La Comisi¨®n acepta las rebajas de la Euroc¨¢mara a la directiva de servicios
![Andreu Miss¨¦](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F688b5330-4cda-458a-b022-71ef6e1f9545.png?auth=e64bcdfae2887c55681a1ad0bd09595bfedaf839019b608f0f2b8a51612e8726&width=100&height=100&smart=true)
La Comisi¨®n Europea presentar¨¢ ma?ana su nueva versi¨®n de la directiva de servicios, recogiendo la mayor¨ªa de las 400 enmiendas aprobadas por el Parlamento Europeo el pasado 16 de febrero, que significan una dr¨¢stica reducci¨®n del ¨¢mbito y el alcance de aplicaci¨®n del texto inicial presentado por el comisario Frits Bolkestein en 2004.
Las protestas de la izquierda y de los sindicatos, sobre todo en Francia, Alemania y B¨¦lgica, han tenido un fuerte impacto. El nuevo texto, m¨¢s que una liberalizaci¨®n de los servicios, supone la ratificaci¨®n de los derechos sociales y laborales existentes en los distintos Estados miembros. A propuesta del comisario Charlie McCreevy, el Ejecutivo comunitario ha rechazado, sin embargo, unas cuarenta enmiendas por estimar en la mayor¨ªa de casos que dificultaban la simplificaci¨®n administrativa y la modernizaci¨®n, y supon¨ªan un obst¨¢culo para la creaci¨®n del Mercado Interior.
Tambi¨¦n se rechaza la enmienda relativa a su entrada en vigor. Los servicios de McCreevy insisten en que el plazo m¨¢ximo para que los Estados miembros transpongan la directiva sea de dos a?os y no de tres como pide el Parlamento.
La nueva versi¨®n acepta que la directiva de servicios no tratar¨¢ de "la liberalizaci¨®n o privatizaci¨®n de los servicios de inter¨¦s econ¨®mico general, o de las entidades p¨²blicas que los proporcionen, ni de su financiaci¨®n o de las ayudas estatales" que reciban. La Comisi¨®n tambi¨¦n ha aceptado excluir del ¨¢mbito de la directiva los servicios de sanidad, y los servicios que proporcionan bienestar social como vivienda, familia e infancia. Tampoco regular¨¢ las agencias de trabajo temporal ni los servicios de seguridad.
Por otra parte, la directiva no afectar¨¢ a la legislaci¨®n laboral en ninguno de sus aspectos. Detalla algunos ejemplos de las relaciones laborales no afectados por la norma como las caracter¨ªsticas de los contratos, las condiciones de trabajo, las normas sobre seguridad e higiene, las relaciones entre empresarios y trabajadores, y la legislaci¨®n sobre seguridad social. De manera espec¨ªfica se excluyen del ¨¢mbito de su aplicaci¨®n los derechos establecidos en la negociaci¨®n colectiva.
El Ejecutivo comunitario acepta la sustituci¨®n del pol¨¦mico "principio del pa¨ªs de origen" por el de "la libertad de prestaci¨®n de servicios". El principio del pa¨ªs de origen establec¨ªa que las normas aplicables eran las del pa¨ªs en el que se hab¨ªa constituido la empresa y no las vigentes en el pa¨ªs donde se prestaban los servicios. Los Estados miembros, no obstante, podr¨¢n establecer determinados requisitos en la prestaci¨®n de ciertos servicios "por razones de pol¨ªticas p¨²blicas, seguridad p¨²blica, salud p¨²blica y protecci¨®n del medio ambiente".
La Comisi¨®n acepta que el principio de "la libertad de prestaci¨®n de servicios" no se aplique a los llamados "servicios de inter¨¦s econ¨®mico general proporcionados en otro Estado miembro que se especifican detalladamente como servicios postales, distribuci¨®n de electricidad, agua y gas, aguas residuales y tratamiento de residuos".
Tambi¨¦n quedan fuera del alcance de la nueva versi¨®n la legislaci¨®n penal, las medidas que adopten los Gobiernos en relaci¨®n con la promoci¨®n o protecci¨®n de la diversidad ling¨¹¨ªstica y el pluralismo de los medios de comunicaci¨®n. Los servicios que sustancialmente quedan regulados por la directiva son servicios a empresas como gesti¨®n y consultor¨ªa; gesti¨®n de instalaciones, incluyendo mantenimiento, seguridad y publicidad; contrataci¨®n de servicios, incluyendo agencias de empleo y servicios de agentes comerciales.
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