El TSJC recorta el control de la Generalitat sobre las televisiones locales
Una sentencia da la raz¨®n a BTV y anula parte de un decreto del Gobierno de CiU
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) dict¨® ayer una sentencia que anula parte del decreto aprobado en el mes de enero del a?o pasado por el Gobierno de CiU para controlar las televisiones locales. La emisora municipal Barcelona Televisi¨® (BTV) recurri¨® y ahora los jueces le han dado la raz¨®n al considerar que la autorizaci¨®n que deb¨ªa dar la Generalitat para que las cadenas pudiesen emitir era "innecesaria y carente de cobertura legal".
La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo pero el Ayuntamiento de Barcelona ya avanz¨® ayer su convencimiento de que el nuevo Gobierno auton¨®mico no lo har¨¢ y que, por tanto, ser¨¢ firme. El concejal de Cultura del consistorio y presidente de la sociedad que gestiona BTV, Ferran Mascarell, asegur¨® ayer que la sentencia ha sido recibida con "satisfacci¨®n" por la Generalitat porque, dijo, defiende la misma postura que el Ayuntamiento, "menos intervencionista y m¨¢s democratizadora".
La sentencia, dictada por la Secci¨®n Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, anula cuatro art¨ªculos y una disposici¨®n adicional del decreto de 8 de enero de 2003 de la Generalitat que regulaba el r¨¦gimen jur¨ªdico de las televisiones locales. En s¨ªntesis, el decreto planteaba una serie de requisitos a las cadenas que estuviesen emitiendo antes del 1 de enero de 1995 para poder conceder una autorizaci¨®n por parte de la Generalitat.
Los jueces afirman que, de hecho, esas televisiones ya ten¨ªan el amparo de la ley estatal de 1995 y que no se les puede imponer nuevas obligaciones. Por eso, el Tribunal Superior entiende que esa autorizaci¨®n por parte del Gobierno catal¨¢n era "absolutamente innecesaria" porque el derecho a seguir emitiendo no ha de reconoc¨¦rselo la Generalitat, sino que ya lo reconoc¨ªa la normativa estatal.
La Generalitat argument¨® durante el pleito que con esa regulaci¨®n quer¨ªa dotar a las emisoras de mayor seguridad jur¨ªdica y amparo legal, pero el TSJC insiste en que "ya dispon¨ªan de ambos a todos los efectos y no precisaban de ning¨²n amparo o reconocimiento institucional (...). Si lo que pretend¨ªa la Generalitat era tener publicidad y certeza sobre qui¨¦nes son los operadores que act¨²an (...) no necesitaba imponer una autorizaci¨®n", asegura la sentencia. Los jueces recuerdan que, tras otorgar esa autorizaci¨®n, el Gobierno catal¨¢n pod¨ªa modificar las condiciones t¨¦cnicas de la emisi¨®n de esas cadenas y que eso se hubiera salido de la ley estatal.
De hecho, con la nueva regulaci¨®n, la Generalitat podr¨ªa acabar condenando al cierre a algunas emisoras al alterar el emplazamiento del centro emisor, la frecuencia, el canal de emisisi¨®n o la potencia de radiaci¨®n. Joan Recasens, abogado de BTV, explic¨® ayer que la sentencia no hace otra cosa que poner coto a la discrecionalidad que ten¨ªa la Administraci¨®n auton¨®mica e insisti¨® en que "no se puede pretender regular dos veces un derecho que ya se tiene adquirido".
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