Injustificable
La reciente aprobaci¨®n de la reforma del C¨®digo Penal como consecuencia de una enmienda introducida en el Senado a una ley que no ten¨ªa ninguna conexi¨®n con dicho C¨®digo ha estado en el origen de la bronca parlamentaria m¨¢s sonada desde la recuperaci¨®n de la democracia. En ninguna votaci¨®n parlamentaria desde 1977 se hab¨ªa dado el caso de que se negaran a participar todos los grupos parlamentarios excepto el del partido del Gobierno.
El Gobierno ha justificado esa manera de proceder en que el Senado tiene competencia legislativa plena y que, en consecuencia, no hay nada que objetar a que tal competencia se haya exteriorizado de la forma en que lo ha hecho. El presidente del Senado, por su parte, ha puntualizado que el 97% de las leyes son enmendadas en el Senado y que ¨¦sta ha sido una m¨¢s.
Sin duda, formalmente, es as¨ª. El Senado tiene una posici¨®n subalterna respecto del Congreso de los Diputados en el ejercicio de la potestad legislativa, pero es una C¨¢mara colegisladora, que puede enmendar los proyectos o proposiciones de ley aprobados por el Congreso. As¨ª figura en la Constituci¨®n.
Esa posici¨®n constitucional del Senado es la que resulta intolerable. Al menos por los dos siguientes motivos:
1? Porque es incompatible con la estructura territorial del Estado que se ha acabado imponiendo con la generalizaci¨®n de las autonom¨ªas y la constituci¨®n de 17 comunidades aut¨®nomas con parlamento y gobierno propios. En lugar de ser el lugar de expresi¨®n de las comunidades aut¨®nomas en el proceso de formaci¨®n de la voluntad general del Estado, el Senado es una c¨¢mara b¨¢sicamente provincial con un estrambote auton¨®mico. En consecuencia, es una C¨¢mara disfuncional para el funcionamiento del Estado de las Autonom¨ªas, cuya composici¨®n ¨²nicamente se explica porque en 1978 el constituyente no pudo definir la estructura del Estado y remiti¨® la soluci¨®n del problema a los procesos de elaboraci¨®n de los estatutos de autonom¨ªa. Una vez definida la estructura del Estado en los t¨¦rminos en que est¨¢, la composici¨®n provincial del Senado es absurda.
2? Porque supone una desviaci¨®n del principio de igualdad en el ejercicio del derecho de sufragio aut¨¦nticamente escandalosa. La equiparaci¨®n de todas las provincias en lo que al n¨²mero de senadores se refiere, convierte al Senado en una caricatura de la sociedad espa?ola desde la ¨®ptica de la representaci¨®n pol¨ªtica. Una provincia como Soria, que no tiene ni cien mil habitantes, tiene el mismo n¨²mero de senadores que Madrid con m¨¢s de cinco millones. En conjunto las m¨¢s de 30 provincias que tienen seis o menos de seis esca?os en el Congreso de los Diputados y que, entre todas, tienen menos poblaci¨®n que Madrid y Barcelona eligen a m¨¢s del 50% de los senadores. En este caso, no nos encontramos ante una simple desviaci¨®n de la igualdad en el valor del sufragio, como ocurre en el Congreso de los Diputados, sino que nos encontramos ante una contradicci¨®n flagrante entre el principio de igualdad y su traslaci¨®n en la composici¨®n de la segunda C¨¢mara.
El Senado es una C¨¢mara mal constituida, incompatible con la estructura del Estado que se ha acabado imponiendo con base en la Constituci¨®n, aunque no est¨¦ constitucionalmente definida, y completamente antidemocr¨¢tica en cuanto Asamblea representativa.
Justamente por eso, es por lo que resulta tan grave que tenga atribuidas constitucionalmente las facultades que tiene. Si el Senado fuera una C¨¢mara decorativa, que no sirviera para nada, ser¨ªa soportable. Ser¨ªa superflua, pero no da?ina. Es lo que de facto hab¨ªa venido siendo en las primeras legislaturas constitucionales. El Senado languidec¨ªa sin que se le prestara la m¨¢s m¨ªnima atenci¨®n, porque su influencia en el ejercicio de la potestad legislativa era muy reducida. Serv¨ªa simplemente para completar la negociaci¨®n que, por el motivo que fuera, no se hab¨ªa podido concluir en el Congreso de los Diputados. El Senado hab¨ªa sido hasta fecha relativamente reciente una C¨¢mara legislativamente irrelevante.
Esto es lo que ha cambiado de manera dram¨¢tica en los ¨²ltimos a?os. Cada vez es m¨¢s frecuente la utilizaci¨®n del Senado para introducir en las leyes lo que se quiere introducir a hurtadillas, sin que la opini¨®n p¨²blica sea informada suficientemente de lo que se est¨¢ haciendo. Se ha convertido en una costumbre en las Leyes de Presupuesto y en especial en las leyes de acompa?amiento, pero se hace cada vez con m¨¢s frecuencia en todo tipo de leyes. El a?o pasado tuvimos ocasi¨®n de verlo en una ley con repercusi¨®n en Andaluc¨ªa, la Ley de medidas de reforma del sistema financiero, que mediante una enmienda en el Senado sustrajo el control de CajaSur a la Consejer¨ªa y lo transfiri¨® al Ministerio de Econom¨ªa. El Senado no s¨®lo es disfuncional, sino que se ha convertido en un instrumento de corrupci¨®n de la potestad legislativa.
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