Las multas por vandalismo en Sevilla ser¨¢n de hasta 3.000 euros
El alcalde de Sevilla dice que la regulaci¨®n quiere acabar con la "sensaci¨®n de impunidad"
Prenderle fuego a un contenedor o arrancar una se?al de tr¨¢fico ya no ser¨¢ gratis en Sevilla. La ordenanza contra el vandalismo que prepara el Ayuntamiento prev¨¦ sanciones de hasta 3.000 euros para quien da?e el mobiliario urbano, los edificios p¨²blicos y cualquier bien de propiedad municipal.
El infractor tendr¨¢ tambi¨¦n que pagar la reparaci¨®n de lo que haya roto o, si el da?o es irreparable, su sustituci¨®n por uno nuevo.
La aprobaci¨®n de una ordenanza municipal contra el vandalismo en Sevilla es una iniciativa del pasado mandato que, al final, qued¨® aparcada. Pero el aumento de actos vand¨¢licos en los ¨²ltimos meses ha llevado al gobierno a retomar esta idea como eje de otras actuaciones contra este fen¨®meno.
El Ayuntamiento ya ha anunciado su decisi¨®n de presentarse como acusaci¨®n particular en las denuncias por vandalismo y de destinar m¨¢s polic¨ªas locales a controlar estos actos, que no se consideran delitos, sino faltas.
La ordenanza contra el vandalismo que prepara el gobierno de Monteseir¨ªn entrar¨¢ en vigor la pr¨®xima primavera.La intenci¨®n de aprobar una ordenanza al respecto, seg¨²n anunci¨® hace dos semanas el alcalde, Alfredo S¨¢nchez Monteseir¨ªn, es acabar con la "sensaci¨®n de impunidad" que existe hoy hacia los autores de actos vand¨¢licos. El borrador sobre el que trabajan ya varias delegaciones municipales define todas las conductas "antisociales" que degradan la ciudad y concreta las infracciones y sanciones correspondientes para cada una de ellas.
Seg¨²n este texto, ser¨¢n objeto de la nueva norma todos los bienes del Ayuntamiento (desde plazas, parques, puentes y aparcamientos a fuentes, estatuas, bancos, farolas, ¨¢rboles, se?ales de tr¨¢fico y papeleras) as¨ª como todas las instalaciones y elementos que conforman el patrimonio urban¨ªstico y arquitect¨®nico de la ciudad (como museos, mercados, centros culturales, colegios p¨²blicos, instalaciones deportivas, cementerios). La ordenanza prohibir¨¢ toda acci¨®n que "desluzca, ensucie, produzca da?os o sea susceptible de producirlos" en lugares de uso o servicio p¨²blico. Tambi¨¦n proh¨ªbe "terminantemente" la colocaci¨®n de carteles y cualquier actividad publicitaria, en los lugares no autorizados expresamente por el Ayuntamiento, y de forma especial en aquellos edificios calificados de hist¨®rico-art¨ªsticos, en los edificios p¨²blicos y en el mobiliario urbano.
Los encargados de velar por su cumplimiento ser¨¢n la Polic¨ªa Local y un grupo de inspectores de las delegaciones afectadas y, a la hora de establecer las sanciones, seg¨²n recoge el borrador, se tendr¨¢n en cuenta la cuant¨ªa del da?o, el beneficio obtenido por el infractor, la reincidencia y sus circunstancias personales y econ¨®micas. En principio, la ordenanza distingue entre infracciones muy graves, graves y leves.
La norma define como acto vand¨¢lico la "destrucci¨®n o deterioro de los elementos e instalaciones del dominio p¨²blico o que sean necesarios para la prestaci¨®n de un servicio p¨²blico", as¨ª como "los actos de gamberrismo que afecten a la normal convivencia, sea producido por culpa, dolo o negligencia". Todos ellos, seg¨²n el texto, se consideran infracciones muy graves y podr¨¢n ser castigadas con multas de 1.500 a 3.000 euros.
Como infracciones graves, con sanciones previstas de 750 a 1.500 euros, se consideran los actos que impidan el buen funcionamiento de un servicio p¨²blico cuando el da?o no se considere muy grave (que no implique da?o directo ni impida el normal funcionamiento de la instalaci¨®n o el bien en cuesti¨®n). Asimismo, tambi¨¦n se considerar¨¢ autor de una infracci¨®n grave, a quien ensucie y haga pintadas o graffitis en cualquier espacio p¨²blico. La consideraci¨®n de infracciones leves se deja para los da?os "no voluntarios", as¨ª como los ruidos "intempestivos", golpes y gritos que "alteren la paz ciudadana" o el hecho de entrar en los parques fuera del horario establecido. Cualquiera de estos actos podr¨¢ ser multado con entre uno y 750 euros.
La norma incluir¨¢ una disposici¨®n adicional que recoger¨¢ la posibilidad de que la ordenanza se complemente con un convenio con la Direcci¨®n General de Instituciones Penitenciarias que permita negociar el cumplimiento de penas de car¨¢cter social para los menores de edad. As¨ª, los m¨¢s j¨®venes podr¨ªan solicitar la sustituci¨®n de su multa y de la reparaci¨®n del objeto da?ado por la realizaci¨®n de trabajos comunitarios.
Los t¨¦cnicos de todas las ¨¢reas municipales implicadas en esta ordenanza (Patrimonio, V¨ªa P¨²blica, Instituto de Deportes, Fiestas Mayores, Gerencia de Urbanismo, Gobernaci¨®n, las empresas Emasesa y Lipasam y los distritos municipales) debatir¨¢n el borrador hasta finales de a?o. La idea del gobierno es tramitar la norma en el primer trimestre de 2006 para que entre en vigor la pr¨®xima primavera,
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