El Constitucional obliga al Ayuntamiento de Elche a devolver a un anciano los 4.000 euros que le embarg¨®
El Tribunal Constitucional ha anulado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que confirm¨® el embargo ejecutado por el Ayuntamiento de Elche en la cuenta de un anciano, Jos¨¦ B.M., por valor de 4.034 euros por el supuesto impago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). La sentencia recrimina al Ayuntamiento y al juzgado.
El embargo de este dinero se aprob¨® en 1996 por no haber practicado los pagos del IBI correspondientes entre los a?os 1991 y 1995 por un solar que pose¨ªa en la calle Mar de la pedan¨ªa de El Altet. Sin embargo, Jos¨¦ B.M., que no reconoci¨® la deuda, aleg¨® ante el Ayuntamiento haber vendido la finca en septiembre de 1987 y aport¨® la identidad de la mercantil propietaria del solar desde agosto de 1990.
El Ayuntamiento rechaz¨® la reclamaci¨®n al considerar que hab¨ªa sido presentada fuera de plazo y Jos¨¦ tuvo que acudir al juzgado de lo Contencioso Administrativo n¨²mero 4 de Alicante para tratar de recuperar su dinero.
Ahora, el Tribunal Constitucional recrimina al Ayuntamiento porque no acept¨® las reclamaciones administrativas de Jos¨¦, que el equipo de gobierno rechaz¨® por "extempor¨¢neas". Seg¨²n el Tribunal Constitucional, "no s¨®lo no hay constancia de notificaci¨®n alguna en per¨ªodo voluntario relativa al impuesto sobre bienes inmuebles y a los periodos impositivos, sino que tampoco habr¨ªa llegado a aparecer siquiera el expediente recaudatorio". A pesar de todo ello, el juzgado de Alicante confirm¨® la validez del embargo a favor del consistorio ilicitano en una sentencia, que ahora el Tribunal Constitucional ha revocado.
El alto tribunal argumenta que el juzgado no permiti¨® el derecho de defensa a Jos¨¦, al no admitir una serie de pruebas a su favor. La defensa del anciano trataba de presentar como prueba el cobro del IBI de 1995 a una empresa propietaria del inmueble construido en el solar que se atribu¨ªa a Jos¨¦. Adem¨¢s, aport¨® la liquidaci¨®n del Ayuntamiento del impuesto municipal por incremento del valor de los terrenos por su transmisi¨®n a terceras personas, as¨ª como la licencia de obras concedida a la empresa que adquiri¨® el solar y construy¨® el inmueble.
Los magistrados del Tribunal Constitucional califican esta decisi¨®n como "manifiestamente irrazonable o hasta arbitraria", puesto que las pruebas propuestas por Jos¨¦ "eran potencialmente relevantes para el fallo". El tribunal obliga al Ayuntamiento a ejecutar la sentencia y devolver el dinero al anciano o herederos.
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