Negar el genocidio entra en el ¨¢mbito de la libertad de expresi¨®n, seg¨²n el Constitucional
Castigar la difusi¨®n de ideas o doctrinas que nieguen el genocidio supone una vulneraci¨®n del derecho a la libertad de expresi¨®n. Lo dice el Tribunal Constitucional en una sentencia que considera que esa conducta "permanece en un estadio previo al que justifica la intervenci¨®n del derecho penal". La resoluci¨®n, de la que fue ponente el magistrado progresista Eugeni Gay, avala la constitucionalidad del art¨ªculo 607.2 del C¨®digo Penal, que castiga la difusi¨®n "por cualquier medio" de ideas o doctrinas que justifiquen el genocidio, pero declara nula la referencia a la difusi¨®n de argumentos que "nieguen" esos hechos.
La sentencia, cuyo fallo se conoci¨® el pasado 8 de noviembre y cuenta con cuatro votos particulares discrepantes, estima parcialmente la cuesti¨®n de constitucionalidad interpuesta por la Audiencia de Barcelona tras estudiar el recurso de apelaci¨®n del ex presidente del grupo neonazi C¨ªrculo Espa?ol de Amigos de Europa (Cedade), Pedro Varela, condenado en 1998 a dos a?os de prisi¨®n por un delito de genocidio y a otros tres a?os por provocaci¨®n a la discriminaci¨®n, al odio y a la violencia contra grupos y asociaciones por motivos racistas y antisemitas. Varela fue procesado despu¨¦s de que en diciembre de 1996 los Mossos d'Esquadra registraran la librer¨ªa que regentaba y su propio domicilio, y descubrieran miles de libros, publicaciones y v¨ªdeos con contenidos xen¨®fobos y que negaban el holocausto nazi.
El Constitucional declara ahora "inconstitucional y nula la inclusi¨®n de la expresi¨®n 'nieguen o". El alto tribunal concluye que dicha negaci¨®n "permanece en un estadio previo al que justifica la intervenci¨®n del derecho penal, en cuanto no constituye, siquiera, un peligro potencial para los bienes jur¨ªdicos tutelados por la norma en cuesti¨®n, de modo que su inclusi¨®n en el precepto supone la vulneraci¨®n del derecho a la libertad de expresi¨®n".
"La mera negaci¨®n del delito, frente a otras conductas que comportan determinada adhesi¨®n valorativa al hecho criminal, promocion¨¢ndolo a trav¨¦s de la exteriorizaci¨®n de un juicio positivo, resulta en principio inane", asegura la sentencia.
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