El precedente de los 'juicios r¨¢pidos' que s¨ª funciona
"No puede ser que Barcelona tenga un modelo de justicia propio y que el resto de las ciudades no lo tengan". Esa afirmaci¨®n, de muchas formas diferentes, se escuch¨® en las reuniones mantenidas por los negociadores de la Carta Municipal con t¨¦cnicos del Ministerio de Justicia. Las conversaciones a prop¨®sito del modelo de la justicia de proximidad empezaron con una negativa rotunda. Uno de los frenos y prudencias est¨¢ claro, y no es otro que la resistencia del poder judicial a dar cabida a ¨®rganos con jueces que no son de carrera. Todo parece indicar que el Gobierno central quiso evitar un incendio, sobre todo porque el texto deber¨ªa haber pasado a informe por el Consejo General del Poder Judicial.
En todo caso, tampoco es la primera vez que Barcelona toma la delantera en propuestas de justicia que han sido objeto de cr¨ªticas. Ocurri¨® lo mismo con la implantaci¨®n en 1992 de lo que se llam¨® juicios r¨¢pidos. Con la excusa de la celebraci¨®n de los Juegos Ol¨ªmpicos, se articul¨® un turno de cuatro juzgados de guardia -uno de incidencias y tres de detenidos- para celebrar las vistas de los delitos menores a los 15 d¨ªas de cometidos ¨¦stos. El ¨¢nimo era intentar descargar los siempre sobresaturados juzgados de instrucci¨®n.
Finalmente, se consigui¨® el pl¨¢cet del Gobierno central para reformar varios preceptos de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, lo cual posibilit¨® la creaci¨®n de m¨¢s juzgados. En principio, aquella reforma se hizo con la idea de que el sistema se implantar¨ªa en Madrid y tambi¨¦n en Sevilla, ciudad que vivi¨® durante cinco meses la Exposici¨®n Universal en 1992. La puesta en pr¨¢ctica fue desigual, muy contestada por m¨²ltiples sectores de la judicatura y el mundo del derecho. Aquel modelo s¨®lo funcion¨® en Barcelona, la ciudad que lo promovi¨®.
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