El TSJA condena al Servicio Andaluz de Salud a pagar 600.000 euros por atender mal un parto
Una mujer perdi¨® a uno de los dos gemelos y el otro sufri¨® graves secuelas de por vida
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar m¨¢s de 600.000 euros a una mujer que hace 11 a?os fue asistida en el hospital de Torrec¨¢rdenas de Almer¨ªa de un parto gemelar. El resultado de aquel alumbramiento fue el fallecimiento de uno de los gemelos y el nacimiento del segundo beb¨¦ con una grave patolog¨ªa como consecuencia de la defunci¨®n de su hermano 24 horas antes sin que los m¨¦dicos lo detectaran. La sentencia, sobre la que no cabe recurso, es un "triunfo moral" para la familia, seg¨²n su abogada, Rosa Mar¨ªa Masaraque
La sentencia condena al SAS por "responsabilidad patrimonial, como consecuencia de los da?os y perjuicios derivados de la deficiente asistencia m¨¦dica recibida en el hospital de Torrec¨¢rdenas".
Los hechos ocurrieron en 1995, cuando ?ngeles Capel ten¨ªa un embarazo gemelar de alto riesgo. S¨®lo naci¨® con vida una de las gemelas y lo hizo afectada por una grave enfermedad como consecuencia de la muerte prematura de su hermana. "El problema es que uno de los gemelos muri¨® y no se dieron cuenta hasta el d¨ªa siguiente, cuando ya hab¨ªan pasado m¨¢s de 24 horas. El beb¨¦ con vida chup¨® todo el l¨ªquido amni¨®tico de su hermano", explic¨® la abogada de la familia, Rosa Mar¨ªa Mascaraque. Para la letrada, la sentencia supone un "triunfo moral" aunque algo tard¨ªo, y cuya prueba pericial de la C¨¢tedra de Medicina Legal de Granada result¨® vital para la acusaci¨®n particular ejercida contra el SAS.
"Considero que la sentencia se basa en el informe de la pericial de la C¨¢tedra de Medicina Legal de Granada, que nos dio la raz¨®n en nuestros argumentos. Creo que ha sido fundamental", explic¨® Mascaraque. En su fallo, el TSJA considera que ?ngela Mar¨ªa, el beb¨¦ nacido, "result¨® con encefalopat¨ªa hip¨®xico-isqu¨¦mica neonatal, microcefalia secundaria y trastorno generalizado secundario del desarrollo" por la "deficiente" asistencia m¨¦dica.
El informe elaborado por el departamento de Medicina Legal, Toxicolog¨ªa y Psiquiatr¨ªa de la Facultad de Medicina de la Universidad de Granada concluy¨® que el ginec¨®logo "deber¨ªa haber aumentado la vigilancia del embarazo", para verificar tanto los movimientos como la frecuencia card¨ªaca de sendos fetos, algo que no se llev¨® a cabo.
"Con esta sentencia se ha hecho justicia porque lo de la ni?a ya no tiene soluci¨®n. Pero al menos el dinero servir¨¢ que ella pueda tener mejores medios a su alcance para una mejor adaptaci¨®n. Esto le ayudar¨¢ el resto de la vida que le quede", se?al¨® la abogada.
Los padres demandaron al SAS en primera instancia hace nueve a?os y reclamaron 600.000 euros en concepto de responsabilidad patrimonial. Sin embargo, el juzgado fall¨® a favor del Servicio Andaluz de Salud por lo que los progenitores presentaron un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA.
El SAS aleg¨® "el importante despliegue asistencial que se propici¨® a lo largo del embarazo". Para sus abogados, "no existiendo indicios racionales que permitan aseverar la existencia de un nexo causal entre la asistencia y el da?o".
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