Un juzgado de Girona condena a dos a?os de c¨¢rcel a cuatro 'mossos' por torturas y lesiones
La sentencia inhabilita durante 16 a?os a los agentes de la polic¨ªa auton¨®mica
El Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 4 de Girona ha condenado a cuatro agentes de los Mossos d'Esquadra a dos a?os de prisi¨®n y a la inhabilitaci¨®n absoluta para cualquier cargo p¨²blico durante 16 a?os por el delito de torturas cometido sobre dos hombres a quienes los agentes detuvieron como presuntos traficantes de droga. La sentencia obliga a los agentes a indemnizar a cada uno de los perjudicados, Antonio S. y Adolfo A., con unos 7.000 euros. Fuentes de la polic¨ªa auton¨®mica reconocieron ayer que la sentencia les ha causado "sorpresa", puesto que el ministerio fiscal no consider¨® que existiera delito alguno en la actuaci¨®n de los polic¨ªas. Las mismas fuentes recordaron que los dos supuestos perjudicados por la actuaci¨®n de los Mossos d'Esquadra ya fueron condenados en otra causa por su actuaci¨®n durante esa misma detenci¨®n.
Los dos hombres, que a las 19.30 del d¨ªa 23 de julio de 1999 viajaban en un Fiat Tipo cerca del c¨¢mping Sol Mar de Blanes (Selva), fueron interceptados por dos veh¨ªculos policiales camuflados en una operaci¨®n que les acarre¨® lesiones que, seg¨²n la sentencia, tardaron m¨¢s de 20 d¨ªas en curar. La actuaci¨®n se sald¨® sin que al final del registro del veh¨ªculo apareciera ninguna prueba de su presunto delito. La sentencia destaca que los agentes, dos de ellos de la Unidad Regional de Investigaci¨®n y otros dos de la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Comisar¨ªa de Blanes, llevaban ropas "propias de la ¨¦poca estival" y sin ning¨²n distintivo en los veh¨ªculos. Los polic¨ªas hab¨ªan recibido una informaci¨®n, de la que no se detall¨® su origen, seg¨²n la cual del citado c¨¢mping saldr¨ªa un veh¨ªculo con sustancias estupefacientes.
El texto judicial considera probado que uno de los agentes, exhibiendo su arma de fuego reglamentaria, apunt¨® a uno de los ocupantes orden¨¢ndole que parara el motor. Al mismo tiempo, seg¨²n la sentencia, otro agente golpe¨® la cara del otro ocupante del veh¨ªculo. El conductor del veh¨ªculo intent¨® huir del lugar dando marcha atr¨¢s con el coche, que ya ten¨ªa las puertas abiertas, mientras eran enca?onados por los agentes. Esa maniobra arrastr¨® por el suelo a un polic¨ªa hasta que el veh¨ªculo colision¨® con uno de los coches patrulla camuflado, que se hab¨ªa situado detr¨¢s para cerrarles el paso. Es a partir de este momento cuando se desencadena la mayor violencia. La sentencia, redactada por Jos¨¦ A. Rodr¨ªguez S¨¢ez, titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 4 de Girona, explica: "...les golpearon por todo el cuerpo, hasta que quedaron reducidos e inmovilizados, estirados en el suelo, boca abajo y con las esposas puestas con los brazos a la espalda". Los polic¨ªas preguntaban insistentemente por el lugar en el que se escond¨ªan las drogas. "Siguieron inquiriendo en el mismo sentido, con el a?adido de golpes en la espalda, los costados y la cabeza de ambos, una acci¨®n que se repiti¨® al no recibir respuesta a la pregunta formulada por su parte", reza el texto judicial.
Calificaci¨®n de los actos
Los detenidos fueron trasladados a la comisar¨ªa de Blanes, donde permanecieron hasta las 3.30 del d¨ªa siguiente, cuando fueron puestos en libertad. El magistrado asegura que la acci¨®n policial debe definirse como tortura, aludiendo a la Convenci¨®n contra la Tortura y Malos Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes ratificada por Espa?a en 1987, seg¨²n la cual puede calificarse como tortura "todo acto por el cual se inflijan intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, con el fin de obtener de ella o de un tercero informaci¨®n o una confesi¨®n, o con el fin de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que haya cometido". El juez dio mayor cr¨¦dito a las afirmaciones de los acusadores que a los Mossos y remarca la "absoluta falta de credibilidad, por il¨®gicas, de las afirmaciones de los acusados relativas a que los dos denunciantes les intentaban agredir, con los pu?os y con patadas, aun cuando estaban en el interior del veh¨ªculo". El magistrado considera que por las dimensiones del veh¨ªculo -Fiat Tipo- y la altura y envergadura del testigo, esta acci¨®n "resulta del todo imposible". Las indemnizaciones solicitadas a los cuatro agentes de los Mossos, de 7.200 y 7.500 euros, respectivamente, para cada uno de los dos perjudicados, tienen como responsable civil subsidiario al Departamento de Justicia e Interior.
Tanto el fiscal como los abogados de los agentes e Interior solicitaron la absoluci¨®n. Un portavoz de los Mossos asegur¨® ayer que deber¨¢n estudiar la sentencia, que con toda seguridad ser¨¢ recurrida. Las mismas fuentes mostraron su extra?eza por la condena de los agentes, teniendo en cuenta que el fiscal no hall¨® delito alguno en la conducta de los Mossos y que "los hechos evidenciaron que uno de los agentes fue atropellado durante el incidente". El portavoz policial record¨® que los dos perjudicados fueron condenados en otro juicio por su actuaci¨®n de ese d¨ªa. Uno de ellos fue condenado por atentado contra un agente de la autoridad y el otro por resistencia. Ambos fueron declarados culpables de una falta de lesiones. Los dos j¨®venes recurrieron esa sentencia, que fue ratificada por la Audiencia de Girona.
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