El Tribunal de Cuentas critica al Gobierno por no declarar retribuciones de los funcionarios
El ¨®rgano fiscalizador vuelve a requerir al Ejecutivo la liquidaci¨®n de los presupuestos
El Tribunal Vasco de Cuentas P¨²blicas ha reprochado al Gobierno que no incluya a efectos del IRPF las cantidades que paga por los seguros de vida y accidentes no laborales que ha suscrito a favor de sus empleados. De esa forma, los funcionarios se benefician de un seguro de vida gratis y sin ninguna carga fiscal, ya que el Ejecutivo no practica ninguna retenci¨®n en sus n¨®minas por ese concepto y las haciendas forales se quedan sin esos ingresos. El tribunal ha criticado en informes anteriores a las tres diputaciones por este mismo incumplimiento fiscal.
El reproche del ¨®rgano fiscalizador figura en el informe sobre la cuenta general de la comunidad aut¨®noma correspondiente a 2004, difundido ayer. Las normas reguladoras del IRPF establecen que constituyen retribuciones en especie la utilizaci¨®n para fines particulares de bienes y servicios de forma gratuita o por un precio inferior al normal del mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda. Como tales retribuciones en especie, el Ejecutivo vasco no ha declarado a efectos de IRPF el coste imputable a los seguros de vida y accidentes no laborales de sus empleados. Con esta f¨®rmula, los trabajadores hacen una declaraci¨®n a Hacienda por menos ingresos de los que en realidad perciben, aunque sea en especie.
En sus alegaciones, el Gobierno explica que los seguros contratados cuyos beneficiarios sean los trabajadores no tienen un ¨²nico tratamiento tributario, sino que depende de las caracter¨ªsticas espec¨ªficas de las p¨®lizas. El Ejecutivo resalta que sus seguros cubren las contingencias de invalidez y fallecimiento de sus empleados y tienen la consideraci¨®n de un sistema de previsi¨®n social alternativo a los planes de pensiones y no deben ser "obligatoriamente imputados como retribuci¨®n en especie del trabajo". "La imputaci¨®n fiscal", a?ade, "requiere que el contrato de seguro permita su disposici¨®n anticipada", algo que no ocurre con las primas que paga el Ejecutivo.
El tribunal lanza tambi¨¦n en su informe una cr¨ªtica al Gobierno por su continuada resistencia a remitir al Parlamento los proyectos de ley de liquidaci¨®n de los presupuestos con periodicidad anual, tal y como estipula la ley. El Ejecutivo no ha remitido la informaci¨®n relativa a la liquidaci¨®n de los presupuestos desde el a?o 1998. Se trata del segundo aviso en esta direcci¨®n despu¨¦s de que el ¨®rgano auditor lo incluyese ya en informe correspondiente a 2003 tras la pol¨¦mica suscitada por el incumplimiento de dicho mandato.
Vac¨ªo legal
El tribunal admite que la ley no prev¨¦ un plazo para el cumplimiento de su mandato, es decir, para remitir los proyectos, pero considera que el Gobierno "no debe escudarse" en este vac¨ªo legal y remitir anualmente "el obligatorio proyecto de ley en el plazo m¨¢s breve posible".
La finalidad de remitir estos proyectos con las liquidaciones es que el Parlamento, que es el que aprueba en su momento los presupuestos, pueda conocer el grado de cumplimiento o desviaci¨®n de las cuentas. Adem¨¢s, la oposici¨®n estar¨ªa en condiciones de controlar la ejecuci¨®n presupuestaria. Los socialistas incluso han llegado a acusar al Ejecutivo de "esconder" datos esenciales para el control parlamentario.
El Gabinete replica que cumple "escrupulosamente" con la ley, ya que la normativa no fija "ni modos ni plazos" para mandar la liquidaci¨®n. Entiende que en el proyecto de presupuestos que remite cada mes de octubre a la C¨¢mara ya se incluye una especie de "preliquidaci¨®n" del ejercicio anterior y un avance de las cuentas que se encuentran en curso. A diferencia de lo que piensa el Gobierno, la oposici¨®n considera que la inexistencia de plazos no es raz¨®n para acumular un retraso de ocho a?os.
Con relaci¨®n a la contrataci¨®n administrativa de obras, el tribunal aprecia varios incumplimientos de legalidad, que afectan, sobre todo, al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales. Es el caso de una modificaci¨®n de contrato que supuso un incremento del 96% del precio de licitaci¨®n y que, seg¨²n la memoria de dicho cambio, se debi¨® a imprevisiones del proyecto. Esta modificaci¨®n supone una alteraci¨®n "muy importante" del objeto del contrato, por lo que deber¨ªa haber sido rescindido. Los expedientes de construcci¨®n de 140 viviendas, por una parte, y 70 m¨¢s, por otra, en la bilba¨ªna Mina del Morro sufrieron sendas modificaciones que, unidas a otras anteriores, supusieron unos incrementos totales del 46% y el 30%, respectivamente. Y todo ello sin que constase el preceptivo informe de la Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora del Gobierno.
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