Gu¨ªa para inmigrantes 'sin papeles'
Las 107 p¨¢ginas del borrador de Reglamento de Extranjer¨ªa que el Gobierno ha consensuado con los empresarios y los sindicatos intenta dar respuesta a todas las situaciones posibles de los extranjeros que residen en Espa?a. Sin embargo, el lenguaje legal del texto no siempre es asequible a los interesados. EL PA?S ha planteado a juristas expertos en extranjer¨ªa algunas de las dudas m¨¢s frecuentes de los inmigrantes y de los empresarios y ha redactado sus respuestas en lenguaje llano.
Soy inmigrante irregular y mi jefe est¨¢ dispuesto a hacerme un contrato. ?Qu¨¦ documentaci¨®n necesito para regularizar mi situaci¨®n? ?D¨®nde debo presentarla y cu¨¢nto tardar¨¢n en responderme? Si me detiene la polic¨ªa antes de que me respondan, ?corro el riesgo de ser expulsado a mi pa¨ªs?
No es el extranjero, sino su empresario o empleador el que tiene que presentar la documentaci¨®n, salvo en el caso del servicio dom¨¦stico por horas. La documentaci¨®n a aportar consistir¨¢ en copias del pasaporte, del certificado de antecedentes penales y del certificado de empadronamiento del trabajador, y documentaci¨®n de la empresa. Los lugares de presentaci¨®n se comunicar¨¢n con la debida antelaci¨®n. El tiempo de respuesta ser¨¢ de un mes. Una vez presentada la solicitud, en ning¨²n caso se proceder¨ªa a la expulsi¨®n del trabajador por el mero hecho de estar irregularmente en Espa?a, sin antes haber comprobado si re¨²ne los requisitos para obtener la autorizaci¨®n de residencia.
Hace a?o y medio que empleo en mi bar a un cocinero sin papeles. Estoy dispuesto a hacerle un contrato para regularizarlo. El problema es que nunca se ha empadronado, porque vive realquilado. ?Hay alg¨²n modo de que pueda acogerse al proceso de normalizaci¨®n extraordinaria?
El requisito del empadronamiento previo es una exigencia insalvable, por lo que no podr¨¢ ser normalizado un trabajador que no figure empadronado en alg¨²n municipio espa?ol al menos seis meses antes de la entrada en vigor del Reglamento. Hay que tener en cuenta que la inmensa mayor¨ªa de los inmigrantes est¨¢n empadronados, porque es el requisito previo para obtener la tarjeta sanitaria y disfrutar de asistencia sanitaria en igualdad de condiciones con los espa?oles (Ley Org¨¢nica, art¨ªculo 12).
Soy inmigrante colombiano en situaci¨®n irregular y trabajo en una empresa de la construcci¨®n desde hace nueve meses. Mi jefe me ha dicho que no me har¨¢ contrato, por lo que no podr¨¦ acogerme al proceso transitorio de normalizaci¨®n. Por eso he pensado en denunciarlo y acogerme de ese modo a la regularizaci¨®n por arraigo. ?Hay alguna posibilidad de que mi denuncia sea an¨®nima?
Tiene usted dos posibilidades de actuaci¨®n:
a) Si trabaja desde hace al menos un a?o para dicho patr¨®n, y tiene perspectivas de poder probarlo, podr¨ªa llevarlo a juicio. Si la sentencia acredita que lleva un a?o trabajando en Espa?a de forma irregular, y si adem¨¢s lleva al menos 2 a?os viviendo en Espa?a, el Gobierno le dar¨¢ una autorizaci¨®n de residencia por arraigo laboral. b) La segunda v¨ªa ser¨ªa que contactara con sindicatos de trabajadores, para que ellos activaran la Inspecci¨®n de Trabajo, y estudiar la posibilidad de obtener una autorizaci¨®n de residencia por colaboraci¨®n con autoridades administrativas. Esta segunda v¨ªa protege m¨¢s el anonimato del trabajador, pero ofrece tambi¨¦n menos garant¨ªas que la primera de obtener una autorizaci¨®n de residencia y trabajo.
Necesitaba una empleada dom¨¦stica que hablara ruso. Intent¨¦ contratarla a trav¨¦s del Inem, pero me dijeron que no pod¨ªan admitir el idioma como un requisito para la contrataci¨®n. Finalmente contrat¨¦ a una mujer rusa que s¨®lo lleva un mes en Espa?a. ?C¨®mo puedo regularizarla?
Si la inmigrante rusa no figura empadronada en Espa?a con seis meses de antig¨¹edad, no puede ser contratada a trav¨¦s del proceso de normalizaci¨®n. Para ella, el ordenamiento no prev¨¦ otras formas de obtenci¨®n de la autorizaci¨®n de residencia que el arraigo laboral, ya explicado en la segunda pregunta, o el arraigo social, que requiere: 3 a?os de permanencia en Espa?a, contrato de trabajo y v¨ªnculos familiares o informe del Ayuntamiento en el que est¨¦ empadronada sobre su grado de arraigo.
La otra posibilidad es que la inmigrante vuelva a Rusia, y que el empleador tramite una solicitud por r¨¦gimen general, justificando adecuadamente por qu¨¦ necesita una empleada dom¨¦stica que hable ruso. Los servicios p¨²blicos de empleo gestionar¨ªan la oferta, y si no apareciera ning¨²n interesado, en el plazo de 15 d¨ªas le expedir¨ªan un certificado negativo de cobertura. Con ¨¦l, ya podr¨ªa tramitar la solicitud a favor de la inmigrante rusa, y en su momento ¨¦sta obtendr¨ªa un visado de residencia y trabajo con el que podr¨ªa venir a Espa?a a iniciar su relaci¨®n laboral.
Mi empleada dom¨¦stica es una inmigrante en situaci¨®n irregular que, desde hace un a?o, trabaja por horas en varias casas. A la m¨ªa s¨®lo viene cuatro horas por semana, por lo que no puedo hacerle un contrato. ?C¨®mo puedo regularizarla?
El proceso transitorio de normalizaci¨®n prev¨¦ la solicitud de autorizaci¨®n por parte del propio inmigrante en el sector del servicio dom¨¦stico por horas. La trabajadora tendr¨¢ que acreditar ¨²nicamente que dispone de contratos que totalizan un m¨ªnimo de 30 horas de trabajo a la semana con varios titulares de hogares familiares, y que esos contratos le cubren al menos un periodo de actividad laboral de 6 meses. Esto lo puede demostrar a trav¨¦s de los correspondientes contratos escritos o del formulario de Alta en la Seguridad Social, en el que figuran los recuadros que deber¨¢n firmar los distintos empleadores.
Llevo dos a?os trabajando en Espa?a sin papeles. Mi jefe est¨¢ dispuesto a hacerme un contrato, con el que podr¨¦ regularizar mi situaci¨®n en el proceso de normalizaci¨®n. ?Cu¨¢ndo podr¨¦ traer desde mi pa¨ªs a mi hijo de 12 a?os?
Para ejercer el derecho a la reagrupaci¨®n familiar es requisito imprescindible haber obtenido la renovaci¨®n de la primera autorizaci¨®n de residencia, que se concede por un a?o. Por ejemplo, si la autorizaci¨®n de residencia concedida tiene vigencia hasta marzo de 2006, usted podr¨¢ solicitar entre enero y marzo de 2006 la renovaci¨®n y, simult¨¢neamente, la reagrupaci¨®n familiar del menor. En cuanto se le conceda la renovaci¨®n, se le podr¨¢ conceder tambi¨¦n la reagrupaci¨®n familiar
?Qu¨¦ ocurre si, tras conseguir la regularizaci¨®n con un contrato de seis meses, no logro renovarlo y me quedo en el paro? ?Tendr¨¦ que abandonar Espa?a?
La renovaci¨®n del permiso exige, por regla general, seis meses de cotizaci¨®n. Pero tambi¨¦n se renueva la autorizaci¨®n cuando se ha trabajado s¨®lo durante tres meses, siempre que se tenga nuevo contrato de trabajo en el momento de solicitarlo, y que acredite que la relaci¨®n laboral inicial se extingui¨® por causas ajenas al propio trabajador y que desde entonces ha buscado activamente empleo, a trav¨¦s de los servicios p¨²blicos de empleo o de programas de inserci¨®n sociolaboral que cuenten con financiaci¨®n p¨²blica. Por tanto, aunque el trabajador se haya quedado transitoriamente en paro, el Reglamento le ofrece varias v¨ªas para renovar su autorizaci¨®n de residencia y trabajo. Si no consigue ni oferta, ni contrato de trabajo, entonces su autorizaci¨®n de residencia y trabajo no se renovar¨¢ y deber¨¢, en efecto, abandonar Espa?a en el plazo de 15 d¨ªas desde la notificaci¨®n de la denegaci¨®n.
?Qu¨¦ ocurre si, pasado el plazo dado por el Gobierno para esa normalizaci¨®n extraordinaria, yo, que estoy en situaci¨®n irregular, consigo el compromiso del empresario para hacerme un contrato de seis meses?
Pasado el plazo transitorio de normalizaci¨®n, queda cerrada la posibilidad de regularizar trabajadores que se hallen en Espa?a, salvo por la v¨ªa del arraigo laboral o del arraigo social, ya expuestos. En cuanto al r¨¦gimen general, requiere inexcusablemente que el trabajador no se halle en Espa?a en el momento de la solicitud. De lo contrario, la solicitud ser¨¢ inadmitida a tr¨¢mite.
Soy un inmigrante subsahariano y tengo una orden de expulsi¨®n por entrar irregularmente en Espa?a. ?Puedo acogerme a la normalizaci¨®n extraordinaria?
S¨ª, porque la concesi¨®n de la residencia supone la revocaci¨®n de oficio de las ¨®rdenes de expulsi¨®n dictadas con anterioridad por estancia o trabajo irregular en Espa?a. En cambio, en principio no podr¨ªa acogerse al arraigo laboral.
Soy un solicitante de asilo que espera la resoluci¨®n de su expediente desde hace siete meses. Durante todo este tiempo, la ley me ha prohibido trabajar y me he visto obligado a acudir a los servicios sociales para sobrevivir. ?Podr¨¦ trabajar a partir de la aprobaci¨®n del Reglamento? ?Qu¨¦ debo hacer para conseguir el permiso?
De acuerdo con el proyecto de Reglamento, el solicitante cuyo asilo ha sido admitido a tr¨¢mite quedar¨¢ autom¨¢ticamente habilitado para trabajar transcurridos seis meses desde la presentaci¨®n de su solicitud. Por tanto, debe acudir a la Oficina de Asilo y pedir que le canjeen su tarjeta de solicitante de asilo por otra que contenga la inscripci¨®n "autoriza a trabajar".
Soy colombiana y quiero saber c¨®mo acceder a un visado de b¨²squeda de empleo en Espa?a.
Todas las personas que pretendan acceder a Espa?a con un visado de b¨²squeda de empleo deber¨¢n esperar a que se desarrollen en el Contingente anual, que es por ley el instrumento que los debe aprobar.
Soy licenciado en Medicina por mi pa¨ªs, Marruecos, y estoy realizando un curso de especializaci¨®n en Espa?a. ?El nuevo Reglamento me permitir¨¢ trabajar aqu¨ª mientras estudio?
S¨ª. De acuerdo con el art¨ªculo 91 del Reglamento en su actual redacci¨®n, no tendr¨ªa que solicitar autorizaci¨®n para trabajar en actividades lucrativas laborales derivadas o exigidas por los estudios de especializaci¨®n, en este caso de medicina, siempre y cuando el t¨ªtulo marroqu¨ª est¨¦ debidamente homologado.
Soy im¨¢n en una mezquita desde hace un a?o. ?Necesito obtener permiso de trabajo para desarrollar mi labor?
Los imanes estar¨¢n exentos de la necesidad de contar con autorizaci¨®n para trabajar, siempre y cuando se limiten a ejercer su funci¨®n. En cualquier caso, deber¨¢n solicitar el reconocimiento de su condici¨®n en la Delegaci¨®n o Subdelegaci¨®n del Gobierno correspondiente, o ante el consulado espa?ol en su pa¨ªs de origen.
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