El fiscal ordena apoyar un recurso de Mench¨² ante el Constitucional
Tambi¨¦n obliga a desistir de otro recurso, para que Scilingo pueda ser juzgado en Espa?a
El fiscal general del Estado, C¨¢ndido Conde-Pumpido, ha ordenado a la fiscal¨ªa ante el Tribunal Constitucional que apoye un recurso de amparo promovido por la premio Nobel de la paz Rigoberta Mench¨² y por la Confederaci¨®n Sindical de Comisiones Obreras. El recurso se opone a la sentencia del Tribunal Supremo que deneg¨® la investigaci¨®n por los tribunales espa?oles del genocidio de los indios maya registrado en Guatemala entre 1962 y 1996.
La querella de Mench¨² en la Audiencia Nacional fue interpuesta por genocidio, tortura, terrorismo, asesinato y detenci¨®n ilegal contra los generales Efra¨ªn R¨ªos Montt, Oscar Humberto Mej¨ªas y Fernando Romeo Lucas y otros cinco militares que ocuparon diferentes cargos en la dictadura.
El Tribunal Supremo rechaz¨® la competencia de los tribunales espa?oles para enjuiciar el genocidio, aunque autoriz¨® a la Audiencia Nacional a investigar el asesinato de espa?oles en Guatemala, presuntamente a manos del Ej¨¦rcito, y el asalto a la Embajada espa?ola del 30 de enero de 1980. El fallo cont¨® con el voto disidente de siete de los 15 magistrados de la sala, entre ellos, el del hoy fiscal general, Conde-Pumpido.
Seg¨²n el escrito presentado ahora por la fiscal¨ªa ante el Tribunal Constitucional, tanto la Audiencia Nacional como el fallo del Supremo a?adieron requisitos no establecidos expresamente en el art¨ªculo 23.4 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial para apreciar la competencia de los tribunales espa?oles sobre el delito de genocidio.
Jurisdicci¨®n universal
Dicho art¨ªculo atribuye a los tribunales espa?oles el conocimiento del delito de genocidio en virtud del principio de jurisdicci¨®n universal, y se limita a exigir que el delincuente no haya sido absuelto, indultado o penado en otro pa¨ªs o que, en ¨²ltimo caso, no haya cumplido la condena. Seg¨²n el fiscal, la Audiencia Nacional a?adi¨® el "principio de subsidiariedad", por el que la jurisdicci¨®n espa?ola s¨®lo podr¨¢ conocer el genocidio si la legislaci¨®n del otro pa¨ªs presenta obst¨¢culos para su persecuci¨®n o se inhibe de su persecuci¨®n.
Para el fiscal, la exigencia de probar la inexistencia de procesos penales en Guatemala, o de probar la inefectividad de los que se hubiesen incoado, constituye "un requisito de admisi¨®n a tr¨¢mite del proceso que no s¨®lo no est¨¢ previsto legalmente, sino que se erige en un obst¨¢culo pr¨¢cticamente insalvable para los recurrentes".
Respecto a la sentencia del Supremo, dice que sustituy¨® el principio de subsidiariedad por los requisitos de la "conexi¨®n nacional": existencia de v¨ªctimas espa?olas, que los responsables se encontrasen en Espa?a y se hubiera denegado su extradici¨®n, o la existencia de un inter¨¦s espa?ol en relaci¨®n directa con ese delito.
Para el fiscal, estos requisitos pueden resultar contrarios al derecho a la tutela judicial efectiva y no est¨¢n previstos legalmente ni est¨¢n suficientemente justificados, o su imprecisi¨®n los convierten en obst¨¢culos insalvables para los recurrentes. En consecuencia, interesa la admisi¨®n del recurso y que se acumule a otro presentado por la Asociaci¨®n Pro Derechos Humanos de Espa?a, para que sean tramitados y resueltos en una sola sentencia.
Por otra parte, el fiscal general ha ordenado tambi¨¦n a la Fiscal¨ªa del Supremo que desista del recurso que hab¨ªa presentado en dicho tribunal, en la ¨¦poca de Jes¨²s Cardenal, contra la celebraci¨®n del juicio al ex capit¨¢n argentino Adolfo Scilingo, procesado por los "vuelos de la muerte".
Hasta ahora, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairi?o, ha mantenido que no se pod¨ªa acusar a Scilingo ni a ning¨²n otro miembro de los Gobiernos argentino y chileno contra los que se dirigen las querellas por los cr¨ªmenes cometidos por las dictaduras militares de estos dos pa¨ªses.
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