Las protestas laborales no pueden superar el m¨¢ximo legal de ruido
El Tribunal Superior del Pa¨ªs Vasco avala las limitaciones fijadas para una concentraci¨®n
Gritos s¨ª, pero sin pasarse. El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco ha establecido que los derechos de reuni¨®n y manifestaci¨®n tienen su l¨ªmite en las ordenanzas municipales que fijan el nivel m¨¢ximo de ruido autorizado. Por ello, ha desestimado el recurso presentado por el sindicato vasco ELA contra una resoluci¨®n del Departamento de Interior que le obligaba a rebajar el volumen de la megafon¨ªa en una protesta laboral.
Los hechos que han motivado el fallo del Tribunal Superior, emitido el mi¨¦rcoles, fueron las concentraciones que organiz¨® a mediados de abril el sindicato ELA, dos d¨ªas por semana, ante un bingo de Bilbao, en demanda de diversas reivindicaciones laborales. Durante las protestas, los concentrados utilizaron aparatos de megafon¨ªa y otros sistemas ac¨²sticos a un volumen muy elevado, lo que origin¨® la presentaci¨®n de numerosas quejas de vecinos por las molestias. Por ello, cuando este mes el sindicato comunic¨® a Interior su intenci¨®n de seguir con la protesta, el departamento dict¨® una resoluci¨®n en la que, a la vista de las denuncias de los vecinos de la zona, prohib¨ªa el uso de meg¨¢fonos y bocinas si su volumen superaba los decibelios marcados en la ordenanza municipal de protecci¨®n del medio ambiente.
Ante esta respuesta, ELA present¨® un recurso contencioso por limitaci¨®n de derechos fundamentales, que no ha sido admitido por el Tribunal Superior. En su fallo, seg¨²n inform¨® ayer Interior, el tribunal establece que la restricci¨®n impuesta "es proporcionada" y no afecta "al n¨²cleo esencial del derecho de reuni¨®n". Porque las reivindicaciones, argumenta, pueden expresarse "con pancartas u otros elementos no sonoros", o con estos aparatos siempre que se haga "dentro de los l¨ªmites de la Ordenanza", que es la legislaci¨®n de referencia en materia de ruidos dentro de la ciudad.
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