Candidatos, distritos y circunscripciones
El prop¨®sito de este art¨ªculo es presentar los t¨¦rminos de una propuesta de reforma electoral. Discutir sobre esta materia ya no parece in¨²til o fuera de lugar, porque los propios partidos han manifestado, en diferentes ocasiones (generalmente antes de las elecciones), su voluntad reformista. Sin embargo, sus propuestas han sido demasiado gen¨¦ricas y poco comprometidas y resulta comprensible su timidez, porque ellos han hecho el sistema electoral y tambi¨¦n "se han hecho" al mismo. Por otro lado, hay que reconocer que el sistema electoral espa?ol funciona bien en lo principal: consigue expresar las diferentes voces de la sociedad, su pluralismo pol¨ªtico, para incorporarlo a las instituciones representativas, y facilita que ¨¦stas sean gobernables, produciendo mayor¨ªas. En cambio, falla en un aspecto que es origen de un descontento creciente y justificado. El problema est¨¢ en que limita excesivamente la opci¨®n de los electores. Porque aunque pueden escoger entre las listas que los partidos les proponen, cada una de ellas constituye una oferta cerrada, que el elector puede aceptar o rechazar en bloque (por eso se dice que las listas est¨¢n cerradas y bloqueadas). En consecuencia, los ciudadanos se ven forzados a votar a cuantos candidatos, buenos o malos, presentables o impresentables, figuren en la lista de su preferencia. Para los partidos, en cambio, la soluci¨®n es c¨®moda, porque s¨®lo tienen que esforzarse en buscar buenos candidatos para los primeros lugares de las listas, mientras que para los siguientes pueden proponer pr¨¢cticamente a cualquiera, sin coste electoral, al estar limitada la opci¨®n de los votantes. En esas circunstancias, lo natural es distribuir estos puestos entre los miembros de la organizaci¨®n, sin otra preocupaci¨®n que la del reparto interno de fuerzas. As¨ª se fomenta la profesionalizaci¨®n end¨®gena de la pol¨ªtica y tambi¨¦n se debilita el v¨ªnculo de la representaci¨®n, porque realmente, con este sistema, los candidatos electos s¨®lo ser¨¢n responsables ante el propio partido y no ante los ciudadanos.
Para ensanchar la opci¨®n de los electores y reforzar el protagonismo y la responsabilidad individual de los candidatos no hace falta cambiar ninguno de los elementos b¨¢sicos del sistema -algunos de los cuales est¨¢n garantizados en la Constituci¨®n misma-. En otras palabras, no hay que modificar nada que afecte a la relaci¨®n de fuerzas entre los partidos: ni las circunscripciones, ni la regla de atribuci¨®n de los esca?os (la conocida regla d'Hondt) ni el n¨²mero total de esca?os. Lo que hay que cambiar es la forma de expresi¨®n del voto. La propuesta m¨¢s frecuente, a tal efecto, consiste en desbloquear las listas, a fin de posibilitar que cada elector pueda tachar el nombre de alg¨²n candidato o, por el contrario, que pueda marcar su preferencia en favor de alg¨²n candidato. Las recetas de este tipo resultan inmediatamente atractivas, pero no cabe pasar por alto que incentivan la competencia entre candidatos de una misma lista y, por eso mismo, su aplicaci¨®n puede reforzar las facciones dentro de los partidos y fomentar las pr¨¢cticas de tipo clientelar para movilizar votos en favor de candidatos individuales (como se ha acreditado en la experiencia de otros pa¨ªses). De forma que se puede acabar perjudicando la cohesi¨®n de los partidos sin mejorar (o incluso empeorando) la calidad de la representaci¨®n.
Por eso la propuesta que expondr¨¦ va en otra direcci¨®n. Se trata de reconocer a cada elector el derecho a emitir dos votos: uno para escoger, como hasta ahora, entre las listas presentadas por los partidos en las circunscripciones (que coinciden con las provincias en las elecciones al Congreso de los Diputados y tambi¨¦n en la mayor¨ªa de las elecciones a las Asambleas de las Comunidades Aut¨®nomas) y otro voto para escoger entre candidatos individuales presentados por cada partido en distritos peque?os (uninominales). Me apresuro a decir que el sistema ser¨ªa de representaci¨®n proporcional (exactamente igual que ahora), por lo que el n¨²mero de esca?os de cada partido depender¨ªa exclusivamente de los votos recibidos por sus respectivas listas en las circunscripciones. La funci¨®n del segundo voto, el que se emitir¨ªa en los distritos, ser¨ªa determinar qu¨¦ candidatos de cada lista tendr¨ªan derecho a ocupar los esca?os que su partido ha conseguido en la circunscripci¨®n.
La reforma propuesta tiene parentesco con un elemento principal del sistema electoral que se utiliza en Alemania (el doble voto), pero difiere b¨¢sicamente del mismo (en la exigencia de que todos y no s¨®lo algunos candidatos se presenten en los distritos). Esquem¨¢ticamente, el modelo que se propone podr¨ªa funcionar as¨ª:
1) La ley debe apoderar a la Junta Electoral Central (o, en su caso, a la Junta Electoral Auton¨®mica) para definir distritos uninominales (tomando en consideraci¨®n las demarcaciones municipales y judiciales).
2) Todo candidato incluido en una lista de circunscripci¨®n tiene que presentarse tambi¨¦n por un distrito.
3) Los esca?os conseguidos por un partido en una circunscripci¨®n ser¨¢n asignados a aquellos de sus candidatos que hayan ganado las elecciones de distrito.
4) Si los candidatos de un partido ganan en un n¨²mero de distritos superior a los esca?os que corresponden a dicho partido (en funci¨®n de la representaci¨®n proporcional obtenida por su lista de circunscripci¨®n) ser¨¢n proclamados electos aquellos candidatos suyos que hayan obtenido mayor porcentaje de votos en sus respectivos distritos.
5) Si los candidatos de un partido ganan en un n¨²mero de distritos inferior a los esca?os que corresponden a dicho partido (en funci¨®n de la representaci¨®n proporcional obtenida por su lista de circunscripci¨®n) ser¨¢n proclamados electos, para ocupar los restantes esca?os de ese partido, otros candidatos de su lista, atendiendo a su ordenaci¨®n en la misma.
6) Si un candidato gana en su distrito, pero su lista no ha obtenido suficiente n¨²mero de votos para conseguir un esca?o (en funci¨®n de la representaci¨®n proporcional a nivel de circunscripci¨®n), dicho candidato no ser¨¢ proclamado electo.
?Qu¨¦ se ganar¨ªa con esta reforma? Se reforzar¨ªa la representaci¨®n y la responsabilidad individual de los candidatos electos al vincularla con los votantes de un distrito. Asimismo, se incentivar¨ªa una selecci¨®n m¨¢s exigente del personal pol¨ªtico por parte de los partidos, porque necesitar¨ªan candidatos verdaderamente capaces de luchar por su propia elecci¨®n, en su distrito, frente a los candidatos de los partidos competidores. ?Qu¨¦ se perder¨ªa? Absolutamente nada de lo bueno que tiene nuestro sistema electoral, porque no se modificar¨ªa ninguna de las reglas b¨¢sicas que afectan a la competici¨®n entre los partidos. Sin embargo, es obvio que esta propuesta dista de ser perfecta y necesita ser pulida adicionalmente. En realidad, s¨®lo pretende ofrecer una forma alternativa de ponderar los intereses del cambio y de la estabilidad en nuestro sistema electoral.
Miguel Satr¨²stegui es profesor titular de Derecho Constitucional.
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