La Audiencia podr¨¢ investigar el genocidio de Guatemala tras rechazar el recurso del fiscal
El pleno de la Sala de lo Penal ratifica la competencia espa?ola para enjuiciar los hechos
El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se declar¨® ayer competente para investigar y juzgar los delitos de genocidio, terrorismo y torturas cometidos en Guatemala entre 1962 y 1996. La decisi¨®n es radicalmente contraria a la adoptada por la misma sala el 13 de diciembre de 2000, cuando los magistrados ordenaron al juez instructor que archivara el caso porque la persecuci¨®n de esos delitos, seg¨²n argumentaron, correspond¨ªa prioritariamente a la justicia guatemalteca y s¨®lo en el caso de que los jueces de aquel pa¨ªs rechazasen la apertura de procesos contra los presuntos autores de los delitos, y para evitar que quedasen impunes, podr¨ªa la justicia espa?ola asumir el proceso.
?Qu¨¦ es lo que ha cambiado entre las dos resoluciones? Pues una sentencia del Tribunal Constitucional que obliga a la Audiencia a investigar sin restricciones esos delitos. El Constitucional reconoc¨ªa la prioridad de la justicia guatemalteca para perseguir el genocidio de su pa¨ªs, pero agregaba que los hechos se deb¨ªan investigar en Espa?a, sin tener que probar que all¨ª no se est¨¢n persiguiendo, porque la finalidad del Convenio contra el Genocidio es que cr¨ªmenes tan atroces no queden impunes.
Relato de hechos atroces
En Espa?a el caso comenz¨® el 2 de diciembre de 1999, cuando la premio Nobel de la Paz Rigoberta Mench¨² present¨® una denuncia ante los juzgados de la Audiencia Nacional en la que describ¨ªa hechos cometidos en Guatemala entre 1978 y 1986 calificados como genocidio, torturas, terrorismo, asesinatos y detenciones ilegales.
Entre ellos se inclu¨ªa el asalto a la Embajada espa?ola en Guatemala en 1980, en la que resultaron muertas 37 personas, y los asesinatos de varios sacerdotes espa?oles y de otras nacionalidades. Era el relato de atrocidades cometidas por los escuadrones de la muerte y otras fuerzas parapoliciales y paramilitares bajo el auspicio de los gobiernos de turno y que encuadraban delitos de persecuci¨®n universal que no prescriben. A la iniciativa de Mench¨² se sumaron varias asociaciones de derechos humanos, profesionales y sindicales.
Inicialmente, el juez Ricardo Ruiz Polanco se declar¨® competente y realiz¨® varias pesquisas, pero el fiscal recurri¨® la decisi¨®n y la Sala admiti¨® el recurso y orden¨® al magistrado que archivase el caso. Sin embargo, los denunciantes no se aquietaron y presentaron recursos sucesivos ante el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional que finalmente han obligado a la Audiencia Nacional a desdecirse.
As¨ª, la nueva resoluci¨®n se?ala que debe desestimar la petici¨®n del fiscal debido a que el Tribunal Constitucional ha proclamado "el principio de jurisdicci¨®n universal sin otras restricciones que las que puedan derivar de la prioridad que corresponde al Estado territorial o al Tribunal Penal Internacional". Adem¨¢s, la Audiencia constata que la querella no es espuria puesto que no procede de lo que se denomina "elementos lejanos o extra?os".
La resoluci¨®n deja claro que el juez instructor, en el curso de la investigaci¨®n, puede averiguar si los jueces guatemaltecos han realizado alguna actuaci¨®n dirigida a perseguir los hechos o los delitos denunciados, "lo que no parece probable dado el tiempo transcurrido desde que dict¨® este Pleno el anterior auto".
Ahora, y tras la sentencia del Constitucional, la Audiencia ha declarado la competencia del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 1 -cuyo titular es en la actualidad el juez Santiago Pedraz- para investigar los hechos y ha desestimado la petici¨®n formulada en su d¨ªa por el fiscal de que se archivasen las actuaciones. El fiscal dispone de un plazo de cinco d¨ªas para presentar recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo si no est¨¢ conforme con la decisi¨®n de la Audiencia Nacional, aunque parece poco probable que lo haga, puesto que la doctrina del Tribunal Constitucional es muy clara en el sentido de eliminar restricciones.
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