El Tribunal de Estrasburgo condena por cuarta vez a Espa?a por la lentitud judicial
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha condenado por cuarta vez a Espa?a por su lentitud judicial, que vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos en lo que se refiere a que "toda persona tiene derecho a que su causa sea o¨ªda (...) dentro de un plazo razonable".
La cuarta y ¨²ltima condena a Espa?a por la lentitud de su sistema judicial ha dado la raz¨®n a Julio Quiles Gonz¨¢lez, de 75 a?os, ex funcionario de administraci¨®n local, nacido en Sueca (Valencia). Quiles ha conseguido que el 27 de abril de 2004 el Tribunal de Estrasburgo declare, por unanimidad, que el Estado espa?ol viol¨® el derecho europeo a un proceso "en un plazo razonable", por lo que deber¨¢ abonarle 6.000 euros por el da?o moral y 2.500 euros por gastos.
Quiles pleite¨® porque a causa de la desaparici¨®n de la Mutualidad Nacional de Previsi¨®n de la Administraci¨®n Local (Munpal), al integrarse en la Seguridad Social, su pensi¨®n de jubilaci¨®n no tuvo en cuenta todo el tiempo que cotiz¨® a la Munpal. Los siete a?os de duraci¨®n del proceso judicial -de 1994 a 2001-, y en especial los casi cuatro a?os que se tom¨® el Tribunal Superior de Justicia para denegarle su petici¨®n, han sido considerados "manifiestamente excesivos".
Coincidencia con los sondeos
La reiterada condena europea a las dilaciones de la justicia espa?ola coincide con la opini¨®n de los ciudadanos. Seg¨²n sondeos sociol¨®gicos, un 80% de los espa?oles estima la lentitud el m¨¢s grave mal de la justicia.
La primera condena del Tribunal de Estrasburgo a Espa?a por este motivo se produjo en 1989, a instancias de Uni¨®n Alimentaria Sanders, SA, que tard¨® m¨¢s de cuatro a?os -de 1979 a 1983- en obtener una resoluci¨®n de un juzgado civil, ante el que reclam¨® una deuda de dos millones de pesetas. El Tribunal Constitucional deneg¨® el amparo, con el voto discrepante de Francisco Tom¨¢s y Valiente. La indemnizaci¨®n fue de 1,5 millones de pesetas.
La segunda condena se produjo en octubre de 2003. A instancia de Francisco L¨®pez Sol¨¦ y Fernando Gonz¨¢lez Doria, el Tribunal de Estrasburgo estim¨® que resultaba excesiva la duraci¨®n de m¨¢s de 14 a?os de un proceso penal contra dos abogados por falsedad y estafa en relaci¨®n con la rehabilitaci¨®n de t¨ªtulos nobiliarios, a pesar de la "cierta complejidad" del procedimiento. La indemnizaci¨®n por da?os morales fue de 10.000 euros para cada uno de los dos demandantes.
La tercera condena europea a Espa?a por dilaci¨®n judicial se produjo varias semanas despu¨¦s de la segunda: el 27 de noviembre de 2003. El Tribunal de Estrasburgo consider¨® que los cinco a?os, cinco meses y 18 d¨ªas que tard¨® el Tribunal Constitucional en estimar en parte el recurso de amparo de Diego Soto S¨¢nchez, condenado por la Audiencia Nacional por narcotr¨¢fico, "no responde a la exigencia del plazo razonable". La indemnizaci¨®n se fij¨® en 6.000 euros.
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