Quien contamina, repara
Se acaba de aprobar el Proyecto de Ley de Responsabilidad Ambiental para prevenir los da?os medioambientales y reparar los que se causen. Ante cualquier contaminaci¨®n, haya o no infracci¨®n por parte de quien la caus¨®, surge la obligaci¨®n de reparar los da?os provocados, no s¨®lo compensarlos econ¨®micamente. M¨¢s que el principio "quien contamina, paga" prevalece el principio de "quien contamina, repara".
Con la nueva ley y las normativas de la Uni¨®n Europea, muchas compa?¨ªas est¨¢n empezando a tener en cuenta sus responsabilidades ante el posible impacto ecol¨®gico de sus operaciones, tanto pasadas como presentes y futuras. Las grandes corporaciones y las peque?as empresas est¨¢n cada vez m¨¢s sensibilizadas ante posibles demandas de terceros por da?os medioambientales que afectan directamente al valor de sus activos.
Adem¨¢s de la fuerza coercitiva de la ley, las empresas est¨¢n cada vez m¨¢s presionadas para adoptar medidas que controlen su impacto sobre el medio ambiente. Las estrategias de buen gobierno corporativo y de control del riesgo medioambiental son cada vez m¨¢s importantes para los accionistas, potenciales inversores y empleados. De ah¨ª que un seguro como ¨¦ste se convierta en una herramienta imprescindible ante un entorno cada vez menos transigente con la contaminaci¨®n medioambiental.
El objetivo del seguro es asegurar que las compa?¨ªas cuenten con respaldo suficiente para solucionar los posibles da?os medioambientales que pudieran provocar. Las empresas deber¨¢n adoptar, en consecuencia, todas las medidas necesarias para evitar un siniestro medioambiental, teniendo en cuenta el criterio establecido de la responsabilidad civil objetiva (quien contamina, paga y repara). Esto ser¨¢ especialmente importante para aquellos sectores de actividad de alto riesgo contaminante, como las instalaciones de combusti¨®n, transformaci¨®n de metales, minerales o industrias qu¨ªmicas ya que se ver¨¢n obligadas a contar con una garant¨ªa financiera para hacer frente en caso de siniestros medioambientales.
Con el riesgo de sufrir multas de hasta dos millones de euros, las empresas tendr¨¢n que actualizar sus procesos de gerencia de riesgos y de cobertura de seguro ya que la responsabilidad ambiental de ¨¦stas tendr¨¢ una vigencia de 30 a?os desde que se produzca el da?o.
La nueva ley establece tres opciones para que las empresas afronten su responsabilidad ambiental: contratando una p¨®liza de seguro medioambiental, un aval bancario o una reserva t¨¦cnica en su contabilidad. Los criterios que se van a tener en cuenta para el establecimiento de primas son: la actividad de la empresa y procesos productivos, las situaciones de riesgo, la facturaci¨®n y la siniestralidad anterior de riesgos medioambientales.
La prima variar¨¢ entre estos factores y la franquicia que se establezca. Se puede hablar de empresas que tendr¨¢n una prima de 5.000 euros con un l¨ªmite muy peque?o por siniestro; y de grandes empresas que tendr¨¢n primas superiores a los 500.000 euros, con un l¨ªmite por siniestro superior a los 20.000.000 euros.
En nuestro caso, la p¨®liza no s¨®lo cubre la contaminaci¨®n accidental y gradual que se puede producir por una empresa, sino los da?os propios producidos en las instalaciones de la empresa contaminante, la p¨¦rdida de beneficios provocada por la contaminaci¨®n de las instalaciones de la empresa contaminante, los costes de prevenci¨®n de da?os y el transporte. La p¨®liza cuenta con un plazo de hasta 10 a?os y los l¨ªmites disponibles ascienden hasta 20 millones de euros por p¨®liza. Las coberturas de una buena p¨®liza deben incluir los costes de limpieza, la responsabilidad por da?os a la propiedad y lesiones f¨ªsicas de terceros, las demandas de terceros, la interrupci¨®n del propio negocio resultante de la contaminaci¨®n y los costes y gastos incluidos en todas las demandas.
Antonio Romero es director de Responsabilidad Civil de Ace European Group.
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