Un tribunal anula la sanci¨®n a un contratista por un trabajador muerto
La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un constructor, previamente condenado a pagar 170.622 euros por la muerte de un obrero en Osuna (Sevilla), porque el operario se subi¨® voluntariamente al muro y comenz¨® a derribarlo con un martillo el¨¦ctrico hasta que cay¨® desde una altura de 5,8 metros.
La Secci¨®n Cuarta de la Audiencia sevillana, en una sentencia, considera demostrado que el muro en cuesti¨®n se estaba derribando "desde un andamio interior situado a menos de dos metros del suelo" y que "el desgraciado accidente, producido por precipitaci¨®n hacia el exterior, no era previsible".
La causa del accidente fue que el obrero se subi¨®, "por razones que se desconocen, a lo alto del muro y desde all¨ª empez¨® a derribarlo con ayuda del martillo el¨¦ctrico", momento en el que perdi¨® el equilibrio desde una altura de 5,8 metros.
La Audiencia de Sevilla anula la condena impuesta el a?o pasado por un juzgado penal al constructor J. M. G. N., titular de una peque?a empresa familiar, por un homicidio por imprudencia en base a que la obra comenz¨® el 2 de mayo de 2000 sin plan de seguridad y sin ninguna supervisi¨®n en esa materia.
Oficial cualificado
El accidente ocurri¨® el 5 de mayo de 2000 cuando el trabajador A. O. M. derribaba la pared de una casa en rehabilitaci¨®n en Osuna (Sevilla). La Audiencia de Sevilla recuerda que el fallecido era un oficial cualificado, con m¨¢s de 12 a?os de experiencia, que hab¨ªa realizado otras obras de derribo y que era incluso quien daba las ¨®rdenes a los peones y "velaba por la seguridad de los trabajos realizados".
Adem¨¢s, se trataba de una empresa con s¨®lo tres trabajadores, por lo que "no es constitutivo de infracci¨®n penal el no dejar a una persona encargada de vigilar al luego accidentado para evitar que cometiera alguna imprudencia, como si de un trabajador novato y no cualificado se tratara".
Seg¨²n la Audiencia, "no hay constancia alguna de que el contratista acusado por el accidente diese orden al trabajador accidentado para que se subiese al muro sin haber adoptado protecciones" y los trabajos de demolici¨®n que se estaban acometiendo desde el andamio interior gozaban de "medidas suficientes".
La obra, a?ade la sentencia aboslutoria, dispon¨ªa de todas las medidas legales de seguridad tales como cascos, arneses y cinturones, y el propio constructor "recordaba con frecuencia" a sus operarios que "deb¨ªan utilizar todos los medios de seguridad", seg¨²n varios testigos que comparecieron en el juicio.
La sentencia, contra la que no cabe recurso ordinario, anula la condena impuesta previamente al constructor, en la que el juez acord¨® una indemnizaci¨®n de 170.622 euros para la viuda e hijos del trabajador fallecido en el accidente, por encima de los 90.150 euros que hab¨ªa pedido el fiscal.
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