El TSJ obliga a los juzgados de Lo Social a agrupar los expedientes de empleo
La saturaci¨®n de los juzgados de Lo Social en Valencia tras la decisi¨®n tomada a finales de 2002 por la Junta de Jueces de Valencia, presidida por el entonces decano y actual secretario auton¨®mico de Justicia, Fernando de Rosa, para disgregar expedientes de regulaci¨®n de empleo colectivos ha hecho que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) se replantee la organizaci¨®n del trabajo. La Sala de Gobierno del TSJ ha decidido suspender la individualizaci¨®n de los expedientes y obligar a los 17 juzgados de Lo Social de Valencia a acumularlos cuando provienen de la misma regulaci¨®n. La disgregaci¨®n ha supuesto retrasos en la resoluci¨®n de los expedientes de hasta un a?o, sentencias contrarias para afectados por un mismo plan de ajuste o incluso diferencias temporales entre casos id¨¦nticos: unos quedan resueltos y otros pendientes seg¨²n la carga del juzgado en el que hayan ca¨ªdo por reparto.
La pr¨¢ctica de no aplicar la acumulaci¨®n naci¨®, entre otras cosas, a consecuencia de introducir un complemento de producci¨®n a los jueces por n¨²mero de sentencias. Hasta ese momento nadie discuti¨® la acumulaci¨®n. A pesar de que un expediente de regulaci¨®n se presenta con todos y cada uno de los casos como individuales, la causa se agrupa para tramitarse al mismo tiempo. Dividirla supon¨ªa disfunciones que ya denunciaron hace un a?o los sindicatos para corregirlo.
Desde entonces, los problemas se han multiplicado -circunstancia agravada por el incremento de expedientes autorizados en 2003, seg¨²n datos del Ministerio de Trabajo-. Profesionales y sindicatos trasladaron en varias ocasiones a Juan Luis de la R¨²a, presidente del TSJ, el retrato de la situaci¨®n.
Retrasos importantes
Las primeras decisiones datan de oto?o. Pero fueron tomadas en el seno de la Junta de Jueces -cuyos pronunciamientos no son de obligado cumplimiento porque no incluyen sanci¨®n para un caso como ¨¦ste en el que la ley, en sentido estricto, permite acumular y disgregar-. Un escenario de se?alamientos (fecha de celebraci¨®n de juicio) para dentro de un a?o, retrasos importantes en resoluciones como las que abordar las invalideces y diferente comportamiento de los jueces de Lo Social -unos s¨ª corrigieron y otros no- ha obligado, tras varias quejas, al TSJ a dictaminar la pr¨¢ctica de la acumulaci¨®n, como se hac¨ªa antes, y a advertir que de no ser as¨ª la inspecci¨®n emitir¨¢ informe de la oficina judicial.
La decisi¨®n se tom¨® el pasado d¨ªa 26. En cuatro folios, la Sala de Gobierno enumera hasta 20 circunstancias amparadas por la acumulaci¨®n y tres aclaraciones para que el sistema de reparto no disgregue. La entrada en vigor se produce cuando, por ejemplo, hay 279 se?alamientos para mayo, 125 para julio, 33 para diciembre y varios ya fijados para dentro de un a?o.
Comisiones Obreras ha hecho gestiones para resolver este problema porque los sindicatos mayoritarios son los m¨¢s perjudicados por la situaci¨®n.
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