Una recalificaci¨®n con trampa
La recalificaci¨®n de los terrenos de Costa Esuri fue la consecuencia de un convenio urban¨ªstico pactado en 1990 entre el Ayuntamiento de Ayamonte y un grupo de ocho empresas, todas con la misma direcci¨®n de Barcelona y fecha de constituci¨®n (el d¨ªa anterior a la compra). La recalificaci¨®n se integrar¨ªa en el nuevo Plan General de Ordenaci¨®n Urbana (PGOU), "pero finalmente, el PGOU no se redact¨®, y para adaptar Costa Esuri a la ciudad se opt¨® por la v¨ªa de las Normas Subsidiarias, que se aprobaron en 1995 y concedieron la recalificaci¨®n", explica I?aki Olano, portavoz en Ayamonte de Ecologistas en Acci¨®n.
En este punto es donde Ecologistas en Acci¨®n observa la principal irregularidad de la operaci¨®n: "Estaban obligados a hacer el estudio de impacto por la ley andaluza de Protecci¨®n Ambiental, aprobada en 1994, y por la ley de Conservaci¨®n de los Espacios Naturales, Fauna y Flora, de car¨¢cter estatal, de 1989", destaca Olano.
Como consecuencia de lo que consideraron una "clara irregularidad", los ecologistas presentaron alegaciones, denunciando este hecho, contra la Declaraci¨®n Previa de Impacto Ambiental que se tramit¨® en 1998, sobre una posterior modificaci¨®n puntual de las Normas Subsidiarias de Costa Esuri. El dictamen de la Consejer¨ªa de Medio Ambiente en la Declaraci¨®n de Impacto fue "favorable" para el proyecto. En la resoluci¨®n, la Junta respondi¨® a las alegaciones de los conservacionistas recordando que la recalificaci¨®n no estuvo sometida "al procedimiento de an¨¢lisis ambiental por haberse iniciado su tramitaci¨®n con anterioridad a la entrada en vigor" de la ley andaluza.
Para Olano, esta resoluci¨®n no tiene sentido porque "la ley estatal de 1989 s¨ª estaba en vigor y exig¨ªa lo mismo, una evaluaci¨®n y estudio ambiental", asegura.
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