Sanidad crea alarma social con los MIR
Para trabajar en el Sistema Nacional de Salud espa?ol es necesario la posesi¨®n del t¨ªtulo de m¨¦dico especialista, pero no en la medicina privada. La ¨²nica v¨ªa de acceso ordinaria al mismo, para los m¨¦dicos licenciados despu¨¦s de 1995, es realizar un periodo de formaci¨®n mediante el sistema de residencia, despu¨¦s de haber superado una oposici¨®n estatal muy dura. La duraci¨®n de este periodo oscila entre tres y cinco a?os, que con los seis de licenciatura suman entre 9 y 11 a?os.
Este sistema MIR espa?ol (prueba de acceso y periodo de formaci¨®n) goza de un incuestionable prestigio tanto dentro como fuera de las fronteras espa?olas. Incluso la sanidad privada del pa¨ªs (cuya aportaci¨®n a la formaci¨®n de m¨¦dicos es pr¨¢cticamente testimonial) exige como m¨¦rito (ya que la ley no se lo impone) para sus nuevos trabajadores haber obtenido el t¨ªtulo de especialista a trav¨¦s de la v¨ªa MIR. Y tambi¨¦n los m¨¦dicos espa?oles especialistas v¨ªa MIR son valorados en cualquier pa¨ªs con m¨¦rito preferente para trabajar. En conclusi¨®n, se trata de un sistema que garantiza una excelente formaci¨®n. La prueba adem¨¢s est¨¢ reconocida como un modelo de objetividad.
"Sorprende la pretendida reforma a fondo de algo que es excelente con una nueva ley de ordenaci¨®n"
Por ello sorprende la pretendida reforma a fondo de algo que es excelente a trav¨¦s de la nueva Ley de Ordenaci¨®n de las Profesiones Sanitarias. Se pretende incluir la subjetividad en la prueba de acceso (evaluaci¨®n de habilidades cl¨ªnicas y comunicativas), aumentar el n¨²mero de a?os de formaci¨®n (Espa?a ya es el pa¨ªs europeo con el periodo m¨¢s largo) e introducir un curr¨ªculo acad¨¦mico (olvidando que el sistema MIR es para formaci¨®n de m¨¦dicos asistenciales).
Adem¨¢s, el Estatuto Marco prev¨¦ regular el sistema MIR, que ya est¨¢ reglamentado. El ¨²nico problema es que el Ministerio de Sanidad, a trav¨¦s de sus responsables de la Direcci¨®n General de Recursos Humanos, se sit¨²a por encima de dicha reglamentaci¨®n y no quiere respetarla. La normativa vigente surge de tres sentencias de obligado cumplimiento por la Administraci¨®n y los administrados.
La primera es la sentencia del asunto Simap del Tribunal de Luxemburgo, que reconoce que los m¨¦dicos est¨¢n incluidos en el ¨¢mbito de aplicaci¨®n de las Directivas Europeas de Salud Laboral (la 93/104 inicial y la 2000/34 que incluy¨® a los MIR en la inicial) y que el tiempo de trabajo de las guardias debe computarse como tiempo de trabajo y en su caso como horas extraordinarias.
La segunda es la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de febrero de 1999 (ante un conflicto colectivo promovido por el Simap), que reconoce que los contratos de los MIR son inequ¨ªvocamente laborales de car¨¢cter formativo y que est¨¢n sometidos al Estatuto de los Trabajadores, por lo que, adem¨¢s, anula la cl¨¢usula contractual que obligaba a trabajar 31 horas continuadas por necesidades del servicio e instaura la obligatoriedad del cese de prestaci¨®n laboral tras 24 horas.
La tercera es la sentencia del Tribunal Supremo del 18 de febrero de 2003 (nuevamente ante un conflicto colectivo promovido por el Simap), que establece que ya debe aplicarse a los MIR la Directiva Europea 2000/34, que establece una jornada m¨¢xima comunitaria de 58 horas a la semana, que ha de reducirse en pocos a?os a las 48 horas de la Directiva Europea 93/104. El personal MIR es un personal en formaci¨®n y, por tanto, sobre ¨¦l no puede gravitar casi exclusivamente la asistencia de las instituciones sanitarias. Queda claro que los MIR son un personal a utilizar adem¨¢s de la plantilla y no en vez de la plantilla.
Por todo ello, no crea alarma social que existan unos 20.000 m¨¦dicos espa?oles trabajando en las precarias condiciones actuales (sueldo bajo, jornadas de 31 horas ininterrumpidas, jornada anual m¨¢xima indeterminada, falta de reconocimiento de beneficios sociales, ausencia de protecci¨®n a la maternidad) pues los ciudadanos deben saber que, a pesar de ello, les est¨¢n atendiendo profesionales que ya poseen una licenciatura en Medicina que habilita para trabajar de m¨¦dico en el sistema privado, pero que necesita del periodo formativo para poder trabajar en el sistema p¨²blico. Lo que crea alarma social es el comportamiento de los responsables del ministerio, que no quieren cumplir la ley y la jurisprudencia, coloc¨¢ndose por encima de ellas, y que pretenden ahorrar de donde no se puede ni se debe, mientras contin¨²an siendo incapaces de controlar el gasto burocr¨¢tico y farmac¨¦utico del Sistema Nacional de Salud.
La inhibici¨®n del Ministerio de Sanidad y su resistencia a aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo es preocupante. En el ya lejano a?o 1975, muchos m¨¦dicos, en plena etapa dictatorial, tuvieron que efectuar una huelga de m¨¢s de un mes de duraci¨®n para conseguir que la vinculaci¨®n con la Administraci¨®n sanitaria se regulara mediante contratos laborales. Y esta cuesti¨®n no es inocua, pues consecuencia de ello son acontecimientos que s¨ª crean alarma social, como el suicidio de una m¨¦dico residente del hospital Josep Trueta de Girona, condicionada por decisiones empresariales que le produjeron una sobrecarga f¨ªsica y ps¨ªquica, o como el incidente de otra m¨¦dico residente de la Fundaci¨®n Jim¨¦nez D¨ªaz de Madrid, con problemas psicol¨®gicos y condiciones de trabajo extenuantes, que produjo tres muertes y cinco heridos.
Juan Benedito Alberola es presidente del Sindicato de M¨¦dicos de Asistencia P¨²blica (Simap).
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.