moslo con la situaci¨®n actual para comprobarlo. En ¨¦l se garantiza "la ense?anza de la Religi¨®n Cat¨®lica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, sean estatales o no estatales, de cualquier orden o grado" (art. 27, 1). En los centros de Ense?anza Media se encomienda la docencia de la religi¨®n a sacerdotes o religiosos y, subsidiariamente, a profesores seglares nombrados por la autoridad civil competente, siempre a propuesta del obispo de la di¨®cesis (27, 7). Tanto los programas como los libros de texto de Religi¨®n requer¨ªan la aprobaci¨®n de la competente autoridad eclesi¨¢stica (27, 8).
En su discurso de presentaci¨®n del Concordato a las Cortes el 30 de octubre de 1953, Franco glosaba lo referente a la ense?anza en t¨¦rminos inequ¨ªvocamente nacionalcat¨®licos, que rememoraban la m¨¢s rancia teolog¨ªa pol¨ªtica del r¨¦gimen: " reconoce a los prelados el libre ejercicio de la misi¨®n de la defensa de la fe, que es consecuencia directa del alto magisterio y que fluye del sentido de unidad religiosa y de fidelidad a una tradici¨®n milenaria que diera a la Patria sus m¨¢s limpias glorias".
Pues bien, la legislaci¨®n actual es, en algunos puntos, similar a la de entonces e incluso m¨¢s regresiva. En aplicaci¨®n del Acuerdo sobre Ense?anza y Asuntos Culturales, firmado entre la Santa Sede y el Estado Espa?ol el 3 de enero de 1979, se mantiene en los Centros docentes de Primaria y de Segunda Ense?anza la Religi¨®n como asignatura fundamental y de oferta obligatoria para cuantos deseen optar por ella en vez de la asignatura alternativa, que siempre aparece como comod¨ªn. Se conservan intactos algunos de los privilegios concedidos a la jerarqu¨ªa cat¨®lica en el Concordato de 1953. Es a ella a la que se reconoce el derecho de seleccionar y conceder o denegar la missio canonica a los profesores que han de impartir esa materia en la escuela. Es ella la que tiene que dar el oportuno dictamen para la aprobaci¨®n de los libros de texto por parte del Ministerio de Educaci¨®n. Y ciertamente el celo episcopal en la selecci¨®n y el cese de los profesores y en la censura de los libros de texto de religi¨®n, tanto en editoriales religiosas como laicas, es digno de imitar por el Gran Hermano. La indefensi¨®n del profesorado de catolicismo es total.
La nueva ley y los decretos que la desarrollan resultan, en algunos aspectos, m¨¢s regresivos en materia religiosa que el propio Concordato de 1953, en lo que a la obligatoriedad se refiere, ya que entonces se contemplaba la dispensa de la ense?anza de la religi¨®n y moral cat¨®licas a "los hijos de no cat¨®licos cuando lo soliciten sus padres o quienes hagan sus veces" (27, 1), mientras que en la legislaci¨®n actual es obligatoria en una de las dos modalidades, y no admite excepci¨®n alguna. Adem¨¢s, es evaluable dentro del curr¨ªculum tanto para pasar curso como para la nota media de la rev¨¢lida. La religi¨®n confesional sigue siendo impartida por profesores pagados por el erario p¨²blico y elegidos a dedo por los obispos entre los m¨¢s acordes con su mentalidad, sin someterse a los cauces de acceso a la docencia del resto de los profesores.
Algunas religiones van al alza en sus reivindicaciones al Estado, sobre todo en materia econ¨®mica y educativa. Reclaman la protecci¨®n estatal y social para su supervivencia institucional y su reproducci¨®n ideol¨®gica. La b¨²squeda de condiciones de plausibilidad fuera por parte de las confesiones religiosas es un s¨ªntoma claro de la situaci¨®n de crisis en la que se encuentran y de su falta de vitalidad interna.
Con la nueva ley puede darse, y no tardando, esta situaci¨®n: que en un mismo centro, en un mismo curso y grupo de alumnos y a la misma hora se impartan simult¨¢neamente las siguientes modalidades confesionales de religi¨®n: cat¨®lica, evang¨¦lica, musulmana, jud¨ªa (budista e hinduista, si alg¨²n d¨ªa se reconocen el budismo y el hinduismo como religiones de notorio arraigo) y la alternativa no confesional. Cada profesor se re¨²ne con sus "adeptos", a quienes confirma en sus creencias (y, en algunos casos, contra las creencias de los compa?eros de clase), en los comportamientos propios de cada religi¨®n, sin posibilidad de di¨¢logo ni comunicaci¨®n interreligioso. El escenario puede ser lo m¨¢s parecido a un campo de batalla, a una reedici¨®n de las viejas guerras de religi¨®n. El tiempo de recreo puede convertirse en el m¨¢s apropiado para esa guerra en vez de servir para el ocio y la convivencia pac¨ªfica en un clima de tolerancia y respeto. Al final se da la raz¨®n a Huntington y se convierte la escuela en el espacio privilegiado para el choque de civilizaciones.
Adem¨¢s, ya conocemos el resultado por la experiencia del pasado: muchos de los que reciben ense?anza confesional, con frecuencia bajo la presi¨®n de los padres o del ambiente, terminan cayendo en actitudes de ate¨ªsmo, agnosticismo, indiferencia religiosa o, lo que es peor, de rechazo visceral a la religi¨®n en cualquiera de sus modalidades doctrinales y manifestaciones culturales y sociales. No hace mucho preguntaban a un prestigioso intelectual espa?ol si era creyente, a lo que respond¨ªa: por supuesto que no; me eduqu¨¦ en un colegio de jesuitas.
El estudio de las religiones y el clima de tolerancia y de pluralismo religioso se logran mejor, a mi juicio, con la ense?anza laica de la religi¨®n que con la confesional. La ¨²nica raz¨®n para la presencia de la religi¨®n en la escuela no es porque se derive de unos acuerdos o de una ley, ni tampoco por la mayor¨ªa sociol¨®gica de una religi¨®n, sino por razones estrictamente culturales. ?Por qu¨¦ privar, entonces, del estudio del fen¨®meno religioso y del conocimiento del rico mundo de las religiones a los alumnos y alumnas que eligen la religi¨®n confesional?
El estudio de la religi¨®n en la escuela ha de ser cr¨ªtico, en la tradici¨®n de la cr¨ªtica de las religiones, desde Epicuro hasta los "maestros de la sospecha". Un estudio que desvele y cuestione sus perversiones: fundamentalismos, dogmatismos, integrismos, sexismos, fanatismos que desembocan en violencia contra quienes piensan de distinta manera. Pero debe exponer tambi¨¦n con objetividad las aportaciones nada desde?ables de las religiones en los distintos campos del saber y del quehacer humano: fe-raz¨®n, filosof¨ªa-teolog¨ªa, contribuci¨®n a la cultura, actitudes de solidaridad, etc¨¦tera. Ha de ser un estudio laico, no confesional, de los textos religiosos a trav¨¦s de los m¨¦todos hist¨®rico-cr¨ªticos, ya que el fen¨®meno religioso trasciende las distintas manifestaciones confesionales.
Otra caracter¨ªstica es la interdisciplinaridad. La teolog¨ªa no agota el estudio de las religiones. Hay otras disciplinas que lo hacen con rigor y deben estar en permanente di¨¢logo: filosof¨ªa, sociolog¨ªa, fenomenolog¨ªa, antropolog¨ªa, psicolog¨ªa, historia de las religiones, etc¨¦tera.
El estudio debe tener car¨¢cter intercultural, conforme al actual pluralismo cultural, que constituye una verdadera riqueza para toda la humanidad. El origen y la evoluci¨®n de las religiones responden a contextos culturales muy concretos, si bien, con el paso del tiempo y con su gradual expansi¨®n, al entrar en contacto con otras culturas, trascienden los contextos en que nacieron. El estudio de las religiones puede constituir un ¨¢mbito privilegiado para el di¨¢logo intercultural, que reconoce el valor de las culturas en s¨ª mismas sin jerarquizaciones previas, que responden siempre a motivaciones ajenas a las propias culturas. La interculturalidad debe ir acompa?ada del di¨¢logo interreligioso. No vivimos en tiempos de religi¨®n ¨²nica como en la Edad Media, sino de pluralismo religioso. El nuevo clima religioso pluralista exige un cambio radical de actitudes: del anatema al di¨¢logo, de la confrontaci¨®n b¨¦lica a la discusi¨®n dial¨¦ctica. El estudio de las religiones en el marco escolar debe contribuir a flexibilizar las actitudes religiosas r¨ªgidas, autoritarias y fundamentalistas.
Con la actual Ley de Educaci¨®n y su desarrollo normativo volvemos a tiempos premodernos donde las religiones separaban. Con la ense?anza no confesional de la religi¨®n entrar¨ªamos de lleno en la modernidad. ?Otra ocasi¨®n perdida!
Juan Jos¨¦ Tamayo es director de la C¨¢tedra de Teolog¨ªa y Ciencias de las Religiones Ignacio Ellacur¨ªa, de la Universidad Carlos III de Madrid.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.