El Supremo avala el pase a la reserva de un general por su "grave error" en el Yak-42
La sentencia censura la actuaci¨®n de Beltr¨¢n en la falsa identificaci¨®n de 30 cad¨¢veres
El Tribunal Supremo ve justificada la decisi¨®n del Gobierno socialista de acordar el pase forzoso a la reserva del teniente general Jos¨¦ Antonio Beltr¨¢n, m¨¢ximo responsable militar de la repatriaci¨®n de las 62 v¨ªctimas del accidente del Yak-42, en mayo de 2003. La sentencia considera acreditado que cometi¨® "un error de gran entidad en relaci¨®n a un hecho muy luctuoso para los familiares de los fallecidos y tambi¨¦n para el colectivo militar", al dar por buena la err¨®nea identificaci¨®n de 30 cad¨¢veres, todos los que fueron responsabilidad de las autoridades espa?olas.
Por vez primera, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el caso Yak-42, uno de los esc¨¢ndalos m¨¢s graves de la etapa de Gobierno de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, por el que nunca se asumieron responsabilidades pol¨ªticas. Y lo ha hecho en respuesta al recurso presentado por el teniente general del Ej¨¦rcito del Aire Jos¨¦ Antonio Beltr¨¢n contra la decisi¨®n adoptada el 9 de julio de 2004 por el Consejo de Ministros de decretar su pase forzoso a la reserva.
Beltr¨¢n recurri¨® ante el Supremo con el argumento de que el Gobierno hab¨ªa incurrido en una "desviaci¨®n de poder", al aplicarle una sanci¨®n encubierta "sin seguir el procedimiento seguido para la imposici¨®n de sanciones, priv¨¢ndole as¨ª de la posibilidad de defenderse; es decir, de los derechos de audiencia, contradicci¨®n, a la pr¨¢ctica de la prueba y a la defensa".
Le sentencia dictada el pasado d¨ªa 21 de septiembre por la Sala de lo Contencioso-Adminitrativo del Tribunal Supremo es importante porque, de un lado, aborda uno de los aspectos m¨¢s dolorosos del caso -la err¨®nea atribuci¨®n de identidad a los 30 cad¨¢veres sin identificar que fueron entregados por los foresenses turcos a las autoridades espa?olas- y, de otro, analiza la potestad del Gobierno para pasar a la reserva a los generales. Es decir: la subordinaci¨®n de las Fuerzas Armadas al poder pol¨ªtico democr¨¢tico.
El pase forzoso a la reserva de Beltr¨¢n fue, adem¨¢s, el primero de la actual etapa democr¨¢tica, aunque m¨¢s tarde se repitiera con el teniente general Jos¨¦ Mena tras sus alusiones al Estatuto de Catalu?a en su discurso de la ¨²ltima Pascua Militar en Sevilla, tambi¨¦n a propuesta del ministro Jos¨¦ Bono.
"Ampl¨ªsima habilitaci¨®n"
El Supremo recuerda que el art¨ªculo 144 de la ley del R¨¦gimen del Personal de las Fuerzas Armadas, de 1999, habilita al Gobierno para decidir el pase a la reserva de los generales "mediante real decreto, acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Defensa". Este art¨ªculo da "una ampl¨ªsima habilitaci¨®n al Gobierno para el pase a la situaci¨®n de reserva de los oficiales generales", subraya la sentencia, pues no tasa las razones ni dispone ning¨²n procedimiento, por lo que su ¨²nico l¨ªmite es la prohibici¨®n de la arbitrariedad de los poderes p¨²blicos, recogida el art¨ªculo 9.3 de la Constituci¨®n.
"Siempre que la decisi¨®n est¨¦ amparada en razones de inter¨¦s general y no sea por ello gratuita habr¨¢ de aceptarse que respeta debidamente ese canon de constitucionalidad", insiste.
La sentencia se centra, por tanto, en analizar las razones que llevaron a Bono a proponer esta medida y se basa para ello, siguiendo el propio recurso de Beltr¨¢n, en las comparecencias parlamentarias del ministro. Recuerda que "las autoridades turcas entregaron a las espa?olas 30 cuerpos sin identificar y ¨¦stos ¨²ltimos cuerpos fueron identificados por las autoridades espa?olas en s¨®lo tres horas y veinticinco minutos". Agrega que "se han hecho las pruebas de ADN y las correspondientes a las autopsias hechas por el equipo m¨¦dico turco son correctas y los 30 casos incorrectos corresponden a los ex¨¢menes e identificaciones hechos por el equipo m¨¦dico espa?ol".
Este relato lleva a los magistrados a descartar "de manera definitiva la arbitrariedad" en la decisi¨®n del Gobierno, que se justifica porque "con apoyo de datos objetivos es apreciado un error de gran entidad en relaci¨®n a un hecho muy luctuoso para los familiares de los fallecidos y tambi¨¦n para el colectivo militar espa?ol".
La sentencia rechaza como "no convincentes" los argumentos del teniente general Beltr¨¢n de que su cometido se limitaba a la repatriaci¨®n de los cad¨¢veres, sin incluir su identificaci¨®n, que era responsabilidad exclusiva del general m¨¦dico Vicente Navarro, de menor graduaci¨®n.
"Admitido que recibi¨® el encargo de coordinar la repatriaci¨®n por v¨ªa a¨¦rea de los cad¨¢veres de los militares fallecidos", argumenta el Supremo, "no puede considerarse irracional que el Gobierno haya valorado que su cometido profesional alcanzaba tambi¨¦n a lo relativo a la identificaci¨®n de esos cad¨¢veres, y no en el sentido de que era el actor quien directamente deb¨ªa intervenir en las tareas t¨¦cnicas que conllevaba esa identificaci¨®n, sino en el de cerciorarse de que la identificaci¨®n se hab¨ªa llevado a cabo, o en el de dejar constancia de que hab¨ªan mediado circunstancias que la hab¨ªan impedido".
"Respeto a las familias"
Lo cierto es que no s¨®lo no se hizo as¨ª, sino que por parte de los dos generales, Navarro y Beltr¨¢n, y del Ministerio de Defensa dirigido por Federico Trillo se estuvo defendiendo la pulcritud y profesionalidad de la identificaci¨®n hasta que, en v¨ªsperas de las elecciones de 2004, sali¨® a la luz el acta en el que se reconoc¨ªa que 30 cad¨¢veres hab¨ªa sido enterrados sin identificar, lo que oblig¨® a exhumarlos.
La sentencia concluye que "el especial respeto a los familiares de las v¨ªctimas que resulta aconsejable en circunstancias como las aqu¨ª enjuiciadas no permite calificar como no razonable el que haya sido ponderada en su nivel m¨¢ximo la profesionalidad que se considera exigible" a un general.
Por todo ello, el Supremo desestima el recurso del teniente general Beltr¨¢n, quien pretend¨ªa no s¨®lo la nulidad del decreto que forz¨® su pase a la reserva sino tambi¨¦n el abono del dinero que le habr¨ªa correspondido percibir de haber continuado en servicio activo.
Un encargo de Trillo
"Una vez en Turqu¨ªa y cuando se dispon¨ªa a regresar a Espa?a con el ministro de Defensa, ¨¦ste [Federico Trillo-Figueroa] le pidi¨® que se quedara para desarrollar los siguientes cometidos: coordinar con el Ej¨¦rcito del Aire el env¨ªo de aviones y, en su caso, de ata¨²des para la repatriaci¨®n de los cad¨¢veres e intentar recuperar los efectos de los militares fallecidos. No se le encomend¨® cometido alguno relativo a la identificaci¨®n de los cad¨¢veres, correspondiendo la responsabilidad en ese punto exclusivamente al general del Cuerpo de Sanidad Militar don Vicente Navarro".
Esta frase figura en el recurso que el teniente general Jos¨¦ Antonio Beltr¨¢n present¨® ante el Supremo. De ella se deduce su intento de trasladar la responsabilidad de las identificaciones err¨®neas al general Navarro, con argumentos que el Supremo ha considerado "no convincentes". Pero tambi¨¦n evidencia la intervenci¨®n personal de Trillo, quien en Turqu¨ªa, el mismo d¨ªa del accidente, 26 de mayo de 2003, encarg¨® a Beltr¨¢n repatriar los restos.
Poco despu¨¦s del siniestro, Trillo ascendi¨® a Beltr¨¢n a teniente general y le hizo agregado en el Centro para el Control Democr¨¢tico de las Fuerzas Armadas, con sede en Ginebra (Suiza), un destino tan ins¨®lito como bien remunerado: 19.564 euros al mes. Bono le destituy¨® el 22 de julio de 2004 y Beltr¨¢n recurri¨® a la Audiencia Nacional, reclamando los emolumentos no percibidos, pero los jueces tambi¨¦n han desestimado esta pretensi¨®n.
Tanto Beltr¨¢n como Navarro est¨¢n imputados en los sumarios que, con desesperante lentitud para las familias de las v¨ªctimas, instruye la juez de la Audiencia Nacional Teresa Palacios sobre el caso Yak-42. Trillo nunca ha sido citado a declarar.
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