El papel del Supremo
Es dif¨ªcil no ver en el tema elegido por el presidente del Tribunal Supremo, Francisco Jos¨¦ Hernando, para su discurso de apertura del a?o judicial -el car¨¢cter vinculante de la jurisprudencia de este tribunal en toda Espa?a- una referencia expl¨ªcita a las reformas anunciadas por el Gobierno para descentralizar la justicia, adaptando su organizaci¨®n a la estructura auton¨®mica del Estado. A Hernando le preocupa que la reforma del recurso de casaci¨®n -vinculada con la transformaci¨®n de los tribunales superiores en las instancias ¨²ltimas de la organizaci¨®n judicial en el ¨¢mbito territorial de la comunidad aut¨®noma- pueda dar paso a un "desapoderamiento" del Supremo como ¨®rgano jurisdiccional superior en toda Espa?a, salvo en materia de garant¨ªas constitucionales, como establece la Constituci¨®n.
La preocupaci¨®n parece exagerada, sobre todo si se tiene en cuenta que en otros ¨¢mbitos no se ha privado de tachar de inconstitucionales las reformas del Gobierno. El Supremo viene asumiendo tareas de las que puede desprenderse y que lo tienen colapsado, y los tribunales superiores pueden asumir otras -como la segunda instancia penal e incluso la casacional en derecho propio auton¨®mico- sin que la organizaci¨®n judicial del Estado desborde el marco constitucional. En todo caso, la reivindicaci¨®n de Hernando de una mayor fuerza vinculante de la jurisprudencia del Supremo es plenamente aceptable y no parece que sea cuestionada por los textos de reforma elaborados por el Gobierno, actualmente en tr¨¢mite de informe por diversos ¨®rganos consultivos, en especial el Consejo del Poder Judicial.
Son evidentes los riesgos que para los principios de seguridad jur¨ªdica y de igualdad ante la ley comportar¨ªa la proliferaci¨®n de resoluciones judiciales divergentes o contradictorias sobre supuestos o hechos id¨¦nticos seg¨²n el lugar de Espa?a en que se dictaran. El fiscal general del Estado, C¨¢ndido Conde-Pumpido, tambi¨¦n fue sensible en su discurso a esta cuesti¨®n, apoyando igualmente el papel del Supremo en la interpretaci¨®n y aplicaci¨®n de los c¨®digos para garantizar la igualdad de los ciudadanos ante la ley, cualquiera que sea el lugar del Estado donde se hallen. Pero no se ve en qu¨¦ puede trastocar esa funci¨®n del Supremo, como teme su presidente, una reforma del recurso de casaci¨®n que reforzar¨ªa su car¨¢cter de ¨®rgano unificador de doctrina en todo el territorio, m¨¢s propia de su rango jurisdiccional, y que descargar¨ªa a su Sala de lo Penal de un trabajo que la desborda, en no pocos casos m¨¢s bien burocr¨¢tico.
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