"No hay pruebas fehacientes para ilegalizar a EHAK"
"Las circunstancias que acompa?aron a la creaci¨®n del partido PCTV-EHAK [inicialmente denominado EHK], la actividad p¨²blica de ¨¦ste y los resultados de las investigaciones llevadas a cabo desde el a?o 2002 hasta la fecha no conducen, hasta el momento, a la constataci¨®n de elementos fehacientes de prueba que puedan fundamentar una pretensi¨®n de ilegalizaci¨®n del partido, en cuanto sucesor o testaferro de Batasuna, con perspectivas de ¨¦xito, ni en cuanto a la obtenci¨®n final de esa ilegalizaci¨®n, ni en cuanto a la adopci¨®n de medidas cautelares que impidieran concurrir a las elecciones al Parlamento vasco", seg¨²n el informe de la Abogac¨ªa del Estado que ha llevado al Gobierno a ordenar seguir investigando para acumular pruebas.
Seg¨²n el informe, la mayor¨ªa de los datos que pueden servir para formar la convicci¨®n sobre la sucesi¨®n o continuaci¨®n de Batasuna por EHAK "se sit¨²an en el ¨¢mbito de los que el Tribunal Constitucional ha excluido expresamente de relevancia probatoria". El informe los agrupa en:
- Elementos subjetivos: "Del informe de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado de 10 de abril de 2005, tan s¨®lo se advierte la existencia de tres candidatos que tambi¨¦n lo fueron de alguna formaci¨®n ilegalizada (Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y una plataforma local en ?lava en las locales de 2003). Es, precisamente el mismo supuesto que el Tribunal Constitucional ha rechazado como elemento probatorio. Otras personas aparecen como pertenecientes al sindicato LAB, cuyas coincidencias con la izquierda abertzale son notorias, pero que es un sindicato legalmente constituido".
"La circunstancia de que dirigentes del PCTV-EHAK hayan pertenecido o sido dirigentes de Batasuna en el pasado, adem¨¢s de obviar el hecho de la escisi¨®n que precisamente dio lugar al nacimiento del PCTV-EHAK, no es relevante seg¨²n la jurisprudencia constitucional".
- Elementos pol¨ªticos u organizativos:
a) "No se dispone de prueba directa de la existencia de reuni¨®n, comunicaci¨®n o concierto de voluntades expreso entre Batasuna y el PCTV-EHAK. La manifestaci¨®n por parte de funcionarios de fuerzas y cuerpos de la seguridad del Estado de la existencia de una informaci¨®n proveniente de terceros, de "elevada credibilidad", cuya identidad se mantiene confidencial, carece de suficiente relevancia para constituir una prueba capaz de fundar un procedimiento de ilegalizaci¨®n. Si la demandada pidiera, como ser¨ªa l¨®gico, la presencia del agente de la autoridad, ¨¦ste no podr¨ªa decir m¨¢s que lo que le han contado a ¨¦l, no lo que ha presenciado directamente, con lo que el testimonio ser¨ªa lo que se denomina en Derecho 'prueba referencial', carente pr¨¢cticamente de valor, dado que basta con que la demandada negara la realidad de esa reuni¨®n para que la prueba careciera de valor alguno".
b) "Las numerosas expresiones p¨²blicas de coordinaci¨®n y complementariedad pol¨ªtica entre ambas formaciones (la ilegalizada y la sucesora) se enmarcan en el campo de las deducciones meramente razonables. La colaboraci¨®n t¨¢ctica con Batasuna que se desprende del mensaje pol¨ªtico de PCTV-EHAK se ve ubicada tambi¨¦n en este campo, pero sin existir, desde el punto de vista procesal, material probatorio concreto susceptible de ser utilizado ante la Sala Especial a d¨ªa de hoy".
c) "Resulta tambi¨¦n insuficiente por s¨ª misma, en el sentido que venimos exponiendo, aun cuando parezca como prueba v¨¢lida, la circunstancia de que el jefe de prensa de Batasuna y su ayudante hayan asumido las relaciones del PCTV-EHAK con la prensa. Decimos que este medio de prueba es plenamente v¨¢lido, dado que la realidad de este hecho se demuestra porque dos periodistas piden una entrevista a los portavoces del partido pol¨ªtico y ¨¦stos les remiten a una persona all¨ª presente que estos periodistas reconocen inmediatamente como Joseba Zinkunegi, el responsable de prensa de Batasuna. Esos testigos podr¨ªan ser llamados al incidente de ejecuci¨®n, si la demandada negara este hecho, ratific¨¢ndose o no, en la realidad de estas apreciaciones".
d) "Las relaciones rec¨ªprocas de Batasuna y el PCTV-EHK con la asociaci¨®n "Oilo Gorri" [Pollo rojo] carecen de toda traducci¨®n financiera o de colaboraci¨®n: no se ha dispuesto -o no se acredita- de fondos de la asociaci¨®n citada por el partido. El informe de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado reconoce que no se han producido disposiciones de fondos para el PCTV-EHAK de las cuentas de la asociaci¨®n Oilo Gorri -vinculada, al parecer, a Batasuna- y que, aunque as¨ª fuera, su capacidad financiera para una campa?a en toda regla ser¨ªa claramente insuficiente".
"En s¨ªntesis, se reitera que a d¨ªa de hoy, se cuenta con un solo elemento v¨¢lido y claro de la posible conexi¨®n existente entre Batasuna y el PCTV-EHAK, utilizable en juicio, seg¨²n las normas procesales, elemento que resulta insuficiente para conseguir el objetivo de ilegalizar a un partido pol¨ªtico en pleno proceso electoral".
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