Carta abierta al fiscal general
El autor, el fiscal de sala m¨¢s antiguo, escribe a Jes¨²s Cardenal para pedirle que no realice los nombramientos pendientes
Excmo. Se?or:
Con gran preocupaci¨®n tengo conocimiento de dos cuestiones que han venido reflejadas en medios de comunicaci¨®n y a las que a continuaci¨®n hago referencia desde la legitimidad que me otorga el hecho de ser el Fiscal de Sala m¨¢s antiguo, as¨ª como mis 38 a?os de servicios en el Ministerio Fiscal.
El primero es el relativo a una serie de nombramientos pendientes de libre discrecionalidad y que en todo caso deben ser propuestos por el Fiscal General del Estado una vez o¨ªdo el Consejo Fiscal.
No parece que en las circunstancias actuales, con un Gobierno en funciones y un Consejo Fiscal tambi¨¦n en funciones, puesto que su mandato ha expirado el pasado mes de enero, sin que hasta el presente se hayan convocado elecciones en la forma que recoge el Estatuto Org¨¢nico recientemente reformado, tales nombramientos deban llevarse a cabo, no solamente porque no encontrar¨ªa ello base en el art¨ªculo 21 de la Ley de Gobierno de 1997 sino porque, adem¨¢s, celebr¨¢ndose el Consejo Fiscal el pr¨®ximo d¨ªa 30 de los corrientes y constituy¨¦ndose nuevas Cortes Generales el 1 y 2 de abril, resultar¨ªa llamativo completamente que fueran nombrados por un Gobierno cuya desaparici¨®n se anuncia para el comienzo de la segunda quincena de ese mes. No dejar¨ªa de ser algo fantasmal.
Precisamente he de recordar c¨®mo ampar¨¢ndose en el art¨ªculo 21 anteriormente citado, tras perder el Gobierno socialista las elecciones en el a?o 1996, el entonces Ministro de Justicia en funciones no llev¨® al Consejo de Ministros el nombramiento de D. Jos¨¦ Mar¨ªa Mena ?lvarez como Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a. Tal precedente no puede ni debe ser ignorado. En definitiva, la convocatoria de celebraci¨®n del Consejo debe cancelarse.
La segunda cuesti¨®n hace referencia al expediente disciplinario abierto contra la persona de D. Mariano Fern¨¢ndez Bermejo. No hay que ser gran t¨¦cnico en Derecho Administrativo para saber que ese expediente est¨¢ condenado a un total y absoluto fracaso, pues la argumentaci¨®n utilizada no deja de ser un tanto sorprendente. Creo que debe V. E. anticiparse a lo que sin duda ser¨¢ la primera medida que adopte el Fiscal General que le sustituya y demostrar as¨ª V. E. su grandeza a la hora de despedirse del Ministerio Fiscal.
He de significarle que la versi¨®n que m¨¢s corre dentro del Ministerio P¨²blico es que tal expediente no obedece sino al hecho de haber interpuesto el Sr. Fern¨¢ndez Bermejo una demanda ante la Sala Primera del Tribunal Supremo. No puedo creer, sin embargo, que ello responda a la realidad conociendo bien a V. E., pero con independencia de que cada cual puede sacar las conclusiones que considere oportunas, por la argumentaci¨®n anteriormente expuesta, creo que lo m¨¢s adecuado en este caso, es dejar sin efecto ese expediente cuyo porvenir repito, esta condenado al fracaso.
Juan Jos¨¦ Mart¨ªnez Zato. Fiscal de Sala en la Unidad de Apoyo al Fiscal General del Estado.
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