Los divorcios de mutuo acuerdo crecen un 14% en el ¨²ltimo a?o, con 5.721 peticiones
Seis de cada diez solicitudes de separaci¨®n est¨¢n consensuadas entre los dos c¨®nyuges
Los madrile?os prefieren cada vez m¨¢s el di¨¢logo y el acuerdo con su pareja a la hora de separarse y, m¨¢s tarde, alcanzar el divorcio. Los jueces de familia se encuentran cada vez con m¨¢s matrimonios que llegan al juzgado con una propuesta de separaci¨®n firmada y pactada por ambos c¨®nyuges. De las 9.164 peticiones de separaci¨®n y divorcio registradas en 2003, seis de cada diez (5.721) fueron de mutuo acuerdo. Si se compara esa cifra con la registrada un a?o antes (5.028), se observa un crecimiento del 14% en las demandas de separaci¨®n o divorcio consensuadas.
En las separaciones y divorcios, los afectados pueden actuar de dos maneras: la m¨¢s barata y que genera menos conflictividad en el seno familiar es la consensuada; es decir, cuando la pareja acude al juez con un convenio regulador bajo el brazo. El juez y el fiscal estudian el convenio, y si ven que en la distribuci¨®n de bienes y derechos acordada por la pareja no se perjudica a los hijos -si los hay-, se limitan a ratificarlo.
La otra forma, mucho m¨¢s costosa, porque obliga a los jueces a desplegar mayor actividad y tr¨¢mites judiciales, es aquella en la que la pareja no se pone de acuerdo sobre el reparto de los bienes ni sobre la custodia de los hijos. Por ello, el juez se ve forzado a tomar una decisi¨®n de obligado cumplimiento. Son menos las demandas conflictivas que las otras, pero aun as¨ª, la cifra no es desde?able. En 2003 se han presentado en los juzgados 3.443 peticiones de separaci¨®n o divorcio conflictivas. En 2002 se presentaron 13 m¨¢s; esto es, 3.456.
En el ¨²ltimo a?o se ha notado, adem¨¢s, un incremento de separaciones entre parejas de hecho. Aunque se trate de uniones sin ratificaci¨®n judicial, estas parejas terminan adquiriendo los mismos derechos que las otras y sus rupturas tambi¨¦n hay que comunicarlas a la autoridad judicial. La infidelidad, el maltrato f¨ªsico y psicol¨®gico y la ausencia de amor siguen siendo las causas que m¨¢s esgrimen las parejas para romper sus v¨ªnculos.
En Madrid hay ahora mismo ocho juzgados de familia. ?sta es la jurisdicci¨®n m¨¢s colapsada en la regi¨®n, junto a la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y a la Secci¨®n Civil de la Audiencia. Precisamente, esta semana entrar¨¢n en funcionamiento dos nuevos juzgados de familia en Madrid para ayudar a descongestionar los ya existentes.
Un informe del Consejo General del Poder Judicial pone de relieve el efecto pernicioso que el gran atasco que sufren los juzgados de familia acarrea sobre las parejas en conflicto. A lo largo de 2003, conseguir cita con un juez de familia para que ¨¦ste dictase una medida provisional sobre una pareja que quer¨ªa separarse sin acuerdo era una odisea. Era y, de momento, sigue si¨¦ndolo.
Las parejas tienen que esperar ocho y nueve meses para que el juez las llame por primera vez y dicte las medidas cautelares o provisional¨ªsmas (ver qui¨¦n debe abandonar el domicilio familiar, r¨¦gimen de visitas de los hijos...) hasta que se dicte la sentencia sobre el caso. Estas demoras en nada ayudan al ambiente del hogar , ya que imponer esa espera a una pareja que se quiere separar redunda negativamente en la tranquilidad de los hijos.
Dos nuevos juzgados
Con la creaci¨®n de dos nuevos juzgados de familia a partir de la pr¨®xima semana, la capital tendr¨¢ 10 para resolver estos asuntos. Los nuevos juzgados estar¨¢n ubicados en un edificio que ha alquilado la Consejer¨ªa de Justicia de la Comunidad en la calle del Capit¨¢n Haya, cerca de la plaza de Castilla.
Aparte del trabajo que ya ten¨ªan, los magistrados de familia han visto desde agosto aumentada su carga de trabajo con las ¨®rdenes de protecci¨®n para mujeres maltratadas.
Ahora tienen tambi¨¦n que pronunciarse, en el plazo de un mes, sobre las medidas cautelares -en torno a 60 mensuales- que adoptan los jueces de instrucci¨®n cuando un c¨®nyuge acude al juzgado de guardia para pedir una medida de protecci¨®n frente a su agresor en el ¨¢mbito familiar.
Muchas veces, el juez de instrucci¨®n acuerda el alejamiento del agresor del domicilio y establece un r¨¦gimen provisional de visitas de padres a hijos. Pero lo que el juez de instrucci¨®n acuerde debe ser¨¢ luego supervisado, en el plazo de un mes, por el juzgado de familia.
Vistas r¨¢pidas en los juzgados de familia
El juez decano de Madrid, Jos¨¦ Luis Gonz¨¢lez Armengol, aplaude la llegada de los dos nuevos juzgados de familia, si bien recuerda que la cifra "es claramente insuficiente" para las necesidades de la jurisdicci¨®n civil. Los jueces creen que al menos deber¨ªa de haber 16, no 10. "Cada juzgado de familia de Madrid est¨¢ registrando anualmente el doble que uno normal", destacan fuentes jur¨ªdicas.
El Gobierno ha anunciado su intenci¨®n de establecer una especie de vistas r¨¢pidas para la jurisdicci¨®n de familia. Con ellas se evitar¨ªa que un matrimonio que quiera romper sus v¨ªnculos sin acuerdo tenga que esperar meses antes de que el juez les cite y dicte las medidas cautelares.
El ministro de Justicia, Jos¨¦ Mar¨ªa Michavila, prometi¨® impulsar, para el oto?o de 2003, la ampliaci¨®n de los juicios r¨¢pidos a casos de familia. Pero todav¨ªa no se ha hecho nada. Dichos juicios r¨¢pidos est¨¢n hoy restringidos al ¨¢mbito penal. El objetivo es resolver los procesos de separaci¨®n matrimonial, divorcio y tutela de menores en un plazo m¨¢ximo de tres meses. El tr¨¢mite actual de estos juicios dura entre un a?o y medio y dos a?os.
"Los temas relativos a separaci¨®n, divorcio y tutela de menores exigen", seg¨²n el ministro, "una mejora en la agilizaci¨®n de la justicia, procedimientos y mecanismos de coordinaci¨®n entre jueces, fiscales, asesores, t¨¦cnicos y pedagogos".
Michavila anticip¨® que la reforma incluir¨¢ la figura del conciliador en materia de familia, a quien defini¨® como "una persona experta en los problemas que suscita la ruptura de la convivencia matrimonial". Este especialista contribuir¨ªa a "evitar algunos de los conflictos excesivos" que se producen en este tipo de juicios, fomentando "el di¨¢logo y la sensatez".
El PP se ha negado reiteradamente en esta legislatura a aceptar las iniciativas presentadas por otros grupos parlamentarios para suprimir la exigencia del art¨ªculo 86 del C¨®digo Civil, que obliga a quien quiera divorciarse a interponer previamente una demanda de separaci¨®n.
La mayor¨ªa de las rupturas afectan a parejas j¨®venes reci¨¦n desposadas. Y lo curioso es que, en estos casos, ambos c¨®nyuges suelen volver a casarse r¨¢pido y a divorciarse por segunda vez "a¨²n m¨¢s r¨¢pido". Esta celeridad denota, seg¨²n una psic¨®loga judicial, que "a veces se act¨²a con precipitaci¨®n y se vuelve a caer en los mismos errores, sin pensar en exceso en los hijos". "En las parejas que llevan 14 o 15 a?os conviviendo las rupturas matrimoniales son m¨¢s infrecuentes", destaca esta experta.
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