Abandono del puesto
JOS? MAR?A LASTRAS
Con frecuencia las empresas se encuentran de pronto con que un trabajador se ausenta, sin justificaci¨®n previa y sin que se sepa el motivo de su "desaparici¨®n". La falta de cualquier comunicaci¨®n impide conocer si estamos ante una extinci¨®n voluntaria del contrato de trabajo o, en realidad, se trata de una ausencia involuntaria que m¨¢s tarde puede ser justificada o no hay justificaci¨®n, y en ese caso podemos proceder a su despido por faltas de asistencia al trabajo.
En principio, el hecho de que un trabajador no acuda a su puesto sin preaviso y sin que justifique su ausencia, debe ser entendido como "abandono", es decir, como una resoluci¨®n voluntaria del contrato por dimisi¨®n t¨¢cita. Pero puesto que en nuestro derecho los tribunales se muestran bastante "permisivos"con la posibilidad de que el trabajador pueda justificar a posteriori la ausencia (como ocurre, por ejemplo, en los casos de enfermedad), los supuestos de extinci¨®n del contrato por abandono deben ser contemplados con cautela.
Por ello es recomendable adoptar algunas precauciones. As¨ª, aunque la empresa no est¨¦ obligada a comunicar al trabajador su baja en la misma, a fin de clarificar la situaci¨®n, es recomendable que as¨ª se haga.
A estos efectos, es aconsejable que la empresa remita al trabajador una comunicaci¨®n (lo mejor ser¨ªa un burofax) requiri¨¦ndole que comparezca en la empresa en una fecha concreta y justifique su ausencia. En caso contrario, se entender¨ªa la existencia de abandono, d¨¢ndose por concluida la relaci¨®n. La comunicaci¨®n puede repetirse para mayor seguridad.
As¨ª, si el trabajador alega m¨¢s tarde "despido", el empleador podr¨¢ acreditar, presentando las comunicaciones, "falta de voluntad" de la empresa en la extinci¨®n del contrato.
Si tras las comunicaciones el trabajador compareciese en la empresa, deber¨¢ justificar los d¨ªas de ausencia. Si tales ausencias fueran debidamente justificadas (con un parte m¨¦dico, por ejemplo), el trabajador deber¨¢ reincorporarse a su puesto sin m¨¢s problemas. Por contra, la falta de una justificaci¨®n leg¨ªtima es causa para que se le aplique la sanci¨®n prevista en el r¨¦gimen disciplinario de la empresa, pudiendo procederse incluso al despido.
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