El Consell obliga a los ayuntamientos a cumplir unos m¨ªnimos para satisfacer la demanda de alojamiento
La promoci¨®n de viviendas de protecci¨®n oficial (VPO) y la obligatoriedad de que los ayuntamientos destinen parte de su patrimonio inmueble a la construcci¨®n de las mismas est¨¢ recogida en el anteproyecto de la Ley de Acompa?amiento que ayer dictamin¨® el Comit¨¦ Econ¨®mico y Social (CES).
La Generalitat marca, para los municipios de m¨¢s de 10.000 habitantes, unos m¨ªnimos para este destino pero se?ala en el articulado que "cuando la demanda de vivienda protegida est¨¦ satisfecha" los ayuntamiento pueden eximirse de la obligatoriedad entre un 50% y un 100%.
El dictamen del CES sobre esta modificaci¨®n legislativa incluye una objeci¨®n a la manera en la que quedar¨¢ redactada la Ley Reguladora de la Actividad Urban¨ªstica (LRAU). As¨ª, el CES considera que la estimaci¨®n de la "demanda satisfecha" en los municipios "deber¨ªa especificarse por v¨ªa reglamentaria" de manera que se pudiera asegurar de forma objetiva.
Rafael Cerd¨¢, presidente del CES, explic¨® que se pretende evitar la discrecionalidad por parte de la Consejer¨ªa de Territorio, que ser¨¢ la encargada de determinar si un ayuntamiento tiene cubiertas las necesidades de alojamiento de sus vecinos. Seg¨²n Cerd¨¢, los miembros del CES, entre los que se incluyen representantes de la administraci¨®n, creen que deber¨ªan fijarse una serie de requisitos para que los consistorios puedan quedar eximidos de la obligatoriedad de reservar suelo para la promoci¨®n de viviendas de protecci¨®n oficial.
La modificaci¨®n de la LRAU tambi¨¦n pretende obligar a los ayuntamientos a destinar a VPO el 100% del patrimonio p¨²blico de suelo que obtengan como resultado de las parcelas que deben ceder los promotores en cada actuaci¨®n que acometan. La nueva ley marca que los ayuntamientos "podr¨¢n hacerlo bien mediante promoci¨®n directa, bien por enajenaci¨®n gratuita u onerosa del suelo vinculada a tal fin".
Pero si en el plazo de dos a?os el ayuntamiento no ha llevado a cabo esta obligaci¨®n en, al menos, el 50% del suelo, la Generalitat Valenciana, proceder¨¢ a iniciar expediente de expropiaci¨®n forzosa con car¨¢cter urgente para construir, de manera directa o indirecta, VPO.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- VI Legislatura Comunidad Valenciana
- VPO
- Consejer¨ªas auton¨®micas
- Parlamentos auton¨®micos
- Generalitat Valenciana
- Pol¨ªtica vivienda
- Comunidades aut¨®nomas
- Legislaci¨®n auton¨®mica
- Gobierno auton¨®mico
- Ayuntamientos
- Administraci¨®n auton¨®mica
- Comunidad Valenciana
- Pol¨ªtica auton¨®mica
- Administraci¨®n local
- Parlamento
- Vivienda
- Espa?a
- Urbanismo
- Pol¨ªtica
- Legislaci¨®n
- Administraci¨®n p¨²blica
- Justicia