Los municipios podr¨¢n imponer el 20% de vivienda protegida en solares c¨¦ntricos y edificios rehabilitados
El Consell Executiu dio ayer el visto bueno a la ley del derecho a la vivienda, denominada "ley Mil¨¤" en honor al consejero Salvador Mil¨¤, que la impuls¨® pero no pudo llegar a verla arrancar porque se cay¨® del Gobierno muy poco antes en una decisi¨®n que su partido (ICV) ha acogido extraordinariamente mal. Francesc Baltasar, sustituto al frente de Medio Ambiente y Vivienda, resalt¨® ayer la paternidad del ex consejero. Hasta tres veces. Una de las huellas de la actuaci¨®n de Mil¨¤ es la posibilidad que la ley ofrecer¨¢ a los municipios de que impongan a los promotores de solares c¨¦ntricos, tanto en casos de nueva construcci¨®n como en los de rehabilitaci¨®n, hasta el 20% de vivienda protegida.
La norma, que est¨¢ prevista en el art¨ªculo 18 de la nueva ley, que ahora deber¨¢ ser debatida por el Parlament, establece que los ayuntamientos podr¨¢n exigir tambi¨¦n vivienda protegida en edificios de suelo urbano consolidado (c¨¦ntrico) en los casos en los que el promotor derribe el edificio y construya otro nuevo o rehabilite todo el bloque.
Este art¨ªculo ha sido pactado con los promotores de vivienda, que eran muy reacios a aplicar esta norma a suelo que ya ten¨ªa derechos de construcci¨®n. Finalmente, ambas partes alcanzaron un acuerdo: la medida s¨®lo afecta a edificaciones de m¨¢s de 2.000 metros cuadrados de techo (20 viviendas de 100 metros cuadrados) y, adem¨¢s, tendr¨¢ una moratoria de un a?o a partir de la entrada en vigor de la ley, de modo que se garanticen los derechos adquiridos de cuantos dispongan ahora de solares en condiciones de edificabilidad.
La norma permite lograr vivienda protegida en lugares con alta densidad de construcci¨®n, como Barcelona, donde la reconstrucci¨®n o la rehabilitaci¨®n son especialmente importantes.
La ley tambi¨¦n alarga la vigencia de la protecci¨®n oficial hasta 90 a?os, pero incluye una salvedad: en determinados casos puede reducirse hasta 30, de modo que, en realidad, el plazo de vigencia de la protecci¨®n es variable y se negociar¨¢ con los ayuntamientos. Hay otra salvedad: en los casos de realojamiento forzoso, por patolog¨ªas u otras causas, la vivienda dejar¨¢ de estar protegida a los 15 a?os porque en estos casos nadie que sea realojado de manera forzosa lo hace de modo especulativo.
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