El Tribunal Supremo ratifica la condena al ex coronel Perote por las escuchas del Cesid
Su propia confesi¨®n de que grababa conversaciones sin autorizaci¨®n ha servido para condenarle
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Madrid que conden¨® al ex coronel Alberto Perote, jefe operativo del Gabinete de escuchas del Cesid (el antiguo Centro Superior de Informaci¨®n de la Defensa) a cuatro meses de arresto y seis a?os de inhabilitaci¨®n absoluta por grabar escuchas telef¨®nicas privadas de pol¨ªticos, empresarios y periodistas.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, explica que en un Estado de derecho "es aceptable el margen razonable de reserva sobre determinadas materias", as¨ª como "el sacrificio de algunos derechos para garantizar la propia supervivencia del sistema democr¨¢tico".
Pero tambi¨¦n es cierto, a?ade, que la existencia de una finalidad leg¨ªtima "no puede suponer la creaci¨®n de espacios de impunidad", cuando en la utilizaci¨®n de los aparatos de barrido del espacio radioel¨¦ctrico y con abuso de los mismos se rebasan "las fronteras de lo constitucionalmente admisible, adentr¨¢ndose en actuaciones de car¨¢cter delictivo".
El Supremo se?ala que no ha sido necesario acudir al material clasificado porque el propio Perote, en su confesi¨®n -corroborada por otras declaraciones testificales- reconoci¨® la existencia de escuchas telef¨®nicas de conversaciones privadas, sin previa autorizaci¨®n judicial, y no relacionadas con la seguridad y defensa del Estado, con lo que aport¨® una de las pruebas esenciales para dictar contra ¨¦l sentencia condenatoria. El Supremo a?ade que Perote "dispon¨ªa de la suficiente informaci¨®n, o en todo caso, de la posibilidad de obtenerla, para entender que actuaba fuera de la ley".
El juicio del caso Perote se repiti¨® en la Audiencia de Madrid despu¨¦s de que el Tribunal Constitucional ordenase repetirlo por magistrados "que no tuviesen comprometida su imparcialidad".
En abril de 2005, la Audiencia absolvi¨® al director general del Cesid, el teniente general Emilio Alonso Manglano, y a cinco t¨¦cnicos, y conden¨® ¨²nicamente a Perote por el caso de las escuchas. Seg¨²n la Audiencia, el llamado "gabinete de escuchas" estaba dotado de medios para obtener datos de otros servicios de informaci¨®n que pudieran realizar su actividad en territorio nacional, as¨ª como datos de terrorismo, blanqueo de dinero, etc¨¦tera. Pero Perote, jefe de ese departamento, "asumiendo que tal actividad hubiera de quebrantar la intimidad de los afectados", control¨® "una multiplicidad de conversaciones de diferentes personas".
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