El Supremo rebaja la condena al ex alcalde que acos¨® a Nevenka
El Tribunal sostiene que Ismael ?lvarez no cometi¨® "abuso de autoridad"
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha estimado que el ex alcalde de Ponferrada Ismael ?lvarez, del PP, no incurri¨® en la conducta agravada de abuso de autoridad cuando cometi¨® el delito de acoso sexual a la concejal de su mismo partido, Nevenka Fern¨¢ndez, por lo que le ha reducido la pena de multa de 5.780 a 2.160 euros (360.000 pesetas). El Supremo mantiene la indemnizaci¨®n de 12.000 euros a la edil acosada.
La sentencia, a la que han formulado sendos votos particulares dos de los cinco magistrados del tribunal, ha estimado que no existe una "relaci¨®n jer¨¢rquica propiamente dicha" entre el alcalde y los concejales del Ayuntamiento, al surgir todos ellos de la soberan¨ªa popular, fruto de las elecciones municipales. No existiendo esa relaci¨®n de jerarqu¨ªa, no es posible apreciar la variante agravada del delito de acoso sexual, por lo que la condena debe limitarse al delito b¨¢sico del delito de acoso, descrito en el art¨ªculo 184.1 del C¨®digo Penal.
En consecuencia, la pena de multa de nueves meses, a 24 euros diarios, que impuso el Tribunal Superior de Castilla y Le¨®n al ex alcalde de Ponferrada Ismael ?lvarez Rodr¨ªguez por el acoso sexual a Nevenka Fern¨¢ndez, el Supremo la reduce a tres meses de multa, lo que totaliza 2.160 euros (360.000 pesetas).
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, analiza la conducta del ex alcalde de Ponferrada y llega a la conclusi¨®n de que concurren todos los elementos del delito de acoso sexual, al haber solicitado Ismael Fern¨¢ndez favores de naturaleza sexual a la concejal de su grupo Nevenka Fern¨¢ndez.
Humillaci¨®n y descr¨¦dito
El tribunal aprecia un relato "coherente" de Nevenka y siempre en la misma l¨ªnea: al concluir sus relaciones sentimentales con Ismael ?lvarez, ¨¦ste no se conform¨® y en el ¨¢mbito de unas relaciones profesionales, como concejal y alcalde, el acusado continu¨® solicitando favores de naturaleza sexual, que por su negativa "se trabaron en una serie de episodios de humillaci¨®n o descr¨¦dito". La declaraci¨®n de la v¨ªctima fue corroborada por informes periciales que pusieron de manifiesto que Nevenka Fern¨¢ndez no fing¨ªa.
El Supremo mantiene la condena de acoso sexual al apreciar que a partir de la negativa de Nevenka a continuar las relaciones sexuales con Ismael ?lvarez, ¨¦ste la desacredit¨® p¨²blicamente en un pleno municipal celebrado en mayo de 2000, acus¨¢ndola de "no llevar bien preparada la sesi¨®n", y le tir¨® los papeles al suelo diciendo: "Esto es una mierda"; despu¨¦s le revoc¨® determinadas atribuciones delegadas, la desplaz¨® de su despacho a otro de un edificio colindante; desconvoc¨® una reuni¨®n que Nevenka hab¨ªa anunciado para desacreditarla y le redujo los emolumentos cuando pidi¨® una baja laboral, todo lo cual provoc¨® a causa del acoso sexual, "una situaci¨®n gravemente humillante" en la v¨ªctima.
Respecto al recurso de Nevenka Fern¨¢ndez, que pidi¨® que se le reconociesen las "lesiones ps¨ªquicas" producidas por el acoso, el Supremo desestima su pretensi¨®n por considerar que no ha quedado claramente acreditado si Nevenka tuvo necesidad de alg¨²n tipo de tratamiento m¨¦dico para su curaci¨®n ni tampoco en que consisti¨® ¨¦ste. No obstante, mantiene los 12.000 euros de indemnizaci¨®n por las secuelas (2 millones de pesetas).
El magistrado Jos¨¦ Manuel Maza ha formulado un voto particular disidente en el que considera que, pese al "trato hostil" de Ismael ?lvarez, ¨¦ste deber¨ªa haber sido absuelto de acoso sexual al no existir "solicitud de favores sexuales". Pero debi¨® ser condenado por lesiones a una pena de entre seis meses y tres a?os.
Por su parte, el magistrado Diego Ramos estim¨® que adem¨¢s del delito de acoso sexual, el ex alcalde de Ponferrada deber¨ªa haber sido condenado adicionalmente a un a?o de prisi¨®n por el delito de lesiones ps¨ªquicas.
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