Confirmada la suspensi¨®n de los guardias del 'caso Roquetas'
El Juzgado Central n¨²mero 7 de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado la suspensi¨®n cautelar de sus funciones de ocho de los nueve guardias civiles de Roquetas de Mar (Almer¨ªa) que intervinieron en los malos tratos recibidos por el agricultor Juan Mart¨ªnez de Galdeano, de 39 a?os, el 24 de julio de 2005, que muri¨® en el cuartelillo de la localidad.
La medida hab¨ªa sido acordada por el Ministerio de Defensa de forma cautelar y al haber tenido conocimiento de que la muerte del agricultor se hab¨ªa producido en el citado acuartelamiento donde Mart¨ªnez hab¨ªa acudido a pedir auxilio tras un accidente de tr¨¢fico.
El Ministerio de Defensa abri¨® un expediente disciplinario a los guardias civiles, por una "presunta falta muy grave consistente en observar conductas gravemente contrarias a la disciplina, servicio o dignidad de la instituci¨®n que no constituyan delito", pero posteriormente el expediente se ampli¨® porque los agentes pod¨ªan ser responsables de "una falta muy grave consistente en el abuso de sus atribuciones y la pr¨¢ctica de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios o vejatorios a las personas que se encuentren bajo su custodia".
Por ello, el subsecretario de Defensa, con el informe favorable del Asesor Jur¨ªdico General, acord¨® el pase a la situaci¨®n administrativa de suspenso de funciones de todos los expedientados.
Los agentes recurrieron la decisi¨®n de Defensa, alegando que la medida deb¨ªa declararse nula puesto que los guardias no estaban procesados ni se hab¨ªa acordado su prisi¨®n preventiva en el momento de suspenderles de sus funciones. Adem¨¢s, tampoco hab¨ªan declarado en el expediente gubernativo y, a su entender, exist¨ªa una prejudicialidad penal, por lo que la decisi¨®n se habr¨ªa adoptado prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, con vulneraci¨®n del principio de presunci¨®n de inocencia y del de proporcionalidad.
Alarma y descr¨¦dito
Sin embargo, un juzgado de la Audiencia Nacional ha confirmado que la decisi¨®n de Defensa fue adoptada conforme a Derecho. A juicio del magistrado Gregorio del Portillo, la resoluci¨®n "expone con claridad los presupuestos de hecho sobre los que se basa, recoge la normativa en la que se ampara y explicita las razones por las que se adopta, a saber: la gravedad intr¨ªnseca de los hechos y las circunstancias que en ellos concurren motivadoras de una relevante alarma social y del descr¨¦dito de la instituci¨®n".
El juez razona que aunque los guardias no estaban procesados ni se hab¨ªa acordado su prisi¨®n, "ello no era necesario para adoptar la resoluci¨®n, puesto que bastaba con la incoaci¨®n del expediente gubernativo".
Tampoco era necesario que los agentes hubieran declarado en el expediente gubernativo, pues la resoluci¨®n es cautelar y no presupone culpabilidad.
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