Las autonom¨ªas crean nuevas tasas y tributos para ara?ar m¨¢s ingresos fiscales
El Gobierno negocia retirar los recursos contra tres impuestos de Andaluc¨ªa y Castilla-La Mancha
Extremadura y Catalu?a tienen, pese a los rifirrafes pol¨ªticos, algo en com¨²n en materia fiscal: han desafiado a dos de los sectores econ¨®micos m¨¢s poderosos, la banca y los pesos pesados de la distribuci¨®n. Los impuestos creados sobre los dep¨®sitos en la comunidad extreme?a y sobre las grandes superficies en la catalana, ambos recurridos por el Gobierno, son s¨®lo dos dentro de una larga lista de nuevos tributos, recargos o tasas creados en los ¨²ltimos a?os por las autonom¨ªas. ?stas buscan ara?ar m¨¢s ingresos y regular un sector o la demanda de ciertos servicios. El Gobierno, que se dice abierto a "reducir los litigios con las comunidades", negocia con Extremadura y Castilla-La Mancha retirar tres recursos de inconstitucionalidad.
La Ley Org¨¢nica de Financiaci¨®n de las Comunidades Aut¨®nomas (LOFCA) regula en qu¨¦ condiciones pueden las autonom¨ªas crear sus propios impuestos que s¨®lo est¨¢n vigentes en su territorio.
Estos tributos auton¨®micos, que en general suponen una recaudaci¨®n limitada en relaci¨®n con presupuesto de ingresos (ver cuadro) al afectar a poca gente o a un ¨²nico sector econ¨®mico, existen al margen de los impuestos estatales de cuya recaudaci¨®n participan las comunidades (como el IRPF, el IVA o los impuestos especiales). Son tambi¨¦n independientes de los tributos que el Estado les ha cedido por completo a las autonom¨ªas (como el impuesto sobre sucesiones y donaciones, patrimonio, juego o actos jur¨ªdicos documentados). Los llamados tributos propios conviven, adem¨¢s, con nuevas tasas por prestaciones concretas, recargos y grav¨¢menes varios que vienen proliferando cada vez m¨¢s a lo largo de la ¨²ltima d¨¦cada.
Esta aut¨¦ntica jungla tributaria, casi imposible de desentra?ar a menos que se peine cada uno de los presupuestos de cada comunidad, coincide en el tiempo con la progresiva asunci¨®n de mayor capacidad de gasto por parte de las autonom¨ªas, a resultas de la progresiva transferencia de competencias desde el Estado y con dos grandes y costosas mochilas como la educaci¨®n y la sanidad.
El recargo sobre la gasolina ha sido uno de los m¨¢s utilizados. Se trata de un gravamen de car¨¢cter finalista, ya que la recaudaci¨®n se destina espec¨ªficamente a atajar el descontrol del d¨¦ficit sanitario. Baleares y la Comunidad Valenciana son las dos ¨²ltimas autonom¨ªas que se han apuntado a esta figura, tambi¨¦n llamada c¨¦ntimo sanitario, despu¨¦s de que lo hicieran Madrid, Galicia y Catalu?a.
Coste pol¨ªtico
Las comunidades -que pese a tener cierta capacidad normativa sobre determinados impuestos, como el IRPF, la han ejercido casi en exclusiva para aplicar deducciones siempre populares, sin mover la tarifa- sostienen que han asumido mayor responsabilidad pol¨ªtica con las nuevas figuras tributarias. "No se puede pedir ahora m¨¢s recursos al Estado si no se hacen los deberes en casa y si no se asume el coste pol¨ªtico que supone la impopularidad de poner un nuevo impuesto o una nueva tasa", se?ala el director general de Tributos de una comunidad, en alusi¨®n al mel¨®n ya abierto de la reforma del modelo de financiaci¨®n auton¨®mica.
Su hom¨®logo de otra autonom¨ªa a?ade que los tributos deben reflejar la aplicaci¨®n del principio de que quien m¨¢s consume un bien (pongamos por caso el agua), quien m¨¢s contamina (por ejemplo, un r¨ªo) o quien m¨¢s alegremente recurre a un servicio (como las urgencias m¨¦dicas en un hospital) debe "tomar conciencia de que lo hace". Y ah¨ª est¨¢n los c¨¢nones y tasas varias para record¨¢rselo y, tal vez, modificar los comportamientos.
Pero la teor¨ªa tiene una dif¨ªcil aplicaci¨®n pr¨¢ctica. Teniendo en cuenta la prohibici¨®n por ley de que las autonom¨ªas puedan fijar hechos imponibles ya gravados por el Estado -est¨¢ prohibida la doble imposici¨®n-, las comunidades tienen escaso margen.
No pueden gravar el consumo, ni los ingresos de los ciudadanos, ni el tabaco, ni los beneficios de las empresas, porque ya los grava el Estado. ?D¨®nde buscar entonces hechos imponibles? Siguiendo la estela de pa¨ªses como Dinamarca o Alemania, el medio ambiente se ha convertido en cantera de impuestos auton¨®micos.
Andaluc¨ªa, por ejemplo, cre¨® hace menos de dos a?os cuatro nuevos impuestos ecol¨®gicos.
El juego ha sido otra de las grandes fuentes de ingresos. Pese a que se trata de un impuesto cedido por el Estado, la mayor¨ªa de comunidades ha introducido otras figuras tributarias relacionadas sobre actividades como el bingo, carreras de caballos o loter¨ªas varias.
Inconstitucionalidad
"Es dif¨ªcil encontrar un hueco en el sistema fiscal, y, considerando que la fiebre por los nuevos tributos se ha desarrollado en la ¨²ltima d¨¦cada, a menudo se ha acabado entrando en conflicto con el Estado", subraya Virginia Pou, de Analistas Financieros Internacionales (AFI). Los recursos de inconstitucionalidad han estado a la orden del d¨ªa. En algunos casos, las comunidades han recurrido al Tribunal Constitucional para reclamar la propiedad de un tributo -como el gravamen de protecci¨®n civil de Catalu?a-, y en otras el proceso ha sido a la inversa, como en el caso del impuesto balear sobre el medio ambiente.
El Gobierno del PP, cuya segunda legislatura fue de alto voltaje en sus relaciones con las comunidades aut¨®nomas, interpuso al menos siete recursos contra tributos auton¨®micos. Mientras el PSOE formaba Gobierno, en marzo de 2004, interpuso uno contra los residuos radiactivos de Andaluc¨ªa. Un a?o antes, en marzo de 2003, carg¨® contra los impuestos a las grandes superficies en Asturias y Catalu?a. En 2002 hab¨ªa acudido al Constitucional contra el impuesto a la banca creado en Extremadura.
Fuentes de Hacienda aseguran que otros tres tributos auton¨®micos desafiados bajo el PP -dos sobre las actividades e instalaciones que inciden en el medio ambiente, en Castilla-La Mancha y Extremadura, y un tercero sobre los solares sin edificar, tambi¨¦n en Extremadura- "se encuentran en plena negociaci¨®n y en v¨ªas de soluci¨®n".
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