Los municipios podr¨¢n vigilar y multar a los locales que vulneren la ley del tabaco
La Generalitat y la Administraci¨®n local compartir¨¢n competencias, seg¨²n un decreto de Salud
La vigilancia del cumplimiento de la ley del tabaco en espacios de uso p¨²blico en Catalu?a no ser¨¢ una tarea exclusiva de la Generalitat. Un decreto que prepara el Departamento de Salud establece que el Gobierno catal¨¢n compartir¨¢ competencias con los municipios para inspeccionar locales, abrir expedientes y sancionar a quienes incumplan la ley antitabaco, en vigor desde el pasado 1 de enero. En los seis primeros meses de andadura de esta normativa, en Catalu?a se han realizado m¨¢s de 4.000 inspeccciones y se han abierto una docena de expedientes sancionadores.
Tanto la inspecci¨®n de establecimientos como la apertura de expedientes sancionadores han sido asumidas por t¨¦cnicos de la Generalitat en todas las localidades de Catalu?a, a excepci¨®n de la ciudad de Barcelona, donde estas competencias las ha ejercido tambi¨¦n el personal de la Agencia de Salud P¨²blica del Ayuntamiento.
Pero la Generalitat pretende que el resto de municipios catalanes puedan desempe?ar tambi¨¦n la misma funci¨®n inspectora y sancionadora. As¨ª lo establece el borrador del decreto que el Departamento de Salud ha dado a conocer a los ayuntamientos a trav¨¦s de la Federaci¨®n Catalana de Municipios y de la Asociaci¨®n de Municipios de Catalu?a. El decreto, que la Generalitat quiere aprobar antes de acabar la legislatura, permitir¨¢ desplegar en Catalu?a la ley estatal contra el tabaco. Todas las comunidades deben elaborar sendos decretos para el desarrollo de la ley b¨¢sica. ?sta no se puede flexiblizar en ning¨²n caso, pero s¨ª endurecer.
El borrador de decreto no hace ni una cosa ni otra. Simplemente, no entra en detalles sobre los criterios que tienen que cumplir los establecimientos para dejar fumar o no, ya que "la ley estatal es suficientemente expl¨ªcita al respecto", se?ala Antoni Plasencia, director general de Salud P¨²blica de la Generalitat.
Reparto de competencias
El texto entregado a los municipios tampoco modifica la tipificaci¨®n y la cuant¨ªa de las sanciones que detalla la ley estatal, pero s¨ª especifica el reparto de competencias en materia de inspecci¨®n, apertura de expedientes e imposici¨®n de sanciones. Plasencia agrega que el decreto se inspira en la Ley de Protecci¨®n de la Salud. Esta normativa ya establece competencias compartidas entre los ayuntamientos y la Generalitat en la inspecci¨®n y sanci¨®n a empresas o personas que atenten contra la salud p¨²blica, principalmente en materia ambiental o alimentaria.
As¨ª, para controlar el cumplimiento de la ley contra el tabaco en establecimientos como cafeter¨ªas, restaurantes o locales de ocio nocturno, la tarea de los inspectores de la Generalitat (de los departamentos de Salud y Turismo y Comercio) podr¨¢ complementarse con la de t¨¦cnicos municipales si as¨ª lo desean los ayuntamientos. El director general de Salud P¨²blica explica que los municipios peque?os sin personal capacitado para realizar las inspecciones podr¨¢n pedir que la ejerzan los t¨¦cnicos de la Agencia de Protecci¨®n de la Salud, dependiente del Departamento de Salud. "Tambi¨¦n se da la oportunidad a los ayuntamientos que disponen de personal propio a adscribirlo a esta agencia mediante un convenio", explica Plasencia. En el caso de los locales de ocio nocturno las tareas de vigilancia del cumplimiento de la ley recaer¨¢n principalmente en los agentes municipales o la polic¨ªa auton¨®mica.
Los municipios, en cambio, no tendr¨¢n competencias para controlar el cumplimiento de la ley contra el tabaco en la empresa privada, ya que ser¨¢n asumidas en exclusiva por los inspectores del Departamento de Trabajo de la Generalitat.
En caso de vulneraci¨®n de la ley, el decreto especifica los organismos que tendr¨¢n capacidad para imponer las sanciones en funci¨®n de su cuant¨ªa.
Por ejemplo, se detalla que el Gobierno de la Generalitat impondr¨¢ las multas que superen los 400.000 euros; la consejera de Salud, las que oscilen entre 400.000 y 60.000 euros y el director de la Agencia de Protecci¨®n de la Salud, las inferiores a esta suma. En el ¨¢mbito local, el alcalde tendr¨¢ potestad para imponer las sanciones de hasta 100.000 euros y el pleno municipal, las que no superen esta cifra.
El Departamento de Salud se plante¨® a principios de a?o la posibilidad de endurecer la ley estatal contra el tabaco para los bares y restaurantes de menos de 100 metros cuadrados. Ahora pueden elegir entre ser libres de humo o dejar fumar, pero la Generalitat pretend¨ªa que se prohibiera el tabaco en todos los establecimientos peque?os para garantizar la protecci¨®n de la salud de sus trabajadores.Ante las quejas del sector, opt¨® por posponer al menos un a?o la decisi¨®n sobre estos locales de superficie reducida.
Ley suavizada
En relaci¨®n con los establecimientos de m¨¢s de 100 metros cuadrados que deseen crear una ¨¢rea de fumadores, Salud ha anunciado mano dura si el pr¨®ximo 1 de septiembre no han realizado las obras para compartimentar ambas zonas y evitar que el humo se filtre hacia el ¨¢rea libre de humo.
El ¨²nico decreto de desarrollo de la ley del tabaco aprobado hasta el momento, el de la Comunidad Valenciana, s¨ª ha modificado la normativa b¨¢sica, pero para hacerla m¨¢s suave, por lo que el Ministerio de Sanidad ha anunciado un recurso contencioso-administrativo. Por un lado, la ley valenciana no exige compartimentaci¨®n f¨ªsica entre el ¨¢rea de fumadores y la libre de humo de los restaurantes de mayor tama?o y, por otro lado, fija en 120 metros cuadrados, en lugar de los 100 que establece la ley estatal, la superficie m¨ªnima para que los establecimientos tengan la opci¨®n de crear espacios para los clientes que quieran fumar.
DESPLIEGUE DE LA LEY DEL TABACO
- El borrador que prepara el Departamento de Salud determina que las competencias inspectoras y sancionadoras en bares, restaurantes y locales de ocio las compartir¨¢n la Generalitat y los ayuntamientos. En el caso de la ciudad de Barcelona, las asumir¨¢n la Agencia de Salud P¨²blica y la Generalitat
- En la empresa privada, la inspecci¨®n y apertura de expedientes corresponder¨¢ al Departamento de Trabajo de la Generalitat
- Las sanciones de m¨¢s de 400.000 euros las impondr¨¢ el Gobierno catal¨¢n. Las superiores a 60.000, la consejera de Salud. - En la Administraci¨®n local, las multas de hasta 100.000 euros ser¨¢n impuestas por la alcald¨ªa, y las de hasta 300.000, por el pleno municipal.
- El texto no modifica los criterios establecidos en la ley que deben cumplir los locales para dejar fumar: convertirse en libres de humo o crear ¨¢reas de fumadores.
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