El juez absuelve a un conductor con 4 veces la tasa permitida de alcohol
El titular del Juzgado de Lo Penal n¨²mero 10 de Valencia ha absuelto de un supuesto delito contra la seguridad del tr¨¢fico a un conductor que circulaba con una tasa de alcohol casi cuatro veces por encima de lo permitido y se vio implicado en un accidente. La raz¨®n, seg¨²n consta en la sentencia, es que siendo cierto que el conductor hab¨ªa bebido, que dio 0,90 y 0,91 al practicarle la prueba por aire aspirado, y que en el atestado policial se relata que desprend¨ªa olor a alcohol, ojos acuosos y hablar pastoso, ninguna de esas razones es suficiente para concluir que ten¨ªa mermadas sus facultades para conducir y, por tanto, poner en riesgo la vida de las personas, como exige 379 del C¨®digo Penal. En la vista oral no se dieron datos del accidente -sobre el siniestro no versaba la cuesti¨®n de fondo-, y no se aport¨® un informe pericial que especificara que el conductor ten¨ªa sus capacidades volitivas afectadas. La sentencia se acoge a un dictamen apoyado por el Tribunal Constitucional en un caso muy similar. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 26 de noviembre de 2006 en Valencia.
La absoluci¨®n ha motivado un inmediato recurso del fiscal. El ministerio p¨²blico entiende que no es aceptable la interpretaci¨®n de la prueba que ha hecho el juez porque es evidente, como el propio implicado reconoci¨®, que conduc¨ªa bajo los efectos del alcohol, que la literatura considera intoxicaci¨®n importante niveles de 0,60, que choc¨® lateralmente contra otro coche y que la polic¨ªa relat¨® una sintomatolog¨ªa suficientemente s¨®lida.
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