La justicia es...
Seg¨²n todo el mundo sabe, en un documento-compromiso de compra-venta de un inmueble, si es el comprador el que incumple, volvi¨¦ndose atr¨¢s, pierde la "se?al"que entreg¨®, y si es la parte vendedora quien se vuelve atr¨¢s, debe devolver, la "se?al" que recibi¨® m¨¢s otro tanto, ?o no? Pues voy a contar mi caso.
A mi hija de 27 a?os le ocurri¨® el caso siguiente. Junio 2002: le ense?an un piso que est¨¢n reformando, le dicen precio, se ponen de acuerdo, firman el compromiso con entrega de 3.000 euros, y se comprometen, antes del 31 de agosto a firmar la escritura ante notario con las obras de reforma acabadas (todo mediando una agencia inmobiliaria.) Junio-julio 2002: mi hija pide la correspondiente hipoteca, tasan el piso. Agosto 2002: mi hija y mi esposa van a ver las obras de reforma del piso, en reuni¨®n con los de Agencia inmobiliaria las vendedoras dicen que no saben si quieren vender. El 30, v¨ªa telegr¨¢fica, se les cita en notaria. All¨ª acuden las de la Agencia Inmobiliaria, el empleado del Banco con la hipoteca y la compradora, no as¨ª las vendedoras, de todo lo cual el notario levanta su correspondiente acta, que tambi¨¦n paga la compradora. Las vendedoras ni devuelven el dinero de la "se?al" ni mucho menos lo estipulado para que la frustrada-compradora pueda resarcirse de los gastos mencionados ocasionados. Por todo lo cual se tiene que recurrir a abogados, juicios y dem¨¢s.
Diciembre 2003: ha salido el fallo. Vendedoras: deben devolver los 3.000 euros y pagar sus gastos. Compradora: se le devolver¨¢n los 3.000 euros que anticip¨® y debe hacerse cargo de sus gastos. Aclaraci¨®n: Las vendedoras son dos hermanas que en su nombre y en el de su madre (que dicen tiene Alzheimer) pusieron en venta el piso. Contra la madre no va nada, pues son sus hijas las que cobraron parte de la venta como se?al de compromiso y a¨²n no la han devuelto desde junio de 2002.
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