Los fondos de pensiones tendr¨¢n que informar de la rentabilidad y los gastos que aplican
Un decreto del Gobierno permite trasladar los planes de una entidad a otra sin costes
El Gobierno aprob¨® ayer un decreto con la intenci¨®n de potenciar los planes de previsi¨®n social complementaria y, a la vez, acabar con la opacidad imperante en el sector. Para ello, el decreto establece que las Entidades de Previsi¨®n Social Voluntaria (EPSV) que gestionan estos planes informen de manera pormenorizada sobre sus gastos de gesti¨®n y de los beneficios, con el fin de establecer una especie de clasificaci¨®n de rentabilidad. Los usuarios dispondr¨¢n as¨ª de m¨¢s elementos de juicio a la hora de suscribir un plan, que en Euskadi gozan de gran aceptaci¨®n.
Al disponer de muchos m¨¢s datos sobre c¨®mo funciona cada plan y su perfil de riesgo, los ciudadanos podr¨¢n decidir con mejor criterio si mantienen sus fondos de una entidad o los llevan a otra que le ofrezca m¨¢s rentabilidad. Este es otro de los aspectos claves de la norma. Con el nuevo decreto, elaborado por el Departamento de Hacienda, que dirige la vicelehendakari Idoia Zenarruzabeitia, los titulares de planes de pensiones acogidos a la normativa vasca de EPSV podr¨¢n trasladarlos libremente de una a otra entidad, como ya sucede con los fondos de inversiones o las hipotecas, de acuerdo con la rentabilidad y costes que ofrezcan. Y lo har¨¢n de forma gratuita, sin ning¨²n tipo de penalizaci¨®n.
En este aspecto, el Gobierno vasco se adelanta a la propuesta de directiva de mejora de la portatibilidad de los derechos de pensi¨®n complementaria que ha elaborado la Comisi¨®n Europea dentro de la llamada Estrategia de Lisboa. La nueva normativa, que supone la actualizaci¨®n de la Ley de EPSV de 1983, va a marcar otra vez el terreno de juego en el que se mueve un sector que crece cada a?o en la comunidad aut¨®noma. Las m¨¢s de doscientas EPSV existentes cuentan, en sus diversas variantes, con m¨¢s de un mill¨®n de asociados -una misma persona puede ser socio de m¨¢s de un plan-. En total, su patrimonio ascend¨ªa a finales del a?o pasado a los 14.344 millones de euros, lo que supone el 25% del Producto Interior Bruto (PIB) de Euskadi.
La norma fija que en la informaci¨®n que las EPSV deben suministrar tendr¨¢n que expresar "con claridad" los gastos asumidos por los planes de previsi¨®n, los objetivos de rentabilidad prefijados y su comparaci¨®n con la rentabilidad efectivamente obtenida. Con este objetivo, se establecen dos obligaciones: que exista un sistema "homog¨¦neo" para determinar esa rentabilidad y que las entidades informen del perfil de riesgo de los distintos planes de previsi¨®n con los que trabajan.
Defensor del Asociado
El Departamento de Hacienda ser¨¢ el encargado de difundir p¨²blicamente toda esa informaci¨®n. En cuanto a los gastos de administraci¨®n, el decreto marca que no podr¨¢n superar, con car¨¢cter general, el 2%, ya sea sobre el patrimonio o sobre las provisiones constituidas.
Por otra parte, la norma indica la forma en que debe ponerse a disposici¨®n de los socios y beneficiarios de los planes la informaci¨®n tanto de sus derechos econ¨®micos como de cualquier circunstancia que pueda resultar relevante. Adem¨¢s, se establece un procedimiento de reclamaci¨®n. En esta l¨ªnea, las EPSV de la modalidad individual (planes personales) tendr¨¢n que crear la figura del Defensor del Asociado, que velar¨¢ por los derechos de todos los socios.
El decreto introduce diversas normas que permitir¨¢n a las entidades profundizar en la mejora de su gesti¨®n y reforzar su solvencia. Por una parte, deber¨¢n aprobar una declaraci¨®n de principios de inversi¨®n que incluir¨¢, entre otras cuestiones, los m¨¦todos de medici¨®n de los riesgos que conllevan las inversiones que se realicen y la forma de controlar estos riesgos. "Los criterios a seguir por las EPSV en la ejecuci¨®n de sus inversiones ser¨¢n los de seguridad, rentabilidad, liquidez, diversificaci¨®n, dispersi¨®n, congruencia monetaria y de plazos adecuados a sus finalidades, defendiendo siempre el inter¨¦s de las personas asociadas", resalta el decreto.
La norma traspone a las EPSV la directiva europea de 2003 relativa a las actividades y la supervisi¨®n de fondos de pensiones de empleo, en aspectos como la formaci¨®n y funcionamiento de los ¨®rganos de gobierno de las entidades, informaci¨®n que debe facilitarse a los asociados y a las autoridades reguladoras, las normas de inversi¨®n para garantizar la solvencia, o la publicidad de los fondos. Algunos de estos aspectos no se contemplaban en la ley vasca de 1983, ya que era imposible prever la fuerza que han cobrado las EPSV.
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