El tribunal vasco rechaza las capillas ardientes de etarras en los ayuntamientos
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco ha sentenciado que los ayuntamientos no pueden ceder sus sedes para instalar en ellas las capillas ardientes de etarras fallecidos ni financiar los gastos de sus honras f¨²nebres. El tribunal resuelve en sendos fallos los recursos interpuestos por el abogado del Estado contra las decisiones de los ayuntamientos de Hernani (Guip¨²zcoa) y Markina (Vizcaya) de permitir el uso de las dependencias municipales para instalar las capillas ardientes de Ekain Ruiz y Patxi Rementeria, dos de los cuatro etarras muertos en Bilbao en agosto de 2000 al estallarles los explosivos que transportaban en un coche y con los que planeaban cometer un atentado.
En el caso de Hernani, regido entonces por EH, se acord¨® tambi¨¦n pagar los gastos del funeral de Ruiz, lo que rechaz¨® el Ayuntamiento de Markina, regido por el PNV, en el caso de Rementeria.
Las resoluciones destacan que "estas decisiones son nulas de pleno derecho por pretender dotar de reconocimiento oficial y p¨²blico a una actividad contraria al ordenamiento jur¨ªdico", informa Europa Press. Y recalcan que no act¨²a dentro de la legalidad una instituci¨®n "cuando adopta un acuerdo que comporta un reconocimiento de una persona, precisamente por su relaci¨®n delictiva".
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