El Constitucional admite el recurso del PP contra las bodas homosexuales
L¨®pez Aguilar reitera que la Carta Magna ampara esa forma de convivencia
El Tribunal Constitucional acord¨® ayer admitir a tr¨¢mite el recurso de inconstitucionalidad promovido por m¨¢s de 50 diputados del Grupo Popular del Congreso contra la Ley 13/2005, que modifica el C¨®digo Civil para introducir el derecho de los homosexuales a contraer matrimonio. El ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, rest¨® importancia a la decisi¨®n y reiter¨® que la Constituci¨®n ampara esa forma de convivencia.
El motivo fundamental de impugnaci¨®n de la ley por el PP se funda en la supuesta infracci¨®n del art¨ªculo 32 de la Constituci¨®n, que establece la garant¨ªa institucional del matrimonio y el derecho a contraer matrimonio del hombre y la mujer. Tambi¨¦n argumentan los populares que la ley "desnaturaliza la instituci¨®n b¨¢sica del matrimonio, tal y como ha sido entendido hasta ahora". El recurso se interpuso contra la totalidad de la ley.
El ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, manifest¨® ayer que el recurso del PP no le causa "ninguna preocupaci¨®n" por cuanto "no hay ning¨²n aspecto en la Constituci¨®n que proh¨ªba al legislador reconocer esa forma de convivencia" entre personas del mismo sexo.
L¨®pez Aguilar record¨® que para presentar un recurso de inconstitucionalidad s¨®lo hacen falta 50 firmas de diputados o senadores, " y el PP las tiene y est¨¢ "en su leg¨ªtimo derecho de presentar un recurso", dijo. El ministro insisti¨® en que el matrimonio homosexual "no lesiona ning¨²n derecho fundamental de nadie" ni supone "ning¨²n perjuicio para la instituci¨®n del matrimonio".
La providencia del Constitucional, firmada por los magistrados Jorge Rodr¨ªguez-Zapata, Roberto Garc¨ªa Calvo y Pablo P¨¦rez Tremps, acuerda admitir a tr¨¢mite el recurso del PP y en su representaci¨®n y defensa por el diputado Ignacio Astarloa. El Constitucional no entra a considerar el contenido del recurso, sino s¨®lo que ¨¦ste cumple los requisitos, y se remite para dilucidar las cuestiones de fondo al "momento procesal oportuno".
En cumplimiento del art¨ªculo 34 de la ley org¨¢nica del Constitucional, otro apartado de la providencia acuerda dar traslado de la demanda y los documentos presentados al Congreso de los Diputado y al Senado y al Gobierno, a trav¨¦s del Ministro de Justicia, para que puedan personarse en el proceso en el plazo de 15 d¨ªas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Matrimonio igualitario
- Tribunal Constitucional
- Declaraciones prensa
- Recurso inconstitucionalidad
- Juan Fernando L¨®pez Aguilar
- Gente
- Activismo Lgtbiq
- Recursos judiciales
- Matrimonio
- Derechos civiles
- Activismo
- Relaciones pareja
- Comunidad Lgtbiq
- Derechos humanos
- Homosexualidad
- Tribunales
- PP
- Familia
- Orientaci¨®n sexual
- Poder judicial
- Sexualidad
- Partidos pol¨ªticos
- Pol¨ªtica social
- Grupos sociales
- Juicios