IU-ICV acuerda con el PSOE una explicaci¨®n de la ley de memoria que abre paso al acuerdo
El texto proclama la "expulsi¨®n del ordenamiento jur¨ªdico" de las sentencias franquistas
IU-ICV, una de las principales impulsoras de la ley de memoria hist¨®rica, se ha concentrado en la ¨²ltima semana en una parte clave de la ley: la exposici¨®n de motivos, que explica el contenido de la norma especialmente en un punto, la declaraci¨®n de ilegitimidad de las sentencias y tribunales de la represi¨®n franquista. Despu¨¦s de muchos tira y afloja con el PSOE, ayer ambos alcanzaron un principio de acuerdo con el que tanto IU-ICV como el Gobierno se sienten c¨®modos, lo que abre paso al pacto definitivo, a falta s¨®lo de la incorporaci¨®n del PNV, que ayer continuaba negociando puntos del articulado, y de CiU, que exige la inclusi¨®n de los nacionalistas vascos.
El acuerdo alcanzado entre Joan Herrera y Gaspar Llamazares, por un lado, y Diego L¨®pez Garrido, por otro, consiste en una condena expresa del franquismo y sobre todo una explicaci¨®n del art¨ªculo 3 de la ley, el m¨¢s pol¨¦mico. Ese texto, seg¨²n el pacto alcanzado en abril por IU-ICV y el PSOE, tiene dos puntos b¨¢sicos: "Declara la ilegitimidad de los tribunales y cualesquiera otros ¨®rganos penales o administrativos que, durante la Guerra Civil, se hubieran constituido para imponer, por motivos pol¨ªticos, ideol¨®gicos o de creencia religiosa, condenas", y declara "ileg¨ªtimas las condenas y sanciones dictadas por motivos pol¨ªticos, ideol¨®gicos o de creencia religiosa" de los tribunales franquistas.
Este art¨ªculo ir¨¢ acompa?ado en la ley, seg¨²n el texto que el Gobierno ha pasado a todos los grupos, por una disposici¨®n derogatoria de todas las leyes represoras del franquismo, comenzando por la primera, el bando de guerra del 28 de julio de 1937.
IU-ICV quer¨ªa que la exposici¨®n de motivos abriera una puerta para que esta ley pudiera ser utilizada en los tribunales como prueba. El Gobierno quer¨ªa garantizar que no habr¨¢ ninguna anulaci¨®n masiva de las sentencias franquistas, algo que consideran muy delicado desde el punto jur¨ªdico.
Derechos humanos
Ambos parecen haber encontrado un punto de encuentro en la nueva exposici¨®n de motivos, que explica que el art¨ªculo 3 "subraya de forma inequ¨ªvoca, la carencia actual de vigencia jur¨ªdica de aquellas disposiciones y resoluciones contrarias a los derechos humanos", y, sobre todo, a?ade: "La ley incluye una disposici¨®n derogatoria que, de forma expresa, priva de vigencia jur¨ªdica a aquellas normas dictadas bajo la Dictadura manifiestamente represoras y contrarias a los derechos fundamentales con el doble objetivo de proclamar su formal expulsi¨®n del ordenamiento jur¨ªdico e impedir su invocaci¨®n por cualquier autoridad administrativa y judicial".
IU-ICV recuerda que la Sala Militar del Tribunal Supremo, que en los ¨²ltimos 30 a?os ha ido rechazando una tras otra las reclamaciones de revisi¨®n de sentencia de las v¨ªctimas del franquismo [el m¨¢s famoso de ellos Juli¨¢n Grimau, el dirigente comunista fusilado en 1963 pese a las protestas de la opini¨®n p¨²blica internacional]. Con esta exposici¨®n de motivos, en IU-ICV conf¨ªan en que el Supremo se vea obligado a aceptar alguna de las -poqu¨ªsimas- reclamaciones de revisi¨®n que le llegan.
Por lo dem¨¢s, la exposici¨®n de motivos tambi¨¦n se modifica en la parte dedicada a la condena del franquismo, para dejarla m¨¢s tajante, como reclamaba IU-ICV. En vez de limitarse a citar un p¨¢rrafo de la declaraci¨®n de condena del Congreso en 2002 -la ¨²nica que ha habido, votada por unanimidad-, se se?ala expresamente que "La presente ley asume esta Declaraci¨®n as¨ª como la condena del franquismo contenida en el Informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en Par¨ªs el 17 de marzo de 2006 en el que se denunciaron las graves violaciones de Derechos Humanos cometidas en Espa?a entre los a?os 1939 y 1975". Esto es, se condena expresamente el franquismo.
Adem¨¢s, como novedad, en la exposici¨®n, en la que se a?ade en varias ocasiones la menci¨®n a la represi¨®n "por creencias religiosas", como reclamaba CiU, hay un reconocimiento expreso, adem¨¢s de las v¨ªctimas, exiliados, encarcelados, forzados a trabajar, internados en campos de concentraci¨®n, a "quienes en distintos momentos lucharon por la defensa de los valores democr¨¢ticos, como los integrantes del Cuerpo de Carabineros, los combatientes guerrilleros, cuya rehabilitaci¨®n fue un¨¢nimemente solicitada por el Pleno del Congreso de los Diputados de 16 de mayo de 2001, o los miembros de la Uni¨®n Militar Democr¨¢tica, que se autodisolvi¨® con la celebraci¨®n de las primeras elecciones democr¨¢ticas". Estos colectivos se hab¨ªan quedado fuera de esta ley, y se incorporan ahora.
Adem¨¢s, la exposici¨®n de motivos se?ala que esta ley "sienta las bases para que los poderes p¨²blicos lleven a cabo pol¨ªticas p¨²blicas dirigidas al conocimiento de nuestra historia y al fomento de la memoria democr¨¢tica", algo en lo que estaba muy empe?ada IU-ICV porque obliga al Estado a promover la memoria democr¨¢tica de la lucha contra el franquismo.
CONDENA AL FRANQUISMO
La exposici¨®n de motivos del texto legal sobre Memoria Hist¨®rica consensuado ayer entre IU-ICV y PSOE establece una condena expresa del r¨¦gimen franquista con la siguiente redacci¨®n:
- "La presente ley asume la declaraci¨®n de condena del franquismo aprobada en el Congreso en 2002 as¨ª como la contenida en el Informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en Par¨ªs el 17 de marzo de 2006 en el que se denunciaron las graves violaciones de Derechos Humanos cometidas en Espa?a entre los a?os 1939 y 1975".
El texto legal pendiente de acuerdo definitivo incluye un reconocimiento expreso a colectivos como los combatientes guerrilleros, el Cuerpo de Carabineros y los miembros de la Uni¨®n Militar Democr¨¢tica, "quienes en distintos momentos lucharon por la defensa de los valores democr¨¢ticos"
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