Medidas contra el tabaquismo
En un editorial del 31 de diciembre se hac¨ªa referencia a la "Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo" indicando que sus principales objetivos son reducir el consumo de tabaco, prevenir el inicio precoz al mismo, y proteger al conjunto de la poblaci¨®n del humo de tabaco ambiental. La citada ley se considera necesaria por los motivos apuntados y porque el tabaquismo constituye el primer factor epidemiol¨®gico del pa¨ªs, con m¨¢s de 55.000 muertes anuales. Adem¨¢s, Espa?a firm¨® por su cuenta y como miembro de la Uni¨®n Europea el Convenio Marco para el control del tabaquismo de la OMS, mediante el cual se compromet¨ªa a establecer las medidas apropiadas para hacer frente a la pandemia.
Sin embargo, el editorial no parece ver claro que no se contemple la habilitaci¨®n de zonas para fumadores en los lugares de trabajo. En este sentido, cabr¨ªa mencionar el Congreso Europeo "Lugares de trabajo sin humo de tabaco", celebrado en Berl¨ªn en 2001, en el que se opt¨® por la conveniencia de no establecer ¨¢reas por tres motivos: 1) Saber que no se va a poder fumar en los lugares de trabajo hace replantearse a muchos trabajadores dejar de fumar o fumar menos, mientras que si se puede fumar no se lo plantear¨¢n; 2) Si se establecen zonas separadas, habr¨ªa que habilitar estancias a tal efecto que no est¨¦n comunicadas con el sistema de climatizaci¨®n del resto del edificio, para lo cual unas empresas no dispondr¨ªan de espacio suficiente y en otras ser¨ªa complicado y costoso hacer obras para construir compartimentos con ventilaci¨®n propia; 3) Si se permite a los fumadores que no hayan dejado el h¨¢bito salir a fumar cuando quieran, dispondr¨ªan de m¨¢s pausas que sus compa?eros no fumadores o ex fumadores.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que Espa?a no es pionero en esta iniciativa, ya que la pol¨ªtica de edificios totalmente libres de humo de tabaco est¨¢ en vigor en otros pa¨ªses del mundo, habiendo conseguido con ello una reducci¨®n significativa del consumo de tabaco, que es uno de los objetivos de esta medida.
Como cab¨ªa esperar de un pa¨ªs moderno como el nuestro, el conjunto de la poblaci¨®n ha acogido favorablemente unas medidas aprobadas democr¨¢ticamente en beneficio de todos, habi¨¦ndose observado en los primeros d¨ªas de su implantaci¨®n una actitud de normalidad generalizada ante el cambio y un elevado grado de cumplimiento.- Juan G¨®mez. Madrid.
Soy no fumador y esperaba que desde primeros de enero ?por fin! podr¨ªa desayunar, sin que el vecino de barra me echara encima el humo de su cigarro. Mi gozo en un pozo, porque ahora, con la ley en vigor, resulta que no encuentro un solo bar en mi pueblo que me permita desayunar sin humo. Todos los bares -supongo que habr¨¢ pasado lo mismo en la mayor¨ªa de los pueblos peque?os- han optado por seguir igual, es decir, no prohibir fumar a nadie. Con buena l¨®gica comercial, piensan que si proh¨ªben fumar se resentir¨¢ la caja. El resultado real de la aplicaci¨®n de la ley en mi caso, y en el de una gran mayor¨ªa de no fumadores, es que tras peregrinar estos d¨ªas por los bares habituales de esta zona del Aljarafe sevillano, no he logrado desayunar libre de humos. Al final, tuve que hacerlo en el habitual, pero en la calle. En la terraza de verano, me sirvieron al aire libre, a unos siete grados de temperatura, el caf¨¦ y la tostada, mientras en el interior los fumadores disfrutaban, calentitos, de su desayuno y cigarrito.
Pienso que la ley tiene una tremenda laguna al permitir que en pueblos enteros o barrios de grandes ciudades queden excluidos de poder ejercer su derecho de no fumador mientras se desayuna, o de fumar, si fuera el caso al contrario. Creo que la ley debi¨® prever tal posibilidad, garantizando por pueblo o zona vecinal un cupo de estos establecimientos para cada uno de los grupos. Y as¨ª evitar que muchos tengamos que hacer 20 o 30 kil¨®metros para encontrar un bar libre de humo o, en su caso, que se pueda fumar, para ejercer nuestro derecho.- Manuel Rodr¨ªguez Duarte. Valencina de la Concepci¨®n (Sevilla).
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