"Detenci¨®n justificada por intento de atentado"
El Supremo concluye que los polic¨ªas del 'caso Bono' denunciaron una tentativa de agresi¨®n al ministro
Donde el secretario general del PP, ?ngel Acebes, ha visto durante dos a?os "una acci¨®n pol¨ªtico-policial propia de las dictaduras" contra dos miembros de su partido, el Tribunal Supremo advierte una "tentativa de atentado" de esos dos militantes del PP contra un ministro socialista que dio lugar a su "detenci¨®n justificada" por la polic¨ªa tras la manifestaci¨®n de la Asociaci¨®n de V¨ªctimas del Terrorismo (AVT) del 22 de enero de 2005. El alto tribunal public¨® ayer la sentencia del caso Bono, que da carpetazo a dos a?os de acoso al Gobierno por el partido de Mariano Rajoy y que provoc¨® la dimisi¨®n del entonces delegado del Gobierno en Madrid, Constantino M¨¦ndez.
La Sala de lo Penal da la raz¨®n al fiscal y al Abogado del Estado y absuelve al comisario jefe y a los dos inspectores que detuvieron a Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz. Esos polic¨ªas hab¨ªan sido condenados en primera instancia por detenci¨®n ilegal y falsedad en documento p¨²blico. Los magistrados consideran que la detenci¨®n fue "justificada", ya que Barrios y De la Cruz eran sospechosos "de haber tomado parte en un delito de atentado" contra el ministro Jos¨¦ Bono, delito que, recuerda la sentencia, se comete "con el simple ataque punible" sin que sea preciso que se produzca la agresi¨®n.
"El presupuesto del delito de atentado no es, exclusivamente, la agresi¨®n f¨ªsica, sino que incluye otras formas de agresi¨®n", como "los empujones graves, los zarandeos, el hecho de arrojar objetos, el acometimiento...", afirma la sentencia. Los dos militantes del PP admitieron su presencia en el momento de los hechos, por lo que, seg¨²n la Sala, si se hubiera acreditado ante un juez su participaci¨®n en el intento de agresi¨®n se les hubiera debido condenar "por el delito de atentado". Los polic¨ªas, por tanto, tuvieron "motivos racionales" para detenerlos.
La resoluci¨®n considera "incongruente" la sentencia de la Audiencia de Madrid que juzg¨® el arresto "inmotivado, arbitrario y abusivo" para, en el mismo p¨¢rrafo, justificar la citaci¨®n policial de los militantes del PP "en tanto aparec¨ªan en las proximidades del ministro al tiempo de los incidentes". El Supremo reprocha a la Audiencia que no tuviera en cuenta las indagaciones policiales entre los miembros del dispositivo de seguridad del ministro, los partes de lesiones de algunos agentes y las im¨¢genes de la manifestaci¨®n "en las que se comprueba la presencia de los detenidos portando una bandera que dirigen al entorno del ministro".
En cuanto a la falsificaci¨®n en documento p¨²blico por la que la Audiencia tambi¨¦n conden¨® a los agentes -al entender que hab¨ªan destruido su primer atestado para realizar otro que exagerara lo ocurrido y justificara los arrestos-, el Supremo concluye que ambos documentos "son sustancialmente iguales". El relevo del inspector que elabor¨® el primer atestado se encuadra, seg¨²n la Sala, en "un supuesto de organizaci¨®n interna de la comisar¨ªa donde acaecieron los hechos", prosigue la resoluci¨®n.
La sentencia fue elaborada por el presidente de la Sala Penal, Juan Saavedra Ruiz, y los magistrados Enrique Bacigalupo, Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta, Luciano Varela Castro y Manuel Marchena Jim¨¦nez. Este ¨²ltimo formul¨® voto particular discrepante en el que sostiene, como la Audiencia de Madrid, que los hechos son constitutivos de detenci¨®n ilegal y falsedad. Sobre las opiniones judiciales y fiscales que indicaron que Marchena debi¨® abstenerse por haber sido fiscal del Supremo cuando la Fiscal¨ªa recurri¨® la sentencia, el magistrado manifest¨® que ¨¦l estuvo encuadrado en una secci¨®n penal de la Fiscal¨ªa, pero no en la que present¨® el recurso, por lo que no particip¨® en su elaboraci¨®n, informa Julio M. L¨¢zaro.
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