Consumo abre 118 expedientes por irregularidades en la venta de pisos
La Generalitat publicar¨¢ la lista de las empresas que tengan m¨¢s sanciones
La Direcci¨®n de Consumo de la Generalitat ha abierto 118 expedientes sancionadores a empresas promotoras de viviendas tras observar un c¨²mulo de irregularidades en la venta de pisos. Para combatirlas, ha decidido publicar la lista de las empresas que acumulen m¨¢s sanciones y elevar las multas. Las irregularidades m¨¢s habituales consisten en no informar de la superficie ¨²til, cambiar los materiales prometidos y no informar de todos los costes, incluidos los impuestos y otros gastos.
El boom de la construcci¨®n no s¨®lo ha disparado los precios de las viviendas -el 23% en Barcelona en el ¨²ltimo a?o, sino que tambi¨¦n ha producido una avalancha de consultas a los servicios de consumo. Si el a?o pasado las oficinas de consumo recibieron 4.413 relacionadas con problemas de vivienda, en los nueve primeros meses de este a?o se ha superado esta cifra y se prev¨¦ llegar a 6.000, afirm¨® ayer el director general de Consumo, Josep Tous.
Desde junio del a?o pasado hasta hoy, la Generalitat ha abierto 118 expedientes sancionadores a empresas constructoras de viviendas. "Los procedimientos est¨¢n en marcha, pero cuando terminen daremos a conocer los nombres de tres o cuatro empresas con malas pr¨¢cticas", dijo el director general.
Mayores sanciones
Adem¨¢s de publicar los nombres de las empresas infractoras, la subida de las multas es el otro gran instrumento para disuadir a los promotores con malas pr¨¢cticas. El objetivo es imponer sanciones hasta el l¨ªmite legal de 600.000 euros, posibilidad que ya recoge la ley de 1990, pero que hasta ahora no se ha aplicado.
Las denuncias de los clientes ante los servicios de consumo se producen en las tres fases de la compra: la informaci¨®n, la contrataci¨®n y la ocupaci¨®n del piso. El director general cit¨® la publicidad enga?osa sobre el entorno de los pisos y sus acabados, la confusi¨®n en los precios al omitirse el IVA y la aplicaci¨®n de cl¨¢usulas abusivas, por ejemplo cuando se estipulan "cambios sujetos a la direcci¨®n facultativa".
Al firmar el contrato, las principales irregularidades observadas son la obligaci¨®n del comprador de pagar la cancelaci¨®n de la hipoteca constituida por el promotor o se?alar a un determinado notario para redactar las escrituras. Otra pr¨¢ctica irregular es que los vendedores no contraten un aval sobre las cantidades que reciben a cuenta para que el cliente pueda recuperar el dinero si ocurre una situaci¨®n imprevista.
En el momento de ocupar el piso es cuando se presentan m¨¢s reclamaciones. Las principales est¨¢n motivadas por las diferencias entre la superficie ¨²til y la prometida, y por la calidad de los acabados. Consumo recomienda que antes de comprar una vivienda se compruebe si ¨¦sta tiene cargas pendientes y cumple todos los requisitos legales (v¨¦ase el cuadro adjunto).
Tous record¨® que "la publicidad hecha para vender una vivienda es vinculante" para el promotor, por lo que el comprador tiene derecho a reclamar lo que se anunci¨®, por lo que se aconseja guardar la publicidad para poder cotejar si las caracter¨ªsticas del piso que se recibe coinciden con lo estipulado.
La Direcci¨®n General de Consumo recuerda que la normativa se?ala que las empresas constructoras responder¨¢n durante un a?o de los vicios o defectos de acabados; durante tres a?os, de los defectos de construcci¨®n, y durante 10, de los que se produzcan en la cimentaci¨®n, las vigas y los forjados.
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