Un juez obliga a un bar de Parla a cerrar por exceso de ruido
El due?o del local tendr¨¢ que indemnizar a una vecina del inmueble
El propietario de un bar de Parla tendr¨¢ que cerrar su establecimiento por los ruidos que se generaban en su local, superiores a los 60 decibelios permitidos. Adem¨¢s, deber¨¢ indemnizar a una inquilina del inmueble donde estaba instalado el negocio con casi 600 euros mensuales por los da?os ac¨²sticos que soportaba. Esta sentencia es similar a un reciente fallo del Tribunal Europeo de Estrasburgo contra Espa?a.
Un juez del municipio de Parla ha dictado una sentencia en la que ordena la clausura de un bar "por exceso de ruido" y que se indemnice a una inquilina del inmueble -la persona que viene padeciendo los ruidos- con 577 euros mensuales a contar desde el 1 de julio de 2003 y hasta que se ejecute la sentencia o desaparezcan las molestias.
Recientemente, el Tribunal Europeo de Estraburgo ha condenado a Espa?a a indemnizar con 8.384 euros a Pilar Moreno G¨®mez por la invasi¨®n sonora de su domicilio desde los locales nocturnos de la calle del Serpis, en Valencia. La demandante emprendi¨® la larga batalla judicial tras presentar sin ¨¦xito en 1997 una queja ante el Ayuntamiento de Valencia. Como ¨¦sta no le sirvi¨® de nada, emprendi¨® la v¨ªa judicial y ha logrado que el Tribunal Europeo de Estrasburgo le d¨¦ la raz¨®n y condene a Espa?a.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n 4 de Parla, del que es titular Mar¨ªa Jos¨¦ Lorena, sentencia que el bar El Manchego, situado en el n¨²mero 3 de la calle de Guadarrama, dispone en la actualidad de "unos niveles de aislamiento ac¨²stico a ruido a¨¦reo inferiores a los 60 decibelios, que son los m¨ªnimos exigidos por la normativa vigente para locales de reuni¨®n".
Seg¨²n la sentencia, los da?os ac¨²sticos provocados a la inquilina de un piso superior al bar obedecen "al escaso aislamiento ac¨²stico a ruido a¨¦reo existente en la medianer¨ªa" que separa el bar de la vivienda de la v¨ªctima, Mar¨ªa Jos¨¦ Camacho.
Y por ello, seg¨²n los jueces, "el normal funcionamiento del bar transmite a la vivienda de la actora [la v¨ªctima] unos niveles de ruido que rebasan ampliamente los l¨ªmites m¨¢ximos establecidos en el art¨ªculo 173 de la Ordenanza Municipal de Protecci¨®n Ambiental de Parla".
Da?os ac¨²sticos
El juzgado se?ala que existe un informe pericial que revela los da?os ac¨²sticos sufridos por Camacho en su vivienda tanto en "horas diurnas como nocturnas" y rechaza los alegatos del inquilino del bar. ?ste certific¨® que el local cuenta con un aislamiento "a base de fibra de vidrio con un espesor de cuatro cent¨ªmetros" y que el Ayuntamiento de Parla inspeccion¨® el local y le facilit¨® los permisos necesarios para su explotaci¨®n. Adem¨¢s, aleg¨® que hab¨ªa remodelado las instalaciones del establecimiento y que Camacho, la v¨ªctima, a trav¨¦s de su abogado, Santiago S¨¢nchez Criado, ya hab¨ªa denunciado ante el Ayuntamiento la emisi¨®n de ruido y que ¨¦ste hizo comprobaciones, pero no adopt¨® ninguna medida porque el local cumpl¨ªa los requisitos legales.
El juez entiende que, pese a lo expuesto en el juicio por el due?o del bar, no se ha acreditado que el Ayuntamiento hubiese efectuado mediciones de ruido en las instalaciones, pero que, en todo caso, ello no obsta para que se est¨¦ produciendo un da?o a la inquilina y que ¨¦sta tenga derecho a ser resarcida por ello y a que desaparezcan los ruidos que llegan a su casa.
Entiende la juez que Camacho ha estado "sufriendo exceso de ruido por la actitud negligente de la demandada" y reprocha al due?o del bar que hiciese caso omiso a los requerimientos que le efectu¨® sobre el exceso de ruido. El due?o del bar, por cuyo local paga un alquiler mensual, se limit¨® a decir que dispon¨ªa de todos los permisos municipales para el funcionamiento del local.
En su fallo, el juzgado concluye que el bar debe "ser cerrado o cesar en su actividad hasta que se insonorice totalmente de acuerdo con la normativa estatal, auton¨®mica y local y a que no emita ruidos perceptible en la vivienda" de la v¨ªctima.
Adem¨¢s, condena a los responsable del local a pagar una indemnizaci¨®n de "577,5 euros mensuales por los ruidos sufridos desde el 1 de julio de 2003 y hasta el d¨ªa en que efectivamente cesen los ruidos como consecuencia de las obras de insonorizaci¨®n" que habr¨¢ de pagar si se quiere mantener la actividad.
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