Abusos, en vez de agresi¨®n sexual
La sentencia considera que aunque las ni?as se sintieron "intimidadas", a juicio del tribunal que conden¨® a Francesc Muns, las amenazas de ¨¦ste no fueron "objetivamente" relevantes para conseguir sus prop¨®sitos.
En relaci¨®n con la hermana peque?a, de ocho a?os, "porque la amenaza consiste en que 'no dijese nada', generando en ella miedo a que le tapara la boca y la ahogara".
"En relaci¨®n con la mayor, la amenaza consist¨ªa en que si dec¨ªa algo 'iba a denunciarla o que le har¨ªa da?o a su madre y hermanos', generando miedo en la menor porque dichas amenazas pudieran cumplirse".
"Sin embargo", a?ade el Supremo, "cuando ella a su vez, le amenaz¨® con denunciarle, las pr¨¢cticas sexuales cesaron".
Con base en estos razonamientos, el Supremo entiende que las ni?as se sintieron intimidadas aunque las amenazas no fueron relevantes para que hubiera intimidaci¨®n.
Aunque las peque?as tuvieran miedo, dado que el Supremo no aprecia el componente de la intimidaci¨®n -el de violencia queda descartado- que exige el tipo penal de la agresi¨®n sexual, los hechos probados se califican como sendos delitos continuados de "abusos sexuales" previstos en los art¨ªculos 182 y 181.2.1 del C¨®digo Penal de 1995 en su redacci¨®n originaria.
Los delitos de abusos son de menor gravedad que los de "agresi¨®n sexual" de los art¨ªculos 178 y 179 del C¨®digo Penal, que son los que hab¨ªa apreciado la Audiencia Provincial de Barcelona.
El fallo del Supremo reduce de nueve a?os de prisi¨®n a siete a?os el delito de abusos sexuales continuados sobre la mayor de las hermanas. Por los abusos continuados sobre la menor de las ni?as la sentencia reduce la pena de siete a?os de prisi¨®n a 15 meses. En conjunto, el Supremo rebaja las penas de los 16 a?os de prisi¨®n a 8 a?os y tres meses. El acusado, segun la sentencia, se encuentra en libertad provisional.
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