Cesi¨®n de trabajadores
Nuestro ordenamiento jur¨ªdico sanciona la cesi¨®n ilegal de trabajadores, prohibiendo su contrataci¨®n o reclutamiento para prestarlos o cederlos a otras empresas. Como excepci¨®n va a permitir la cesi¨®n cuando se realice a trav¨¦s de empresas de trabajo temporal. Tambi¨¦n existe una cierta tolerancia cuando la circulaci¨®n de trabajadores se produce en el ¨¢mbito de empresas pertenecientes a un mismo "grupo".
En estos casos se estima que tales cesiones no persiguen una interposici¨®n il¨ªcita en el contrato para ocultar al empresario real, sino que obedecen a razones t¨¦cnicas y organizativas derivadas de la divisi¨®n del trabajo dentro del grupo de empresas. Pero fuera de estos supuestos la cesi¨®n de trabajadores es pr¨¢ctica tajantemente prohibida por la ley.
Pero, en ocasiones, la cesi¨®n ilegal de trabajadores se enmascara bajo una contrata o subcontrata de trabajadores. Se trata de una figura perfectamente l¨ªcita en nuestro derecho, pero que en la pr¨¢ctica puede generar complicaciones al ser en ocasiones dif¨ªcilmente distinguible de los supuestos de cesi¨®n ilegal.
La diferenciaci¨®n es m¨¢s clara en el supuesto de que la empresa cedente no cuente con una infraestructura empresarial propia e independiente. As¨ª, se ha declarado la existencia de cesi¨®n ilegal cuando la empresa contratista es una empresa aparente o ficticia, sin estructura ni entidad propia ni una verdadera organizaci¨®n empresarial, siendo su objeto proporcionar mano de obra a otros empresarios.
No obstante, el hecho de que la empresa cedente cuente con organizaci¨®n e infraestructura propias no impide la concurrencia de cesi¨®n il¨ªcita, que se da cuando en la ejecuci¨®n de los servicios de la empresa principal no se han puesto en juego esta organizaci¨®n y medios propios, limitando su actividad al suministro de trabajadores.
De ah¨ª que se haya fijado como l¨ªnea de distinci¨®n, no tanto el dato de que la empresa cedente exista realmente, sino si act¨²a o no como verdadero empresario, asumiendo respecto a sus trabajadores el control y direcci¨®n de la actividad as¨ª como las obligaciones, riesgos y responsabilidades propios de su condici¨®n de empresario
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