El juez "valorar¨¢ la relaci¨®n entre los padres" antes de otorgar la custodia compartida
El Gobierno aprueba la reforma que suprime la separaci¨®n previa y las causas de culpabilidad
El Gobierno aprob¨® ayer "el mejor texto posible" del proyecto de ley que modifica la separaci¨®n y el divorcio y que mantiene las l¨ªneas generales del texto del pasado septiembre: separaci¨®n o divorcio sin culpables, sin plazos legales de acceso al divorcio desde la separaci¨®n, custodia compartida a instancias de uno o ambos c¨®nyuges y "los ni?os, lo primero", seg¨²n explic¨® ayer la vicepresidenta primera Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega en su comparecencia al t¨¦rmino del Consejo de Ministros. El Gobierno ha escuchado la opini¨®n de diversos colectivos y expertos, y ha optado porque el juez, antes de otorgar la custodia compartida, pueda "valorar la relaci¨®n que los padres" mantengan entre s¨ª.
La figura de la custodia compartida de los hijos es la que m¨¢s retoques ha sufrido en el texto del proyecto que ser¨¢ enviado a las Cortes, si bien se mantiene la posibilidad de que el juez la conceda a instancia de uno s¨®lo de los c¨®nyuges. Sin embargo, introduce la necesidad de un informe del Ministerio Fiscal y la valoraci¨®n de la relaci¨®n personal entre los padres.
Fuentes judiciales de familia comentaron que para este ¨²ltimo an¨¢lisis los magistrados podr¨¢n examinar si ha habido precedentes de denuncias por desavenencias familiares pudiendo, en su caso, recabar informes de la polic¨ªa local, a los servicios sociales del ayuntamiento, etc¨¦tera. Los abogados de las partes, en su caso, suelen ser los que ponen de relieve las posibles situaciones que puedan influir en la decisi¨®n judicial.
Para la concesi¨®n de la custodia compartida instada por uno o ambos c¨®nyuges se mantiene el tr¨¢mite de audiencia a los hijos mayores de 12 a?os y de los menores cuando tuvieren suficiente juicio. Se procurar¨¢ en todo caso no separar a los hermanos.
El ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, explic¨® los pormenores del texto definitivo: podr¨¢ accederse a la separaci¨®n o directamente al divorcio una vez transcurridos tres meses desde la celebraci¨®n del matrimonio. Este plazo no ser¨¢ necesario cuando se acredite la existencia de "riesgos" que el proyecto detalla extensamente: riesgo para la vida, la integridad f¨ªsica, la libertad, la integridad moral o la indemnidad sexual del c¨®nyuge demandante o de los hijos.
El texto del Gobierno elimina las causas de culpabilidad como la infidelidad, el incumplimiento de las obligaciones conyugales, el alcoholismo o el abandono del hogar para disolver el v¨ªnculo matrimonial. "Si nadie te pregunta porqu¨¦ te casas, nadie te tiene que preguntar porqu¨¦ te divorcias", afirm¨® la vicepresidenta Fern¨¢ndez de la Vega.
Regulaci¨®n "garantista"
Tambi¨¦n se elimina la necesidad de pasar por la separaci¨®n previa antes de acceder al divorcio y del plazo m¨ªnimo de un a?o desde aqu¨¦lla para solicitar la ruptura del v¨ªnculo. El art¨ªculo 81 se dedica ¨ªntegramente a los requisitos de la separaci¨®n matrimonial, en las mismas condiciones que el divorcio, al que se destina el art¨ªculo 86.
El ministro de Justicia destac¨® tambi¨¦n la "regulaci¨®n muy garantista" de la disoluci¨®n del r¨¦gimen econ¨®mico del matrimonio, con protecci¨®n a la parte que pueda resultar perjudicada. En el art¨ªculo 97 se establece el derecho a la pensi¨®n compensatoria, bien durante determinado tiempo, indefinidamente o el pago de una sola cantidad a tanto alzado.
La nueva regulaci¨®n de la separaci¨®n y el divorcio ser¨¢ aplicable a los procesos que ya est¨¦n en marcha, e incluso en la fase de dictar sentencia. Las parejas que ya est¨¦n tramitando la separaci¨®n podr¨¢n acceder al divorcio directamente. Para aplicar la nueva regulaci¨®n se dar¨¢ un cauce de alegaciones de cinco d¨ªas para decidir respecto a la demanda ya iniciada.
Preguntado por el tiempo en que se podr¨¢ obtener el divorcio, el ministro se mostr¨® prudente y eludi¨® hacer valoraciones concretas. Vino a decir que depender¨¢ del tipo de divorcio y de "c¨®mo funcionen los tribunales". En suma, si el divorcio es por mutuo acuerdo y se presenta en condiciones el convenio regulador, la respuesta ser¨¢ m¨¢s ¨¢gil. La referencia del Consejo de Ministros precisa que la ruptura amistosa podr¨¢ resolverse en dos meses y sin acuerdo, en medio a?o. Para cuando se impulsen los "juicios r¨¢pidos" en la jurisdicci¨®n civil la "respuesta efectiva" de la ruptura amistosa podr¨¢ obtenerse en "pocas semanas".
La vicepresidenta primera y el ministro de Justicia subrayaron que el proyecto favorece la disoluci¨®n por mutuo acuerdo, la corresponsabilidad de los padres hacia los hijos, el inter¨¦s prioritario hacia la situaci¨®n de los menores y el ahorro de costes procesales, econ¨®micos y de sufrimiento respecto a la situaci¨®n actual, que ven¨ªa manteni¨¦ndose desde hace 25 a?os.
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