Los jueces apoyan que se consulte la ley de violencia sexista al Constitucional
El Gobierno dice que los argumentos de la juez de Murcia contra la norma "no son s¨®lidos"
Las tres asociaciones de jueces, la mayoritaria y conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, la progresista Jueces para la Democracia y la moderada Francisco de Vitoria, coinciden en que el tratamiento distinto en las penas que da a hombres y mujeres la Ley Integral contra la Violencia de G¨¦nero es jur¨ªdicamente discutible y es conveniente que el Constitucional se pronuncie al respecto. Una juez de Murcia acaba de plantear la primera cuesti¨®n de constitucionalidad a la norma. El Gobierno considera que los argumentos de la juez "no son s¨®lidos", seg¨²n dijo ayer la secretaria de Igualdad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Soledad Murillo.
Las dos principales asociaciones de jueces, la progresista Jueces para la Democracia y la conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM), coinciden en dudar de que la Ley Integral contra la Violencia de G¨¦nero, aprobada por unanimidad en el Parlamento en diciembre de 2004, respete la Constituci¨®n al establecer agravamientos de las penas seg¨²n el sexo del agresor.
Jueces para la Democracia admite que el tratamiento penal diferenciado entre hombres y mujeres "podr¨ªa llegar a ser considerado inconstitucional por vulneraci¨®n del principio de igualdad del art¨ªculo 14", seg¨²n afirm¨® su portavoz, Edmundo Rodr¨ªguez. La Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura es rotunda es su apreciaci¨®n: "Esta ley es clar¨ªsimamente inconstitucional, sin duda de ning¨²n tipo, porque genera una situaci¨®n de desigualdad penal por el mero hecho de ser hombre", asegur¨® su portavoz, Jos¨¦ Manuel Su¨¢rez.
La tercera asociaci¨®n de jueces espa?ola, la moderada Francisco de Vitoria, a pesar de asegurar que "la ley es plenamente constitucional", entiende que se trata de una cuesti¨®n pol¨¦mica y discutible y "es l¨®gico que los jueces y magistrados que tienen que aplicar la norma tengan reservas", se?al¨® Manuel Torres Vela, su portavoz.
Los jueces se pronuncian as¨ª sobre la cuesti¨®n de constitucionalidad planteada por la titular del Juzgado n¨²mero 4 de Murcia, Mar¨ªa Poza, sobre la ley contra la violencia machista. Poza afirma que la imposici¨®n de penas distintas en funci¨®n del sexo del agresor vulnera tres art¨ªculos de la Constituci¨®n: el principio de igualdad del art¨ªculo 14, el derecho a la presunci¨®n de inocencia del art¨ªculo 24.2 y el derecho a la dignidad de la persona establecido en el art¨ªculo 10.1. La juez afirma que la ley, al determinar que las mujeres, son personas "especialmente vulnerables", est¨¢ lesionando su dignidad.
La ley integral modific¨® varios art¨ªculos del C¨®digo Penal endureciendo las penas cuando el agresor es hombre. Tras su entrada en vigor, las lesiones que menoscaban la integridad f¨ªsica o ps¨ªquica de la mujer se castigan con penas de dos a cinco a?os de c¨¢rcel (lo que implica necesariamente el ingreso en prisi¨®n) si el autor es un hombre con el que tiene o ha tenido una relaci¨®n sentimental. Si la agresora es la mujer, el castigo es de seis meses a tres a?os de prisi¨®n. En los casos de lesiones leves, maltratos de obra sin lesi¨®n, amenazas y coacciones leves, el mismo hecho se considera delito si lo comete el hombre (pena de prisi¨®n de seis meses a un a?o) y s¨®lo falta si lo hace la mujer (pena de arresto de fin de semana o multa).
Las tres asociaciones de jueces consideran positivo que el Constitucional se pronuncie sobre la ley y despeje las dudas sobre su constitucionalidad. La Ley Integral contra la Violencia de G¨¦nero es la primera que contempla medidas de discriminaci¨®n positiva en el ¨¢mbito penal, por lo que los juristas no saben a ciencia cierta qu¨¦ criterio seguir¨¢ el Constitucional. Hasta ahora, las medidas de discriminaci¨®n positiva se han circunscrito al ¨¢mbito del acceso al trabajo, a cargos p¨²blicos o a la funci¨®n p¨²blica. En estos casos, el Constitucional ha se?alado que "los tratos diferenciados a favor de las mujeres con el fin de corregir desigualdades de partida o de eliminar situaciones discriminatorias" no vulneran el principio de igualdad.
"Ignora la tragedia"
El Gobierno considera que los argumentos de la juez de Murcia no son s¨®lidos. "Ignora la realidad social de una tragedia, la muerte de mujeres a manos de sus parejas o ex parejas, que no se puede convertir en un problema abstracto", afirm¨® ayer la secretaria de Igualdad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Soledad Murillo, quien insisti¨® en que la unanimidad que recibi¨® la ley en el Congreso le da "mucha fuerza". "En la redacci¨®n tuvimos muy presente que pod¨ªa llegar al Constitucional y conf¨ªo en que entienda nuestros motivos para sacar la ley adelante para luchar contra la violencia de g¨¦nero, que tiene en Espa?a cifras de v¨ªctimas superiores a las del terrorismo", indic¨®.
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Dom¨¦stica y de G¨¦nero del Consejo General del Poder Judicial, Montserrat Comas, se mostr¨® en desacuerdo con el razonamiento de la juez de Murcia: "No se aplica el agravamiento de penas frente a cualquier ataque de un hombre a una mujer", dijo ayer a Efe. La ley protege a la mujer "en la espec¨ªfica relaci¨®n de pareja o ex pareja, por ser en esta espec¨ªfica relaci¨®n sentimental donde muchas mujeres se encuentran en situaci¨®n de debilidad", al ejercer los hombres manifestaciones "de superioridad, de dominio o de poder".
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