Hacienda ejecutar¨¢ m¨¢s de 632.000 sanciones con la entrada en vigor de la Ley Tributaria
La nueva norma, que se aplica desde ma?ana, permitir¨¢ desatascar los casos pendientes
Un total de 632.480 expedientes sancionadores aguardan en Hacienda la entrada en vigor de la nueva Ley General Tributaria, que regir¨¢ desde ma?ana. La Administraci¨®n paraliz¨® hace un a?o esos expedientes para aplicarles la sanci¨®n m¨¢s favorable una vez que se aprobara la nueva norma. La Agencia Tributaria espera desatascar estos documentos antes de final de a?o y, si es necesario, pondr¨¢ en marcha un plan de choque en septiembre.
La entrada en vigor de la nueva Ley Tributaria, que establece un nuevo sistema de infracciones y sanciones seg¨²n la intenci¨®n de defraudar, va a sobrecargar de trabajo las oficinas de Hacienda. La anterior Administraci¨®n decidi¨® paralizar las sanciones hace un a?o a la espera de la nueva ley, cuya aplicaci¨®n estaba prevista para el pasado mes de enero. El tr¨¢mite se alarg¨® y finalmente entrar¨¢ en vigor ma?ana, lo que ha creado un "embalse" de expedientes, en palabras del secretario de Estado de Hacienda, Miguel ?ngel Fern¨¢ndez Ord¨®?ez, que ayer present¨® las principales novedades de la ley.
La Agencia tendr¨¢ que resolver antes de final de a?o 632.480 documentos pendientes. El l¨ªmite temporal viene determinado por una disposici¨®n transitoria de la ley, que fija ese periodo para decidir cu¨¢l es la sanci¨®n m¨¢s favorable al contribuyente. Si el procedimiento no ha culminado para esa fecha, la Agencia renunciar¨¢ al cobro. Por este motivo, el director de la Agencia Tributaria, Luis Pedroche, anunci¨® ayer que, si es necesario, en septiembre se pondr¨¢ en marcha un plan de choque consistente sobre todo en aumentar las horas laborables en los centros con m¨¢s carga de trabajo: Madrid, Barcelona y Valencia.
La Agencia Tributaria est¨¢ preparada para dar salida a estos expedientes en el tiempo preciso, seg¨²n su director. El sistema inform¨¢tico permite notificar 200.000 sanciones al d¨ªa a los contribuyentes. Por tipos de expediente, los m¨¢s numerosos son los de gesti¨®n (ejemplo, una declaraci¨®n de la renta mal realizada que ha generado una deuda). Su cuant¨ªa (608.000) los convierte en los m¨¢s problem¨¢ticos de finalizar a tiempo, pero las sanciones medias que les corresponden son las m¨¢s bajas (500 euros), por lo que una eventual renuncia al cobro ser¨ªa la menos lesiva para las arcas p¨²blicas. S¨ª son mucho m¨¢s importantes los expedientes de aduanas (9.900, con una sanci¨®n media de 4.000 euros) y los de inspecci¨®n (34.000 euros).
Texto sin reglamentos
Algunos expertos han mostrado su escepticismo ante la posibilidad de comenzar a aplicar la ley sin reglamentos, que no estar¨¢n listos al menos hasta oto?o. El secretario de Estado de Hacienda intent¨® ayer despejar dudas sobre este aspecto y asegur¨® que la norma, "muy reglamentista", permite aplicarla sin desarrollo. La Ley Tributaria, que sustituye al texto actual de 1963, fue uno de los proyectos en los que se emple¨® a fondo el anterior Gobierno del Partido Popular. Pese a reconocer que algunos aspectos no le gustan, Fern¨¢ndez Ord¨®?ez justifica la aplicaci¨®n del mismo texto que dise?¨® el PP en la voluntad de no dilatar el proceso.
Otro aspecto que ha generado inquietud es la responsabilidad que la nueva ley otorga a las empresas sobre las deudas de sus subcontratas. Las compa?¨ªas tendr¨¢n que responder del incumplimiento fiscal de sus subordinadas a no ser que el subcontratista notifique estar al corriente de sus obligaciones fiscales. Para demostrarlo se requiere un documento de la Agencia Tributaria, con validez de un a?o, que se expedir¨¢ para las actividades que empiecen exclusivamente a partir del 1 de julio. El certificado, que se concede en el plazo de tres d¨ªas, puede solicitarse en las oficinas de la Agencia o por Internet (www.agenciatributaria.es). Para la opci¨®n electr¨®nica es necesario el NIF del subcontratista y una de las casillas: la 84 de los modelos 390 o 392 del IVA o la casilla 03 del modelo 190 (retenciones del IRPF de los trabajadores). Tambi¨¦n hay que identificar al pagador ante quien se presenta el certificado.
M¨¢s plazo para declarar
El plazo para presentar la declaraci¨®n de la renta de 2003 culmina ma?ana 1 de julio, fecha de entrada en vigor de la nueva Ley General Tributaria. El periodo de presentaci¨®n se ha ampliado este a?o un d¨ªa m¨¢s (habitualmente concluye el 30 de junio) precisamente para hacerlo coincidir con la entrada en vigor de la nueva ley, seg¨²n reconoce el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda.
Considerar la fecha 1 de julio como referencia para las declaraciones presentadas permite englobarlas a todas bajo el paraguas de la nueva ley, sin necesidad de debatirse entre los dos textos para decidir qu¨¦ legislaci¨®n es la pertinente. De este modo, Hacienda se ahorra multitud de peticiones para que se les aplique la ley anterior. Al haber un nuevo texto, el contribuyente no podr¨¢ elegir acogerse a la legislaci¨®n anterior, seg¨²n Hacienda.
Tambi¨¦n a partir de julio, las empresas o personas que contraten o subcontraten obras o servicios en su actividad principal deber¨¢n exigir un certificado expedido por la Administraci¨®n tributaria al contratista o subcontratista de que se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones tributarias. De no hacerlo, se convertir¨¢n en responsables subsidiarios de las deudas derivadas de las obligaciones tributarias impagadas o de las retenciones no efectuadas a los trabajadores.
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